Después de Odio, la impunidad
Después de arroparse con el manto del secretismo y del ocultismo el gobierno panameño, por presiones de la tica que lo asesora, postuló a la costarricense Elizabeth Odio Benito como candidata de Panamá al cargo de Magistrada de la Corte Penal Internacional. Ahora la cancillería y el gobierno nacional -nuevamente a espaldas de la opinión pública-, ha firmado con Estados Unidos de América, el Acuerdo Arias Cerjack-Watt, el cual exime a los ciudadanos estadounidenses de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.
La finalidad del Derecho Internacional Humanitario -cosa que pretenden olvidar o desconocer en la cancillería y el gobierno panameño-, es la de proteger a las víctimas de los conflictos armados y limitar los medios y métodos de guerra. Las violaciones graves de ese derecho son crímenes de guerra. Los responsables de crímenes de esa índole deben ser juzgados y castigados. Durante la década del noventa, se establecieron por primera vez en 50 años dos tribunales penales internacionales con autoridad para juzgar crímenes de guerra cometidos en conflictos específicos. Los tribunales como la Corte Penal Internacional, cuya sede está en La Haya, son un medio importantísmo para resolver las controversias y garantizar el respeto del Derecho Internacional.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt, a lo largo de sus cinco artículos, se contradice con el espíritu y la letras del Estatuto de Roma que institutó a la Corte Penal Internacional. Dicho acuerdo impide que la Corte Penal Internacional conozca de un caso y obliga a la entrega de un ciudadano estadounidense, acusado de haber cometido crímenes de competencia de la CPI a las autoridades norteamericanas, basándose única y exclusivamente en la promesa de Estados Unidos de investigar y procesar al acusado. Ello enmienda de manera efectiva la jurisdicción de la CPI, dado que el propósito principal del Estatuto de Roma es el de permitir que la CPI intervenga e investigue o procese cuando los sistemas nacionales “no estén dispuestos o no puedan” conducir los enjuiciamientos de buena fe.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt -que es un Acuerdo Bilateral de Inmunidad firmado el pasado 23 de junio - es una violación del Artículo 98 del Estatuto de Roma y conduce a Panamá a infringir sus obligaciones bajo el Estatuto que creó la CPI y que es, además, Ley de la República. El mismo debilita la eficacia y la credibilidad de la Corte y contribuye a eliminar su función de vigilancia, principio fundamental que sustenta el Estatuto de Roma y un aspecto esencial para impedir la impunidad.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt extiende la cobertura más allá del personal militar (ver Artículo 1), y abarca a todos los ciudadanos estadounidenses, aunque no estén cumpliendo una misión oficial en el territorio de otro país. Sin embargo, el Estatuto de Roma y su Artículo 98 es una disposición muy estricta: la exención sólo es aplicable al personal militar o a los civiles estrechamente ligados al ejército, que estén “cumpliendo” una misión oficial en el territorio de un Estado.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt vulnera aspectos básicos e importantes del Estatuto de Roma, como el hecho de la obligación legal que tiene Panamá de cooperar plenamente con la CPI. Además, Panamá como parte de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, tiene la obligación legal de “abstenerse de actos en virtud de los cuales se frustren el objeto y el fin de un tratado”.
A pesar de la intensa presión del gobierno de Estados Unidos para firmar los Acuerdos Bilaterales de Inmunidad, un importante número de aliados estadounidenses y organismos regionales los han rechazado. Argentina, Canadá, Nueva Zelanda, Suecia, Noruega, Sudáfrica, Trinidad y Tobago, Eslovenia y Croacia, más los 15 miembros de la Unión Europea (UE) se encuentran entre las naciones que han rechazado la propuesta. Diez países miembros de la UE y otros Estados asociados emitieron una declaración, en la cual afirmaron la posición común de la Unión Europea, rechazando los Acuerdos Bilaterales de Inmunidad estadounidenses, y resolvieron que sus políticas nacionales se sujetarían a esa posición.
La UE ha declarado que los tratados bilaterales propuestos por Estados Unidos violan el Artículo 98 del Estatuto de Roma. Poco les ha importado a Arias Cerjack y al resto del Ejecutivo fungir como violadores del Derecho Internacional.
¡Vaya descaro! ¡Vaya vergüenza!
La finalidad del Derecho Internacional Humanitario -cosa que pretenden olvidar o desconocer en la cancillería y el gobierno panameño-, es la de proteger a las víctimas de los conflictos armados y limitar los medios y métodos de guerra. Las violaciones graves de ese derecho son crímenes de guerra. Los responsables de crímenes de esa índole deben ser juzgados y castigados. Durante la década del noventa, se establecieron por primera vez en 50 años dos tribunales penales internacionales con autoridad para juzgar crímenes de guerra cometidos en conflictos específicos. Los tribunales como la Corte Penal Internacional, cuya sede está en La Haya, son un medio importantísmo para resolver las controversias y garantizar el respeto del Derecho Internacional.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt, a lo largo de sus cinco artículos, se contradice con el espíritu y la letras del Estatuto de Roma que institutó a la Corte Penal Internacional. Dicho acuerdo impide que la Corte Penal Internacional conozca de un caso y obliga a la entrega de un ciudadano estadounidense, acusado de haber cometido crímenes de competencia de la CPI a las autoridades norteamericanas, basándose única y exclusivamente en la promesa de Estados Unidos de investigar y procesar al acusado. Ello enmienda de manera efectiva la jurisdicción de la CPI, dado que el propósito principal del Estatuto de Roma es el de permitir que la CPI intervenga e investigue o procese cuando los sistemas nacionales “no estén dispuestos o no puedan” conducir los enjuiciamientos de buena fe.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt -que es un Acuerdo Bilateral de Inmunidad firmado el pasado 23 de junio - es una violación del Artículo 98 del Estatuto de Roma y conduce a Panamá a infringir sus obligaciones bajo el Estatuto que creó la CPI y que es, además, Ley de la República. El mismo debilita la eficacia y la credibilidad de la Corte y contribuye a eliminar su función de vigilancia, principio fundamental que sustenta el Estatuto de Roma y un aspecto esencial para impedir la impunidad.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt extiende la cobertura más allá del personal militar (ver Artículo 1), y abarca a todos los ciudadanos estadounidenses, aunque no estén cumpliendo una misión oficial en el territorio de otro país. Sin embargo, el Estatuto de Roma y su Artículo 98 es una disposición muy estricta: la exención sólo es aplicable al personal militar o a los civiles estrechamente ligados al ejército, que estén “cumpliendo” una misión oficial en el territorio de un Estado.
El Acuerdo Arias Cerjack-Watt vulnera aspectos básicos e importantes del Estatuto de Roma, como el hecho de la obligación legal que tiene Panamá de cooperar plenamente con la CPI. Además, Panamá como parte de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, tiene la obligación legal de “abstenerse de actos en virtud de los cuales se frustren el objeto y el fin de un tratado”.
A pesar de la intensa presión del gobierno de Estados Unidos para firmar los Acuerdos Bilaterales de Inmunidad, un importante número de aliados estadounidenses y organismos regionales los han rechazado. Argentina, Canadá, Nueva Zelanda, Suecia, Noruega, Sudáfrica, Trinidad y Tobago, Eslovenia y Croacia, más los 15 miembros de la Unión Europea (UE) se encuentran entre las naciones que han rechazado la propuesta. Diez países miembros de la UE y otros Estados asociados emitieron una declaración, en la cual afirmaron la posición común de la Unión Europea, rechazando los Acuerdos Bilaterales de Inmunidad estadounidenses, y resolvieron que sus políticas nacionales se sujetarían a esa posición.
La UE ha declarado que los tratados bilaterales propuestos por Estados Unidos violan el Artículo 98 del Estatuto de Roma. Poco les ha importado a Arias Cerjack y al resto del Ejecutivo fungir como violadores del Derecho Internacional.
¡Vaya descaro! ¡Vaya vergüenza!