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Galimatías electorales y poder ciudadano


Es sabido que el Código Electoral panameño contiene una serie de galimatías que se ven agravadas por las interpretaciones y regulaciones arbitrarias que el Tribunal Electoral (TE) está haciendo de las mismas y que desvirtúan el principio democrático expresado por Lincoln de que la "democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo".

Cuando la ley electoral vigente excluye a los ciudadanos de poder aspirar a una candidatura presidencial independiente, o cuando esa misma ley y los reglamentos electorales ponen trabas a candidatos independientes para aspirar a los demás cargos de elección popular, se violan convenios internacionales de derechos humanos que nos dicen que toda persona tiene derecho a elegir y ser elegido sin mayores limitaciones.

Asimismo, desde que el TE le ha quitado arbitrariamente la nacionalidad a una candidata de oposición a las puertas de un torneo electoral, lo que está haciendo es atentar en contra de los valores democráticos de una sociedad y crea una innecesaria "zozobra social" cuando intenta reglamentar a destiempo el tema del referéndum cuando hace cinco años le negó a cien mil panameños ese derecho por cuestiones meramente formalistas.

De igual forma, la participación democrática del pueblo se ve perjudicada cuando reformas constitucionales absurdas hacen de los magistrados del TE una especie de deidades revestidos de falsos dogmas de infalibilidades, que se ven agravados por las vergonzosas acusaciones de "ignorante" que se le ha endilgado al Fiscal Electoral por parte del magistrado Solís, quien parece desconocer el principio elemental de la judicatura de "respeto y mutua consideración" que debe haber entre ellos.

Creyente del poder ciudadano, he denunciado ante la Defensoría del Pueblo y del propio TE al programa "VERIFÍCATE", ya que como está diseñado en la actualidad viola el derecho a la intimidad que contemplan los convenios internacionales de derechos humanos y nuestra Constitución Nacional, pues proporciona a cualquier persona que ingrese un número de cédula de identidad personal la dirección privada del resto de los ciudadanos sin su autorización y de manera particular el artículo 26 de la propia ley electoral, pues se desvirtúa lo referente a los fines y propósitos del Padrón Electoral.

Ojalá de manera oportuna se modifique el formato de ese programa para que no se continúen violando los derechos fundamentales de los ciudadanos por una institución que debe ser una adalid en la defensa de la pureza y transparencia del proceso electoral y que, en su lugar, parece ser una organización incapaz de mantener en cintura a una administración gubernamental que está rayando en las violaciones de las leyes electorales al utilizar políticamente las inauguraciones de obras públicas a favor de la "candidata de corazón" y al aumento desmedido de la propaganda oficial para beneficiar las imposibles posibilidades de triunfo de la alianza oficialista del continuismo.

101 años de Panamá América

 
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