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Juicio político


El ex Vicepresidente de la República, Ricardo Arias Calderón, ha planteado la posibilidad de que la mandataria panameña, Mireya Moscoso, se esté exponiendo a un juicio político al faltar a su deber constitucional de salvaguardar la independencia de los demás poderes del Estado.
Se imputa a Moscoso el haber eliminado la precaria autonomía de la Corte Suprema de Justicia con el nombramiento de magistrados de reciente y furibunda militancia partidista, afin a su colectivo o alianza de gobierno. Ello a su vez ha conducido al pronunciamiento de controvertidos fallos que apuntan al temido resultado. Uno de ellos, pone en entredicho la independencia constitucional del Tribunal Electoral, al resolver la Corte, dar trámite a un recurso de hecho promovido por la defensa del Legislador Carlos Afú en el proceso de expulsión que le sigue su partido PRD - en circunstancias en que la Ley Fundamental solo da cabida al recurso de inconstitucionalidad contra decisiones de la jurisdicción electoral. El otro, niega una solicitud de suspensión provisional de los efectos de una resolución de gabinete que modificó los términos de una concesión portuaria, en términos tan lesivos para el Estado, que algunos estiman la lesión patrimonial en más de mil doscientos millones de balboas.
En ambos casos las ponencias del supremo tribunal vienen precisamente de un magistrado recién electo a quien se hace el señalamiento expuesto.
El artículo 154 No.1 de la Constitución concede al Legislativo la facultad de conocer de "acusaciones o denuncias que se presenten contra el Presidente de la República". El artículo 2478 del Código Judicial dice a su vez que "todo ciudadano puede acusar o denunciar ante la Asamblea Legislativa, al Presidente de la República", por actos "en perjuicio del libre funcionamiento del poder público o violatorios de la Constitución o las leyes". El mismo procedí prevé que se consulte el parecer del Procurador General de la Nación (art. 2482), la celebración de una audiencia oral (art. 2483) y el dictado de sentencia "por mayoría absoluta de votos" (art. 2485).
Al margen del aspecto teórico, la posibilidad real del juicio es remota tanto por la estrecha correlación numérica de votos en la Asamblea, como por los inconvenientes serios que conllevaría su realización a la luz de los antecedentes históricos de este tipo de proceso. La última vez que tuvo lugar, fue contra el presidente Marco A. Robles a quien se condenó y hasta se le designó presidente substituto en la persona de Max Delvalle (1967).
La caja de pandora abierta entonces de par en par dio cabida a la incursión como árbitro de la Guardia Nacional que entonces se hizo del poder real para salvar a Robles, dar al año siguiente un golpe de Estado al presidente constitucional (recién electo, Arnulfo Arias M., y detentar el poder absoluto durante los 21 años siguientes cuando sobrevino la invasión norteamericana (1989) que restituyó por la fuerza la democracia actual de la que gozamos.

101 años de Panamá América

 
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