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El Clero y la política (II)


Si no están de acuerdo con el planteamiento que hice en la primera entrega de este artículo (26 de marzo de 2004), entonces que ellos entren al ruedo a administrar fondos públicos, a sancionar a legisladores tránsfugas o desobedientes, para ver si tienen la bendición divina y papal para solventar todos los problemas de la sociedad.
El Código Fiscal también contempla otro privilegio, en el artículo 764, referente al pago del impuesto inmueble, al señalar que se exceptúan del pago los inmuebles destinados o que se destinen a los cultos permitidos por el Estado, los seminarios conciliares y casas episcopales y los que se destinen exclusivamente a actos religioso sociales con fines no lucrativos.
Por otro lado, se establece en materia judicial y laboral que no están obligados a declarar aquellos confesores o ministros de cualquier culto que por razón de su cargo, oficio o profesión, alguien les ha confesado o hecho saber (Código Laboral, Art. 803, y Art. 912, numeral 2 del Código Judicial).
El año pasado, un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, en momentos de ofuscación, manifestó públicamente que él le había confesado al padre José Dimas Cedeño sobre todas las intimidades que se suscitaron en torno a su ratificación para Magistrado. Sobre el particular, el arzobispo sentenció que sí había escuchado personalmente al Magistrado, pero dado los reglamentos y ordenanzas legales y eclesiásticas, él no podía revelar lo que éste le confesó.
Si bien los privilegios establecidos en el Código Penal y en la Constitución Política no son, a mi juicio, delicados o exagerados, no debo dejar de mencionarlos, puesto que también representan prerrogativas para con los encargados de enseñarnos el Evangelio.
El artículo 149 del Código Penal establece que el que destruya o cause daños a los objetos destinados a un culto permitido en la República y el que ultraje a alguno de sus ministros, será sancionado con prisión de 6 a 15 meses ó 50 a 150 días-multa.
La Constitución Política, aunque de una manera muy superficial, contempla otro privilegio al estatuir en el artículo 35, que es libre la profesión de todas las religiones, así como el ejercicio de todos los cultos, sin otra limitación que el respeto a la moral cristiana y al orden público.
Se reconoce que la religión católica es la de la mayoría de los panameños. Ese mandato constitucional implica que para cualquier actividad oficial se tendrá como obligante, la presencia y participación de los representantes de la Iglesia católica.
En Migración, para la obtención de visas de visitante temporal en calidad de misionero o en calidad de religioso, también se otorga un trato privilegiado.
Todavía existen otros privilegios que no detallaré, puesto que con los señalados basta y sobra para que el Clero también forme parte del adecentamiento de toda la sociedad; es decir que si van a exigir a las altas esferas estatales, dejen de ver la paja en el ojo ajeno y procuren eliminar la viga de su vista.
Como egresado a mucha honra de la Universidad Católica Santa María La Antigua, debo reconocer objetivamente que fueron mis profesores varios curas; sin embargo, ninguno aprovechó para inducir o influenciar el pensamiento político de sus estudiantes.
Hay otros temas no muy bien ponderados por la sociedad, como la activa participación que tuvieron en la "Cruzada Civilista", el negocio que rindió la venta de la antigua compañía de televisión por Cable, de la cual fueron dueños; el nuevo y lujoso edificio de FETV.
En fin, como seres humanos, con todo y la práctica del celibato, no son perfectos.
Existe un verdadero personaje panameño de la grey eclesiástica que decidió participar en el torneo electoral, el Reverendo Manuel A. Ruiz, quien ha manifestado que de resultar electo como Legislador del Circuito 8-9, llegará a la Asamblea Legislativa a exorcizar; es decir, sacarle el diablo a sus futuros colegas.
Esa aseveración implica que Ruiz sabe que va a formar parte de algo diabólico. Famoso por su peculiar frase "Sopla Dios", no sé todavía si el 2 de mayo próximo, durante las elecciones, al momento de contar los votos, gritará "Sopla Dios" para que desaparezcan los votos de los adversarios, o que sople para refrescar a sus feligreses por el arduo trabajo realizado en busca de la curul legislativa.

101 años de Panamá América

 
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