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Ilegal tratado de información fiscal


El gobierno panameño debe estar consciente del impacto y los estragos que significaría para Panamá cualquier tipo de negociación, conversación, consulta, tratado o similar, con cualesquiera naciones que tengan por objeto suministrar información de carácter fiscal o tributario a favor de éstas.
El Colegio Nacional de Abogados envió un detallado y comprensivo informe de siete páginas al Ministro de Relaciones Exteriores, José Miguel Alemán, precisamente, sobre el tema en cuestión.
El rechazo del Colegio Nacional de Abogados tiene sustento en los antecedentes de la propuesta hecha por los representantes del gobierno de Estados Unidos de América; y en el contenido en el documento denominado Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria y los beneficios o ventajas y perjuicios o desventajas de celebrar acuerdos como el propuesto por la nación estadounidense.
El Colegio Nacional de Abogados inicia sus señalamientos en las acciones penales para quienes violen los artículos 89 y 93 del Código de Comercio, que coinciden en castigar, vía estrados judiciales, a cualesquiera sociedad anónima u operador de esos servicios que intente sacar del país libros de contabilidad, correspondencia y demás documentos que el comerciante debe conservar. Se castiga penalmente también el trasiego de cualesquiera fotocopia con intenciones de ser usada en el exterior.
Al respecto, hay jurisprudencia previa sobre la fortaleza del Código de Comercio en este sentido, jurisprudencia que, tras un litigio de bancos de ultramar, se intentó, sin efecto, recabar más pruebas de su sucursal aquí, no sin antes conseguir el visto bueno de la autoridad panameña correspondiente.
"...el tema a resaltar es la acción y posición asumida por el Gobierno de Panamá de aquel entonces (1961) presidido por Roberto F. Chiari en el sentido de no acceder a los requerimientos hechos por autoridades de otros países para la obtención y suministro de pruebas a ser utilizadas en el extranjero."
En palabras más explícitas, cualquier tipo de tratado de intercambio de información tributaria chocaría con una serie de leyes de la República estructuradas sesudamente por los gobiernos pasados y actualmente en vigencia, al tiempo que atentaría contra el país como nación soberana.
Estados Unidos no ha perdido ocasión ni tiempo para extraerle a Panamá un Tratado de Intercambio de Información Tributaria. En 1984, al socaire de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, el expresidente Ricardo de la Espriella reaccionó rápidamente para detener una intentona estadounidense similar a la actual.
Seis años después, a inicios de los años noventa, el expresidente Guillermo Endara tuvo también que actuar en rechazo, como fue presentado, el Tratado de Asistencia Legal Mutua, en cuyo interior planteaba también la inserción de intercambio de información tributaria requerida en acatamiento de órdenes de autoridades extranjeras. Al sustentar su posición, el ex presidente Endara actuó en procura de la integridad del sistema financiero y de servicios de Panamá.
El año pasado, tras la adopción de la legislación que ratifica el Convenio Interamericano de Asistencia Mutua en materia penal, las autoridades volvieron a reiterar la posición de Panamá de no celebrar acuerdos para el suministro de información relacionada con delitos de carácter tributario. Pero ni las sanciones establecidas en el Código de Comercio, ni el panegírico histórico previamente señalado, aparecen solamente como causales de delito dentro de Panamá. Las leyes panameñas son implacables y si bien establecen que los abogados no están obligados a suministrar información, por otro lado el Código Penal establece la obligación de guardar y mantener el secreto profesional. Es más, hay jurisprudencia vigente en el sentido de que es obligatorio mantener la reserva bancaria y de no divulgar información alguna relacionada con los clientes de los bancos y sus operaciones, salvo que la misma sea solicitada por autoridades competentes y de acuerdo a la Ley.
Hasta el momento, el Colegio de Abogados alegó en su comunicado de no habérsele informado en forma oficial sobre el tipo y naturaleza de los contactos que mantiene el gobierno con la OCDE y el GAFI. Sin embargo, el colegiado de profesionales del Derecho insiste en enfatizar lo que define como una política de Estado, (como lo hace el gobierno de Estados Unidos también), que mantenga la preservación y vigencia de un Sistema Financiero y de Servicios de Panamá que, según cifras de la Contraloría General de la República, representa el 70% del Producto Interno Bruto de Panamá.

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