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El Código de la Familia


Recientemente salieron dos interesantes escritos por el periodista Tomas Cabal y por la sicóloga Jennie Barb de la renombrada Clínica de Análisis Transaccional que, según informes recientes del Organo Judicial (No. 296/CEPOF/00), es dirigida en sociedad con el Dr. Tejera y la Lic. Altafulla. En fin, ambos autores independientemente atinaron que existe en nuestra sociedad un creciente fenómeno, que es el maltrato intrafamiliar y se debe combatir más acertadamente por el Estado para prevenirlo y remediarlo. Nuestro recién implementado Código de la Familia contiene en su índice capítulos elaborados sobre relaciones familiares, de los menores, de la participación del Estado en la política familiar, y finalmente sobre la jurisdicción y los procedimientos.
El Código de la Familia bien aplicado es un poderoso instrumento, entre otras cosas, para reglamentar el comportamiento de los esposos que han decidido cortar el vínculo matrimonial con el fin de proteger a todos y muy especialmente a los niños, que inmerecidamente siempre terminan siendo los que más sufren cuando sus progenitores optan por separarse. Sin embargo, añade el suscrito después de tener 18 meses de estar investigando esto en el WWW, que existe un muy delicado período de años entre el momento en que se tipifica el Código y el momento en que finalmente se reglamenta. Por la Internet nos enteramos que en todo país donde recién se ha implementado el Código, que múltiples abogados y sicólogos infantiles inescrepulosos se aprovechan rasputinamente de la falta de preparación con la nueva ley por parte de las autoridades pertinentes para perjudicar intencionalmente y sin fundamento al otro cónyuge vía los hijos, sin tomar en cuenta que a los que dramáticamente perjudican es a las criaturas por la nefasta lavada de cerebro para fabricar las estridentes pruebas incriminatorias.
Según un informe del Centro Nacional sobre Abuso y Abandono de Menores de Estados Unidos (NCCAN, por sus siglas en inglés), publicado en 1995, de un número aproximado de 3 millones de casos de abuso infantil reportados ese año, 2 millones carecían de fundamento por parte del cónyuge acusador o eran fabricados entre oscuros abogados y sicólogos, y naturalmente fueron sobreseidos por los jueces después de años de dolorosos litigios, además de abarrotar al sistema judicial de carga adicional con casos ficticios. Se espera que con el incremento de divorcios en esta sociedad ya globalizada también crezca esta estadística debido a la creciente cantidad de ex cónyuges despechados(as). Mientras tanto, el "supuesto" criminal gracias a estas fabricaciones incursionará inmerecidamente a un dantesco cosmos llamado Desprestigio, junto con sus amargas consecuencias en lo emocional, interpersonal y laboral, conformándose únicamente como consuelo al enterarse a las malas quiénes son sus genuinos amigos durante esa tormenta legal que generalmente dura dos a tres años, junto con el oscuro bonus de la charada en privarlo por ley del gusto de ver a sus hijos crecer esos años.
En fin, aplaudo a los autores panameños del Código de Familia y espero instar a las más altas magistraturas a que investiguen dentro de nuestros tribunales de familia, para que evitemos que los abusos ocurridos en otros países antes de su reglamentación también ocurran en Panamá poniendo en peligro a aquellos menores a quienes, a los cuatro vientos, el Estado insiste que protege de malas influencias de los adultos. En resumen, de existir esa tendencia extranjera ya en nuestro país, que entonces caiga quien caiga; indiferentemente si los verdaderos culpables y cómplices de tal vicio en Panamá son gold roll or silver roll. Cooperemos todos en hacer nuestra Justicia más ciega...

101 años de Panamá América

 
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