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Fiestas en residencias deben cumplir normas


¿Sabía usted que cada vez que organiza una fiesta o una actividad donde se perturbe de alguna manera la tranquilidad de terceras personas debe solicitar un permiso en la corregiduría de su corregimiento, para que le informen sobre una serie de requisitos que debe cumplir, en aras de incomodar lo menos posible a sus vecinos?
Lo anterior es desconocido por muchas personas que realizan este tipo de actividades en sus casas, sin importarles con las personas que le rodean. Es por ello que con regularidad se observa que algunas de estas reuniones terminan con la presencia de agentes de la Policía Nacional, en atención a llamados que formulan vecinos molestos al sitio festivo.
Sobre este particular, el director de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá, Juan García manifestó que toda persona que quiera realizar este tipo de fiestas caseras, debe dirigirse a la corregiduría respectiva y solicitar un permiso, ya sea a través de señalamiento verbal o escrito; acto seguido llena un formulario y solicita el salvoconducto a la autoridad.
Los solicitantes del permiso el cual tiene un costo de cinco balboas, deben además indicar el lugar donde se realizará la actividad, de qué se trata la misma y las horas en que se llevará a cabo. Seguidamente el corregidor accede siempre y cuando no haya la existencia de algún elemento que impida la reunión, se otorga el salvoconducto, indicó el director.
"Es importante aclarar que los corregidores deben advertir a los solicitantes que en estas actividades no se permite la venta de licor, porque la reunión se convierte en una fiesta lucrativa y en este caso se necesitaría otro tipo de aval", precisó García.
"Igualmente se hace especial énfasis en que los ruidos u ondas sonoras que emitan los equipos de sonido no deben afectar a terceras personas, además que los niveles del volumen deben disminuir conforme avanzan las horas", puntualizó.
No obstante, el funcionario reconoció que hay personas que hacen caso omiso a estas normativas, obligando a los corregidores a sancionar por la falta de cumplimiento de lo establecido. Detalló que las sanciones oscilan entre B/.5.00 y B/.100, las que se incrementan conforme se comprueben casos de reincidencia.
El director explicó que en caso que una persona se sienta afectada por determinada reunión puede llamar a la corregiduría de turno o a la subestación policial más cercana y si se encuentra fuera de hora laboral deberá llamar al Juzgado Nocturno detallando el dilema.
Al informarle al funcionario que esta petición casi no se hace, dijo que es por ello que están informando a través de los diferentes medios a las personas, que cada vez que realicen una reunión o fiesta en una residencia, deben sacar el permiso en la corregiduría correspondiente.
Sobre los denominados permisos para la venta de licor denominados bodegas ambulatorias, García sostuvo que la Ley 55 de 1973 que establece los parámetros de las regulaciones del expendio de bebidas alcohólicas prevé la posibilidad de acceder a este tipo de ventas de cervezas en actividades deportivas, igualmente impone ciertos requisitos, entre estos: la presencia policial para preservar la seguridad, lugares propicios para que los asistentes hagan sus necesidades fisiológicas, entre otras.
Instó a quienes se sientan afectados por este tipo de reuniones que soliciten la presencia policial, a fin de comprobar que cuentan con los permisos pertinentes para la realización de la misma. Resaltó que estos permisos de bodegas ambulantes no se otorgan con frecuencia.
"Mas bien se dan esporádicamente y tiene un costo de 50 balboas y se da básicamente para asuntos deportivos, en aras de solventar los costos que genera el espectáculo deportivo, además hay que pagar timbres municipales y debe haber una persona responsable en caso tal se suscite algún incidente", añadió.

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