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Cuando las autoridades encubren el delito


El 3 de febrero pasado presenté una denuncia en la Fiscalía Electoral en contra del PRD por la irregular e ilegal forma que estaba utilizando para recaudar fondos para la campaña. A través de sociedades anónimas, cuyo fin es el obtener de lucro, ese partido ocultaba las donaciones que recibía. ¿Por qué las camuflajeaba? Simplemente no podían dar recibo de tales, porque no iban a las cuentas bancarias del colectivo, por lo que no podían expedir recibos.

"Trabajando por Panamá, S.A.", presidida por el Vice Ministro de Finanzas, José Simpson Hiu, y "Trabajando por Panamá 2009, S.A.", cuyo presidente es Budy Attie, el mismo que en el diario La Prensa del 12 de marzo admitió haberse reunido con David Murcia Guzmán. El Código de Comercio, en su artículo 33, le prohíbe a todo funcionario de la Hacienda Pública -como Simpson- el ejercicio de cualquier cargo en sociedades mercantiles.

El Fiscal Electoral, al estilo de Poncio Pilatos, dijo que la denuncia era competencia del Tribunal Electoral, ya que no constituía delito alguno, reteniendo sólo para investigarlo lo relativo a la situación de Simpson como presidente y representante Legal de una de las sociedades.

El Tribunal Electoral, mediante acuerdo 6 de 2 de marzo de 2009, decidió archivar mi denuncia. Su argumento: propio de avestruces, se fundamentó en que "el ordinal 3 del artículo 3 del Decreto 38 de 23 de enero de diciembre de 2004, preceptúa que una vez se celebren las elecciones", los partidos y candidatos tienen sesenta días para "presentar un informe pormenorizado de los ingresos y egresos, en el que quede claro el origen y destino de las contribuciones privadas que hayan recibido…". Precisamente se usan sociedades anónimas para recolectar fondos: para que no queden rastros del origen y destino de los contribuciones ¿O es que los magistrados en sus carreras no estudiaron Derecho Comercial?

Mediante este fallo, dado antes del escándalo Murcia donde ahora le piden a la Procuradora que investigue las donaciones, se encubre hechos irregulares y posibles delitos no tipificados en el Código Electoral, pero sí en la justicia penal. ¿O no es irregular utilizar la pantalla de sociedades anónimas para recibir donaciones? ¿O no se presta esta práctica para ocultar los donantes, que no dan a un partido, sino a una sociedad comercial, cuyo fin es muy distinto al de un partido político?

Este fallo del Tribunal Electoral se da días antes del destape de un escándalo que ha salpicado a la sociedad panameña, porque pareciera que para los políticos, hoy avalados por este tipo de decisiones de ese tribunal, el fin justifica los medios, llegando al poder "tocándole la puerta" a todo el que nos pueda dar dinero.

101 años de Panamá América

 
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