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El espejismo del arbitraje en Panamá


Encarando la aplicación de nuevas restricciones aduaneras a las mercancías de la Zona Libre de Colón (ZLC) recientemente anunciadas por el gobierno colombiano, la Asociación de Usuarios de la ZLC ha sido particularmente enérgica en su petición a las autoridades panameñas de reiniciar un proceso arbitral entre ambas naciones planteado el año pasado ante el Organo de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Ginebra.
Para la Asociación de Usuarios, la pobre experiencia del último acuerdo aduanero sugiere que las negociaciones con Colombia carecen de futuro al considerar como inútil su posible reapertura a nivel ministerial. Tan negativo concepto sobre el beneficio de conversaciones bilaterales se diferencia del compartido por sus miembros en relación a un arbitraje ante la OMC, mecanismo con el que la Asociación espera se ponga punto final a esta larga controversia. Sus comunicados y las declaraciones de integrantes de su Junta Directiva parecen indicar que la fe puesta por los usuarios en un proceso arbitral en Ginebra es absoluta.
Hace unos días comentaba sobre esta polémica con algunos usuarios que recordaron el artículo de opinión publicado en este diario el pasado 20 de noviembre, en el cual señalé cómo la abrupta suspensión en ese momento del proceso arbitral por parte de Panamá no aseguraba el término de la controversia aduanera. Los usuarios coincidían en no tener otra alternativa que el arbitraje, si bien sólo uno que fuera realizado bajo las normas y en la sede de la OMC. Creían que un proceso de esa naturaleza únicamente podría efectuarse en el extranjero pues, agregaban, de ser ellos individualmente parte de una controversia internacional jamás participarían en un arbitraje comercial en Panamá.
"Un arbitraje aquí es un espejismo, se comienza con muchas ilusiones pero al final no se sabe cómo deciden ni con qué van a salir los árbitros o la Corte Suprema", me aseguró uno de ellos con tono de plena convicción. En otras palabras, el problema para los usuarios no era la falta de confianza en el arbitraje como mecanismo de solución de conflictos, sino en cualquier proceso arbitral que se realizara en el territorio nacional. Y si localmente no se confía en el sistema de arbitraje panameño, menos puede esperarse que muchos lo hagan en el extranjero.
Esa tajante oposición, esa ausencia de credibilidad de empresarios panameños respecto a nuestro propio sistema, me trajo a la memoria el inventario de reformas urgentes que a nivel constitucional y legal todavía se mantienen pendientes del que tantas veces se ha hablado.
Tenemos las normas constitucionales producto de las modificaciones de 2004, cuya defectuosa redacción peligrosamente confunde las características esenciales del arbitraje. El Artículo 202 de nuestra Constitución Política, por ejemplo, establece que los tribunales arbitrales podrán conocer y decidir por sí mismos "acerca de su propia competencia", omitiendo que esa facultad solo existe para decidir la controversia presentada bajo estricta dependencia de lo autorizado por las partes al tribunal.
Tenemos también una legislación manifiestamente inadecuada, el Decreto Ley 5 de 1999, convertida en una colcha de retazos y parches remendados, tanto por varios fallos de inconstitucionalidad como por una reciente legislación modificatoria en que persisten las mismas fallas de su versión original. No falta en la lista la experiencia de una Corte Suprema de Justicia que tarda más de un año en resolver recursos de nulidad en contra de laudos arbitrales -recursos que para muchos son de por sí controversiales-, a pesar de que el Decreto Ley 5 concede a la Corte un plazo de 15 días para pronunciarse.
Igual se encuentra el régimen de contrataciones de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), que requiere la incorporación en sus contratos de servicios y obras de una cláusula arbitral de disposiciones confusas e incluso erradas que forzosamente sujetan los procesos arbitrales al deficiente Decreto Ley 5 y, por ende, a la posible declaración de nulidad de los laudos sobre controversias con la ACP.
Es comprensible que las celadas puntuales que nuestro sistema pone en el camino del arbitraje comercial convenzan a los empresarios locales, sus mayores interesados, a ver a este mecanismo como un espejismo que desaparece. Nos toca ahora un esfuerzo serio para llevar adelante estas reformas de manera exhaustiva y rescatar la credibilidad de quienes alguna vez confiaron, o a futuro deseen confiar, en la vigencia de los procesos arbitrales en Panamá.

101 años de Panamá América

 
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