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"En la mira"


No cabe duda que la reciente presentación "en la mira" de la señora Ireya Oscoso (sin la discutida M), ha suscitado toda clase de reacciones y comentarios. Entre ellos, me llama poderosamente la atención el del Presidente de la FENASEP, quien ahora parece preocuparse por la posibilidad de que, en el futuro nuevo gobierno haya "reducción de la planilla estatal".
Invito al señor Leandro Avila, así como a quienes piensan como él y a todos los candidatos a legisladores y a la presidencia de la República, a que lean la letra que fue aprobada en la vigente Ley 9 de 20 de junio de 1994, de Carrera Administrativa, que ya ha sido implementada en varios Ministerios.
No fue la señora Ireya Oscoso la que aprobó el capítulo IX del Título V de dicha ley, que trata precisamente de los "retiros de la administración pública". Quien, según el Contralor Gabriel Castro, ha reducido la planilla estatal en 3,463 empleados públicos, es el Gobierno de Pérez Balladares, quien está privatizando, discrecionalmente, una serie de servicios públicos sociales y otras empresas públicas.
Lo que hay que hacer, antes de opinar fuera de foco y de la mira, es conocer y empaparse del espíritu que inspiró dicha ley y modificar aquellos "subterfugios y maniobras criollas" que, en mala hora, fueron introducidos, primero por los legisladores que formaron parte de la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales y, posteriormente fueron aprobados por "el pleno".
Sólo como ejemplo de las cosas negativas que fueron aprobadas o que, convenientemente, dejaron de hacerse, mencionaré las siguientes:
No se asignó en dicho documento, un plazo perentorio para presentar una Ley General de Salarios que acabara con las abismales diferencias de remuneraciones que existen, por ejemplo, entre lo que ganan personas que hacen el mismo trabajo, en diferentes instituciones estatales. Como resultado de esa incapacidad, aún no tenemos una Ley General de Salarios.
Se decapitó la verdadera autonomía que se le quiso dar a la Dirección y Subdirección Generales, preservando así la exagerada discrecionalidad que tienen los presidentes de turno.
El artículo 66 permite que la autoridad nominadora (el Presidente de turno), no quede obligado a nombrar al que ocupó el primer lugar en los concursos de méritos, sino al peor de los tres mejores, porque con toda seguridad, ese es su familiar (nepotismo), amigo, copartidario o recomendado.
La ley ha sido desgraciada, aún más, con el decreto ejecutivo Nº 222 de 12 de setiembre de 1997 que la reglamenta. En efecto, el artículo 49 señala que los servidores públicos de carrera serán permanentes e interinos. No menciona para nada que "se podrá contratar personal eventual para realizar funciones de carácter temporal o accidental, como sí lo hace el artículo 93 del Reglamento. El 94, habla de la "contratación eventual de un servidor, para labores de naturaleza permanente..." hasta por "tres años consecutivos". (El subrayado es mío). ¿Se imaginan ustedes a cada presidente de turno, justificando lo injustificable y, contratando eventual y convenientemente, a un plural número de servidores públicos, hasta por tres años, antes de las elecciones?
Se permitió que solamente, alrededor del 48% de los servidores públicos puedan ser beneficiados de ser incluidos en la Carrera Administrativa. El 52% restante quedó dispensado de ello, por permitirlo y tolerarlo así la Constitución vigente y otras leyes que, desgraciadamente, no han sido modificadas o derogadas.
No se incluyó en dicha ley, un artículo que definiera cuáles son los temas, informaciones y documentos que deben mantenerse como confidenciales y, sobre todo, durante cuánto tiempo. Ya es hora que se "desclasifiquen" y se den a la luz pública una serie de ellos que, inexplicablemente, se mantienen como si fueran secretos de Estado.
No cabe la menor duda de que, a quienes debemos mantener "en la mira" es a todos los candidatos a puestos de elección, tanto a la Presidencia de la República como a los de la Asamblea Legislativa, con el propósito de exhortarles a que se pronuncien ahora, "alto y claro", acerca de las necesarias modificaciones que hay que hacerle a la Ley de Carrera Administrativa. Así podremos conminarlos, posteriormente, a que cumplan sus palabras.
Finalmente, solicito a alguno de los lectores que me haga el favor de conseguirme la lista de los legisladores que aprobaron la Ley de Carrera Administrativa. Yo recuerdo el nombre de algunos que, a propósito, pretenden reelegirse. ¿Lo merecen?

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