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De espías y fronterizos


En su "Enciclopedia Política, Rodrigo Borja define el militarismo como: "la abusiva injerencia de las fuerzas armadas, como institución, o de sus miembros individualmente en la conducción política de un Estado …Pero el militarismo es más que eso: es el afán por el poder político, por el mando social y por los privilegios. Considera que ‘lo militar’ es la esencia misma del Estado y entrega a los militares poder de mando y decisión. Eleva el gasto militar y promueve el armamentismo. Lleva ímplícita la transposición de principios y formas de comportamiento específicamente castrenses a otros ámbitos sociales, en que resultan extraños e inadecuados. Por tanto, el militarismo no solamente es la toma del poder sino también la imposición a la sociedad de los valores y categorías castrenses".

A pesar de que la Constitución vigente en su artículo 159, numeral 16 de la Constitución Nacional, señala que NO SE PUEDE conceder al Ejecutivo facultades extraordinarias en el desarrollo de garantías fundamentales, el ?"rgano Ejecutivo ha presentado cinco "proyectos de Decretos Leyes", que violan también el artículo 310 del texto constitucional. Dichos proyectos son:

1. El que crea el Servicio Nacional Aeronaval.

2. El que crea el Servicio Nacional de Fronteras.

3. El que modifica el Decreto Ley 2 del 8 de julio de 1999, orgánico del Servicio de Protección Institucional.

4. El que modifica el artículo 41 de la Ley 18 de 3 de junio de 1997.

5. El que reorganiza el Consejo de Seguridad Pública y Defensa Nacional, crea el Servicio Nacional de Inteligencia y Seguridad, y se dictan otras disposiciones.

Los dos primeros crean nuevos servicios de policía y, al igual que el tercero, están homologados con la Ley 18 de junio de 1997, que creó la Policía Nacional. El quinto proyecto reorganiza el Consejo de Seguridad Pública y Defensa Nacional (COSEPUDENA), regula la actividad del Estado en materia de seguridad, defensa e inteligencia, crea el Servicio Nacional de Inteligencia y Seguridad, la Carrera de Inteligencia (sic) y "regula la clasificación de actos, documentos, informaciones, datos y objetos que afectan directamente a la seguridad y defensa del Estado", en flagrante violación del Artículo 29 de la Constitución Nacional y de Convenios Internacionales de Derechos Humanos.

Se crean así cuatro estamentos con Jefes Militares, además del SPI, utilizando el concepto de "Seguridad Nacional", concepto eminentemente castrense y de ingrata recordación.

Recuerdo la advertencia que hice hace más de un año: "La atrofia de la conciencia constitucional se ha apoderado del cuerpo social nacional. La absurda y alarmante indiferencia de los ciudadanos ante los atropellos contra las más elementales libertades públicas, ha pasado a ser la principal causa de la atracción fatal de las autoridades hacia un Estado policiaco". ¡Reaccionemos conciudadanos, por dignidad... reaccionemos!

101 años de Panamá América

 
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