Demanda de urbanismo en Marbella, España
Mi reciente visita a Europa incluyó, entre otras ciudades, una estadía en la Costa del Sol. Leí un interesante artículo que apareció en la versión inglés del Diario Sur en su entrega del 26 de mayo pasado, sobre una demanda interpuesta por primera vez en Marbella, por la edificación de una estructura en terrenos oficialmente zonificados para áreas verdes. A continuación traduzco.
El artículo se titula Demanda de planeamiento urbano (Urbanismo) por primera vez en la Corte. Antonio Mantilla resume el contenido señalando que por primera vez un Juez de Marbella, María Luisa de la Hera, ha dejado de archivar una demanda de urbanismo. El caso Herrero se refiere al edificio Antonio Herrero, supuestamente construido sobre terrenos zonificados para área verde, e involucra a Jesús Gil y otros concejales.
El Alcalde de Marbella, Jesús Gil y Gil, 17 concejales del grupo de Gil en funciones entre 1995 y 1999, el gerente de la compañía de Planeamiento 2000, Juan Antonio Roca, y el que fuera abogado de Gil, José Luis Sierra, han sido acusados de aprobar ilegalmente permiso para la construcción del edificio mencionado. Conforme a la demanda en contra de los señalados, aquel edificio fue construido en una zona verde y en parte del derecho de vía.
La demanda se ha interpuesto contra Gil y los concejales por grupos de la oposición, Izquierda Unida, PSOE (Partido Socialista Español) y Los Verdes, a quienes conjuntamente con el Fiscal se les concedió cinco (5) días para confirmar los detalles de la demanda.
Los acusados, de ser encontrados culpables de una violación a la disposición de urbanismo podrían recibir una sentencia de entre seis (6) meses a tres (3) años de cárcel, multas o prohibición de ocupar un cargo público de entre seis (6) meses a diez (10) años. El edificio Herrero está ubicado en la Avenida del Mar, Marbella.
Siendo el primero en materia de urbanismo que ha llegado a ser atendido por la Corte, el Caso sienta un precedente. Podrá causar preocupación entre aquellos que se dedican a la ejecución de proyectos de desarrollo, ignorando las advertencias de la Junta de Andalucía sobre zonas verdes.
Agregó: Como ejemplo para Panamá, es de importancia reafirmar que la preocupación incrementa cada día más por encontrar un equilibrio entre naturaleza y tecnología, para lograr desarrollos que mejor beneficien al hombre. Esto hará proliferar nuevas demandas punitivas exitosas en el mundo civilizado, para crear conciencia sobre la necesidad de frenar las incalculables destrucciones ecológicas que amenazan la existencia de la misma humanidad. En cualquier tecnología es necesario evaluar la relación entre el riesgo y el beneficio general. Con respecto a este caso en particular, cabe hacer notar que no se trata de la apelación para revertir la decisión tomada y ejecutada -que en casos de otros lugares ha significado la demolición de las obras ilegalmente construidas- sino de una demanda por violación a las ordenanzas urbanas por el uso ilegal de bienes públicos, para favorecer intereses particulares en perjuicio ecológico de la comunidad. El caso podría concluir en el pago de una elevada multa, cárcel o la restricción del derecho ciudadano a ocupar cargo público, o en condena a cumplir las tres penas concurrentes. Todo dependerá de la definición del contenido de la querella de los demandantes y la decisión que toma las autoridades judiciales sobre la misma.
La conducta de algunas autoridades prepotentes de violentar los procesos democráticos y modificar de manera improvisada y arbitraria las propuestas de costosos planes en beneficio de los intereses económico de unos pocos, contribuye al crecimiento inorgánico, desordenado y caótico de las ciudades y los hacen obsoletos antes o inmediatamente terminados. De existir un genuino interés en mantener la integridad de los Planes Metropolitanos de Panamá y Colón, habrá que racionalizar los procesos para introducir modificaciones y ajustes, en estrecha consulta con las comunidades que podrían ser afectadas por decisiones que pudieran perjudicar intereses legítimos.
El artículo se titula Demanda de planeamiento urbano (Urbanismo) por primera vez en la Corte. Antonio Mantilla resume el contenido señalando que por primera vez un Juez de Marbella, María Luisa de la Hera, ha dejado de archivar una demanda de urbanismo. El caso Herrero se refiere al edificio Antonio Herrero, supuestamente construido sobre terrenos zonificados para área verde, e involucra a Jesús Gil y otros concejales.
El Alcalde de Marbella, Jesús Gil y Gil, 17 concejales del grupo de Gil en funciones entre 1995 y 1999, el gerente de la compañía de Planeamiento 2000, Juan Antonio Roca, y el que fuera abogado de Gil, José Luis Sierra, han sido acusados de aprobar ilegalmente permiso para la construcción del edificio mencionado. Conforme a la demanda en contra de los señalados, aquel edificio fue construido en una zona verde y en parte del derecho de vía.
La demanda se ha interpuesto contra Gil y los concejales por grupos de la oposición, Izquierda Unida, PSOE (Partido Socialista Español) y Los Verdes, a quienes conjuntamente con el Fiscal se les concedió cinco (5) días para confirmar los detalles de la demanda.
Los acusados, de ser encontrados culpables de una violación a la disposición de urbanismo podrían recibir una sentencia de entre seis (6) meses a tres (3) años de cárcel, multas o prohibición de ocupar un cargo público de entre seis (6) meses a diez (10) años. El edificio Herrero está ubicado en la Avenida del Mar, Marbella.
Siendo el primero en materia de urbanismo que ha llegado a ser atendido por la Corte, el Caso sienta un precedente. Podrá causar preocupación entre aquellos que se dedican a la ejecución de proyectos de desarrollo, ignorando las advertencias de la Junta de Andalucía sobre zonas verdes.
Agregó: Como ejemplo para Panamá, es de importancia reafirmar que la preocupación incrementa cada día más por encontrar un equilibrio entre naturaleza y tecnología, para lograr desarrollos que mejor beneficien al hombre. Esto hará proliferar nuevas demandas punitivas exitosas en el mundo civilizado, para crear conciencia sobre la necesidad de frenar las incalculables destrucciones ecológicas que amenazan la existencia de la misma humanidad. En cualquier tecnología es necesario evaluar la relación entre el riesgo y el beneficio general. Con respecto a este caso en particular, cabe hacer notar que no se trata de la apelación para revertir la decisión tomada y ejecutada -que en casos de otros lugares ha significado la demolición de las obras ilegalmente construidas- sino de una demanda por violación a las ordenanzas urbanas por el uso ilegal de bienes públicos, para favorecer intereses particulares en perjuicio ecológico de la comunidad. El caso podría concluir en el pago de una elevada multa, cárcel o la restricción del derecho ciudadano a ocupar cargo público, o en condena a cumplir las tres penas concurrentes. Todo dependerá de la definición del contenido de la querella de los demandantes y la decisión que toma las autoridades judiciales sobre la misma.
La conducta de algunas autoridades prepotentes de violentar los procesos democráticos y modificar de manera improvisada y arbitraria las propuestas de costosos planes en beneficio de los intereses económico de unos pocos, contribuye al crecimiento inorgánico, desordenado y caótico de las ciudades y los hacen obsoletos antes o inmediatamente terminados. De existir un genuino interés en mantener la integridad de los Planes Metropolitanos de Panamá y Colón, habrá que racionalizar los procesos para introducir modificaciones y ajustes, en estrecha consulta con las comunidades que podrían ser afectadas por decisiones que pudieran perjudicar intereses legítimos.