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Hora cero del CMA


Con la llegada del negociador norteamericano Thomas McNamara portando la respuesta a la propuesta de Panamá sobre el Centro Multilateral Antidrogas ingresa a una fase crucial el controvertido convenio. Versiones extraoficiales de fuentes norteamericanas aseguran que Estados Unidos estaría de acuerdo con un tercio de la propuesta panameña; estima que otro tercio es negociable; pero que el tercio complementario del acuerdo en discusión reflejaría aspectos en los que el país del Norte no cedería un ápice, sobre todo en control de jurisdicción sobre instalaciones y operaciones de naturaleza militar.
Más allá de las especulaciones sobre acuerdos y reservas, es importante puntualizar que, por mandato constitucional, todo convenio que celebre la República de Panamá que tenga por objeto las áreas revertidas del área canalera, debe ser sometido a referéndum nacional previa aprobación por la Asamblea Nacional, lo cual es de mucho más relevancia si se tiene en cuenta la posibilidad de que se contemple algún tipo de limitación del ejercicio soberano del país, en relación con el establecimiento de dicho Centro.
En la región se han suscrito diversos convenios internacionales como marco de cooperación para combatir la producción, tráfico y consumo de estupefacientes, sin desmedro de la soberanía de las partes. En los convenios se reconoce que el intercambio de información es un elemento valioso para prevenir y bloquear las operaciones clandestinas de los carteles de narcotraficantes, sea para recoger pasta básica de países productores como, también, para usar ciertos países como cabecera de puente para la introducción de drogas a terceros países.
Desde hace varias décadas, el flagelo del tráfico de drogas transgrede fronteras nacionales, amenaza la seguridad y deteriora la estructura social, económica, política y moral de nuestros pueblos. Sin embargo, los programas interamericanos de cooperación se desarrollan sin conflictos de jurisdicciones y de soberanía porque puntualizan el alcance de los deberes y obligaciones de las partes. Si ello es así; si la experiencia demuestra que, sin menoscabo de la soberanía, se concilian esfuerzos en la lucha regional contra el narcotráfico, ¿por qué Panamá podría ser una excepción? Mas si ello no fuere posible en el caso del Centro Antidrogas, así debe indicarlo claramente el gobierno nacional sin medias tintas, y dejar luego la decisión al pueblo panameño para su aprobación o rechazo.
La voluntad del pueblo panameño se ha pronunciado y continúa exteriorizándose en el cumplimiento fidedigno de las estipulaciones de los tratados que no convalidan el establecimiento de bases militares abiertas o disfrazadas, salvo a cambio de adecuadas compensaciones, y límites en el tiempo y el espacio. En este sentido, los negociadores panameños han de tener presente las penalidades del pasado para no hipotecar los derechos del futuro.

101 años de Panamá América

 
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