Días multa
Un lamentable error que se cometió en nuestra legislación penal consiste en haber establecido los llamados días multa. Eso no ha logrado otra cosa, que estimular a los delincuentes a cometer las fechorías que les den las ganas, y una vez descubiertos, aunque merecedores de largos años en la cárcel, cuentan con la válvula de escape de los alcahuetes días multa. Y para muestra, un botón. Por la radio, hace algunos días escuchamos que en Bugaba, Chiriquí, un borracho que conducía un auto atropelló a un inocente ciudadano matándolo y se dio a la fuga. Identificado, arrestado y llamado a juicio, se le impuso una condena de seis meses de prisión.
De manera asombrosa y lamentable, conforme a la noticia difundida, en la misma sentencia que dictó el juez de la causa, se le conmutó la pena al homicida por una multa de cien balboas. Si la decisión del juez fue con apego a la ley, tenemos ahora sentado que en la República de Panamá cualquier persona, bajo la influencia del alcohol y conduciendo un auto a velocidad excesiva puede matar u otro sin mayor consecuencia que la de tener que pagar cien balboas.
Dada la gravedad del caso, merece la pena que investiguemos y consideremos la situación que es de espanto. Si el juez falló contra la ley, entonces quien es de espanto es el juez y habría que removerlo, y si falló con apego a ella, la ley es espanto y hay que abrogarla.