Derecho a huelga
Entre los Derechos de protesta de los trabajadores está definida "la huelga", que atemoriza a las empresas, pero que constitucionalmente está inserto en esta Carta de Derechos y la limitación que observo es que se podrá someter a restricciones especiales en los servicios públicos, lo cual no quiere decir que otras empresas, que bien se merezcan un paro puedan escabullirse por esta rendija, cuando no se ha sabido negociar entre patronos y trabajadores.
Al derecho a la huelga se le ha conocido como una forma del derecho de petición laboral. El último grito por forzar una presunta conquista, que se realiza cuando existe intransigencia en aceptar el mejorar las condiciones por parte de la empresa. Esto que he mencionado la OIT lo observa como "Libertad Sindical", la cual entraña el derecho a realizar sindicatos sin injerencias de manos oscuras y sin obligar a los trabajadores a perder sus derechos de quejarse cuando lo amerita.
La causa principal del desgaste político de los paquetes de reformas legales ha sido 'su rapidez" en aprobación. Esto es un hecho del que ha surgido la impresión de que nacen de la impopularidad y falta quien explique si realmente la economía de Panamá, dirigida ahora por Martinelli, requería el regular más la huelga.
El trabajador ha quedado en empresas las cuales cuando se hagan huelgas le pueden "suspender los efectos" de su contrato, sumado al tema de las cuotas sindicales, que pasan a ser "voluntarias" y no pactadas en descuento directo, si no lo quiere empleador. Lo que entiendo es que desean quitarle fuerza a la dirigencia sindical que se avoque a la huelga; lo que no estoy seguro es si esto rompe con el principio de protección a los sindicatos como organizaciones sociales, porque siempre es subjetiva la inocencia de la empresa en provocar o no las condiciones de paro.
En estos tiempos de terremotos, volcanes enfurecidos y huecos enormes que aparecen en la tierra, queda la visión de Martinelli de una economía empujada solo por los empresarios y con pocas consultas sindicales, que ahora no podrán cerrar empresas con motivos de huelga. Lo que queda por escribir en la historia es si se respeta la institucionalidad de la organización obrera que no la tenemos en huelga, pero si en las calles.