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Opinión / Derrame brutal, apocalipsis en Chiriquí Grande

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Derrame brutal, apocalipsis en Chiriquí Grande

Publicado 2007/03/29 23:00:00
  • Silvio Guerra Morales
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Este hecho, evidente y manifiestamente dañino a la naturaleza, flora y fauna, amén de la vida humana, está tipificado en el Código Penal...
EL PASADO 4 de febrero se produjo un derrame de petróleo -crudo- en Chiriquí Grande, lugar en donde se localiza el puerto del mismo nombre, de propiedad de la empresa Petroterminal de Panamá, S.A. Este derrame se expandió a los lugares de Isla Tigre, Isla Cayo de Agua, Bahía Ballena, Punta Laurel y otras comunidades circunvecinas.
Conforme da cuenta el informe rendido por los técnicos de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) en conjunto con altos funcionarios e inspectores de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), se pudo constatar la ocurrencia de un escape masivo de crudo de petróleo, mismo que ha afectado y contaminado las aguas de los mares, costas y riberas adyacentes a las islas o comunidades indicadas.
En los lugares expresados habitan indígenas, campesinos, quienes juntos a sus humildes familias, todas clasificadas en niveles o situaciones de pobreza extrema, se han visto afectadas en sus actividades laborales caracterizadas por la pesca, el buceo para la captura de langostas, langostinos, camarones y otras especies de mariscos comestibles: conchas, cocalecas, cangrejos, aserraderos de maderas, etc., además del daño ostensiblemente experimentado en el ecosistema costero y marino, de cuyo impacto nocivo han resultado también afectados los recursos hídricos e ictiológicos integrados a la red de supervivencia de la población.
Los técnicos de la AMP y de la ANAM, dentro del campo de su recorrido en las áreas antes indicadas, especialmente de Chiriquí Grande, lugar en que la empresa Petroterminal de Panamá, S.A. posee y maneja una extensión portuaria de embarque y desembarque de crudo de petróleo y sus derivados, tras la comunicación hecha por la Ing. María del Carmen Rubio, de la mencionada empresa, se dieron a la inminente tarea de investigar y hacer constar todo cuanto guarda relación con el derrame del crudo de petróleo, precisando que habían notado, fundamentalmente: "... rastros visibles y en cantidades considerables de este líquido espeso, el cual se encontraba esparcido por todo el globo de terreno costero de Chiriquí Grande y que, aparentemente, en dicho lugar se había producido, algún accidente, porque las máquinas que conectan los buques de petróleo con el sistema de carga del puerto, sufrieron alguna desconexión, explosión o escape que ocasionó un derrame masivo y profuso en todo el área de crudo de petróleo que afectó toda la región que alberga los cordones poblacionales costeros, provocando, hasta cierto punto, la extinción y desaparición de parte importante de recursos ictiológicos y pesqueros de los que pende el sustento y subsistencia diaria de estas personas". Este hecho, evidente y manifiestamente dañino a la naturaleza, flora y fauna, amén de la vida humana, está tipificado en el Código Penal Título XIII, Cap. I, Libro II, Art. 394, "Delitos contra el Ambiente-Delitos Contra los Recursos Naturales".
La lesión y el daño ocasionado por el escape de crudo de petróleo de Petroterminal de Panamá, S.A., se ha hecho notorio, precisamente, porque en toda el área cercana al muelle de tal viaducto de acceso, los técnicos de la AMP, pudieron constatar en su informe pericial del 5 de febrero pasado, un derrame de unos 5,030 barriles de crudo, esparcidos en un espacio de cinco millas náuticas, lo que quiere decir una infestación química en la zona costera que trae consigo mortandad de peces, plancton y animales acuáticos, lo mismo que contaminación de las áreas de playa, buceo y pesca.
Fuentes noticiosas de otras latitudes, de presencia en la red de Internet, dan fe e información de que el derrame puede haber cubierto entre 700 y 1,000 hectáreas marítimas, y con ello toda la contaminación del ecosistema marino, recursos hídricos superficiales o subterráneos, todo lo cual incide, como lo describe la propia normativa penal, negativamente en el ecosistema que se encuentra anexo a tales millas náuticas o áreas marítimas, costeras, manglares, etc. Ahora bien, los hechos descritos en líneas "ut supra", son constatarios de la generación de un desequilibrio y desorganización total de todo un ecosistema costero y que implica la desaparición de fuentes importantes de subsistencia para los moradores de esa población.
Entre las comunidades afectadas por el derrame están: Bahía Ballena, Cayo de Agua, Chiriquí Grande, Isla Tigre, Piña, Punta Laurel, sectores que han sido impactados en el área de manglar y de playa, por el efecto degradante, bio-nocivo del crudo y, por otra parte, los propios moradores también han sufrido perjuicios a su salud física: diarreas, vómitos, mareos, náuseas, dolores de cabeza, etc.
No obstante, la empresa Petroterminal de Panamá S.A no ha encarado la responsabilidad total y absoluta que le corresponde tras la causación de tan terribles daños y perjuicios a la flora, fauna marina y habitantes de las áreas mencionadas.
Con las mordazas de Martín, también deberán cerrar los negocios de "investigadores privados".
Con las mordazas de Martín, en el Título XIV de los Delitos contra la Personalidad Jurídica del Estado, tenemos en Capítulo I de los Delitos contra la Personalidad Internacional del Estado, el.
"Artículo 420: Quien revele información confidencial de acceso restringido, así declarada en virtud de las disposiciones legales vigentes, referente a la seguridad del Estado, será sancionado con prisión de dos a cuatro años.
Si la información revelada cae en poder de un Estado que esté en guerra con Panamá o si la revelación da lugar a que se interrumpan las relaciones amistosas con otro Estado, la sanción será de cinco a ocho años de prisión.
Las sanciones se agravarán hasta en una tercera parte, si el autor conocía la información en su carácter de servidor público o emplea violencia, fraude u otro engaño para obtener los datos o la información".
En otras palabras, si se negocia otro Centro Multilateral Antidroga o algo parecido, y se clasifica como confidencial y el diario el Excelsior de México lo publica y alguien lo reproduce en Panamá, en algún medio de comunicación o en Internet, irá a la cárcel, gracias... a las mordazas de Martín.
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