Interpretaciones erroneas
He estado siguiendo los argumentos de los moralistas farisaicos en torno proyecto de ley No. 442 que adopta medidas para establecer y proteger los derechos humanos en materia de sexualidad y salud reproductiva y promover la educación, información y atención en esta materia.
Ahora todos enarbolan una moral tradicional, connatural al ser humano, ignorando también que la naturaleza humana de por sí es pecaminosa, por lo que Jesucristo dijo: Por cuanto todos pecaron están destituidos de la gloria de Dios.
Quién eres tú que juzgas hijo de hombre; o, al parafrasear a José Ingenieros en el "Hombre Mediocre", quien podrá adivinar que las buenas intenciones de estos defensores de oficio de la moral no sean sino un cansancio de las malas costumbres de su pasado.
No hallo en todo el proyecto ningún elemento interpretativo que pueda entenderse como atentatorio de la patria potestad y la institucionalidad familiar o permisivo con el aborto y el sexo libertino, conductas de hecho practicadas. Estos argumentos parten de criterios supraextensivos que se alejan del verdadero sentido de la normativa y los hechos sociales que pretende regular.
Es erróneo interpretar el espíritu de una ley desatendiendo su claridad literal, y asumir hechos incompatibles con la norma constitucional, o bien, con la normativa especial. Ni el matrimonio entre personas del mismo sexo, no contemplado constitucionalmente; ni la transgresión del conjunto de deberes y derechos de los padres con respecto a la persona y los bienes de los hijos, establecida y definida por la ley especial del Código de la Familia y el Menor, ni el aborto tipificado penalmente, son hechos jurídicos ignorados en dicho proyecto de ley.
Es importante pensar, hablar, escribir con conocimiento de causa. Las emociones o creencias son imprescindibles en una sociedad y para el hombre, siempre y cuando el cumplimiento de deberes y el poder de aptitudes y capacidades se ejerzan desde el interior de nuestras vidas y en el seno de nuestras familias; pero mientras las infecciones de transmisión sexual y la conformación de estructuras familiares disfuncionales por falta de prevención, orientación, formación, corrección, cuidado y seguimiento, sean el pan diario de la salud publica, apoyo la ley 442.