Coordinar
El mayor éxito de una política aplicada, un programa o un proyecto derivado de un plan realísticamente elaborado, descansa grandemente en la coordinación con que se ejecutan los insumos. Una deficiente coordinación o la ausencia de ella en la ejecución de muchos planes, ha tenido efectos serios sobre los costos económicos y sociales finales en perjuicio de los objetivos programados. Ya no se cuestiona la importancia de la coordinación en la etapa de ejecución de la planificación del desarrollo.
El proceso que se diseña para guiar la aplicación ordenada y oportuna de los insumos materiales, técnicos y administrativos de un plan como el Metropolitano de Panamá (PMP), con once (11) distritos municipales, debería responder a un modelo de organización institucional con representaciones, para asegurar la eficiente administración de su desarrollo. Cuando se trata de dos o más planes distintos, de áreas administrativas contiguas, como son el PMP y el General de Usos de las Areas Revertidas (PAR), se estudian, se definen y se acuerdan entre las autoridades respectivas los detalles y las modalidades de coordinación por etapas, para evitar conflictos y lograr resultados consistentes en un desarrollo armónico.
La Real Academia define el término "coordinar" como la acción de "disponer cosas metódicamente. Concretar medios, esfuerzos, etc., para una acción común". El caso que nos ocupa se refiere al desarrollo armónico del PMP y de éste con el PAR, para el bien de ambos y del país. Aquellos planes -PMP y PAR- no pudieron formar parte de un plan nacional, como sabiamente lo dispone el Artículo 113 de la Constitución Nacional, porque debido a los reiterados incumplimientos previos, dicho plan no existe. Por otra parte, esos planes, al referirse a áreas geográficas contiguas que generan una elevada y desproporcional porción de las riquezas nacionales, su preparación coordinada debió recibir atención especial para evitar el deterioro ecológico y la capacidad productiva empresarial. Dados los enormes perjuicios que han tenido - y siguen teniendo- para la salud socioeconómica de Panamá, esos incumplimientos pueden considerarse delitos de lesa Patria.
En varios artículos publicados en el diario El Panamá América, contenidos en la publicación "Planificación del Desarrollo en Panamá", enfaticé de manera reiterada la importancia de cumplir aquellas acciones. Problemas tempranos surgidos en las Areas Revertidas (AR) por la alineación del Corredor Norte y terrenos dispuestos para la Universidad de Panamá, entre otros que se manifiestan por las presiones demográficas en los municipios que conforman el PMP, así lo confirman. Los congestionamientos vehiculares, la contaminación del entorno ecológico, los deficientes sistemas de suministro de agua potable, de disposición de aguas residuales y de la basura, y los usos ineficientes de los recursos naturales y de personal, son sólo algunos de los problemas socioeconómicos que impactan al Area Metropolitana de Panamá (AMP). Esos problemas repercuten en mayor o menor grado sobre las AR, y de no ser atendidos en oportunidad tendrán serios efectos sobre su desarrollo.
El nivel metropolitano es el más apropiado para diseñar y ejecutar programas y proyectos de interés común de gobiernos locales, ubicados dentro de las áreas de influencia de un centro urbano mayor. Los planes a ese nivel ofrecen un marco para la preparación detallada, la administración y coordinación en la ejecución de los propios planes locales. Al no definir la autoridad jurisdiccional metropolitana, se presentan problemas de gobernabilidad. El término metropolitano no existe en nuestro léxico legal, no obstante, el Artículo 235 de la Constitución prevé la integración de un Consejo Intermunicipal con iguales propósitos de planificación y desarrollo. Por la importancia que revisten las actividades del AMP para la economía del país, aquel consejo debería constituir asunto impostergable para garantizar la gobernabilidad metropolitana.
A través de los medios de comunicación social se vienen presentando informaciones sobre las distintas actividades económicas y sociales que ejecutan los municipios que conforman el PMP, sin planes propios y, sin hacer referencia a éste como documento orientador. Es como si no existiera. Por otro lado se reconoce que todo plan necesita de ajustes, pero los frecuentes cambios que se denuncian especialmente en el Municipio de Panamá -el más importante- podrían ser el resultado de deficiencias o incoherencias serias del costoso PMP, o estar telegrafiando el mensaje ético de que en su administración está privando el interés materialista sobre el interés general de la comunidad. Por ejemplo, los cambios que se introducen para aumentar de manera significativa la densidad de población en un sector sin consultar los conocimientos que intervinieron de manera coordinada en la formulación del plan, podrían tener efectos sensibles sobre los factores que determinaron las pautas de desarrollo, invalidar las estrategias del plan y rápidamente hacerlo obsoleto. Me refiero a la ecología, los servicios públicos, la economía urbana/metropolitana, las consideraciones sociales, los objetivos de proteger la salud, promover la paz y tranquilidad de las comunidades.
El proceso que se diseña para guiar la aplicación ordenada y oportuna de los insumos materiales, técnicos y administrativos de un plan como el Metropolitano de Panamá (PMP), con once (11) distritos municipales, debería responder a un modelo de organización institucional con representaciones, para asegurar la eficiente administración de su desarrollo. Cuando se trata de dos o más planes distintos, de áreas administrativas contiguas, como son el PMP y el General de Usos de las Areas Revertidas (PAR), se estudian, se definen y se acuerdan entre las autoridades respectivas los detalles y las modalidades de coordinación por etapas, para evitar conflictos y lograr resultados consistentes en un desarrollo armónico.
La Real Academia define el término "coordinar" como la acción de "disponer cosas metódicamente. Concretar medios, esfuerzos, etc., para una acción común". El caso que nos ocupa se refiere al desarrollo armónico del PMP y de éste con el PAR, para el bien de ambos y del país. Aquellos planes -PMP y PAR- no pudieron formar parte de un plan nacional, como sabiamente lo dispone el Artículo 113 de la Constitución Nacional, porque debido a los reiterados incumplimientos previos, dicho plan no existe. Por otra parte, esos planes, al referirse a áreas geográficas contiguas que generan una elevada y desproporcional porción de las riquezas nacionales, su preparación coordinada debió recibir atención especial para evitar el deterioro ecológico y la capacidad productiva empresarial. Dados los enormes perjuicios que han tenido - y siguen teniendo- para la salud socioeconómica de Panamá, esos incumplimientos pueden considerarse delitos de lesa Patria.
En varios artículos publicados en el diario El Panamá América, contenidos en la publicación "Planificación del Desarrollo en Panamá", enfaticé de manera reiterada la importancia de cumplir aquellas acciones. Problemas tempranos surgidos en las Areas Revertidas (AR) por la alineación del Corredor Norte y terrenos dispuestos para la Universidad de Panamá, entre otros que se manifiestan por las presiones demográficas en los municipios que conforman el PMP, así lo confirman. Los congestionamientos vehiculares, la contaminación del entorno ecológico, los deficientes sistemas de suministro de agua potable, de disposición de aguas residuales y de la basura, y los usos ineficientes de los recursos naturales y de personal, son sólo algunos de los problemas socioeconómicos que impactan al Area Metropolitana de Panamá (AMP). Esos problemas repercuten en mayor o menor grado sobre las AR, y de no ser atendidos en oportunidad tendrán serios efectos sobre su desarrollo.
El nivel metropolitano es el más apropiado para diseñar y ejecutar programas y proyectos de interés común de gobiernos locales, ubicados dentro de las áreas de influencia de un centro urbano mayor. Los planes a ese nivel ofrecen un marco para la preparación detallada, la administración y coordinación en la ejecución de los propios planes locales. Al no definir la autoridad jurisdiccional metropolitana, se presentan problemas de gobernabilidad. El término metropolitano no existe en nuestro léxico legal, no obstante, el Artículo 235 de la Constitución prevé la integración de un Consejo Intermunicipal con iguales propósitos de planificación y desarrollo. Por la importancia que revisten las actividades del AMP para la economía del país, aquel consejo debería constituir asunto impostergable para garantizar la gobernabilidad metropolitana.
A través de los medios de comunicación social se vienen presentando informaciones sobre las distintas actividades económicas y sociales que ejecutan los municipios que conforman el PMP, sin planes propios y, sin hacer referencia a éste como documento orientador. Es como si no existiera. Por otro lado se reconoce que todo plan necesita de ajustes, pero los frecuentes cambios que se denuncian especialmente en el Municipio de Panamá -el más importante- podrían ser el resultado de deficiencias o incoherencias serias del costoso PMP, o estar telegrafiando el mensaje ético de que en su administración está privando el interés materialista sobre el interés general de la comunidad. Por ejemplo, los cambios que se introducen para aumentar de manera significativa la densidad de población en un sector sin consultar los conocimientos que intervinieron de manera coordinada en la formulación del plan, podrían tener efectos sensibles sobre los factores que determinaron las pautas de desarrollo, invalidar las estrategias del plan y rápidamente hacerlo obsoleto. Me refiero a la ecología, los servicios públicos, la economía urbana/metropolitana, las consideraciones sociales, los objetivos de proteger la salud, promover la paz y tranquilidad de las comunidades.