La Asamblea Legislativa y el cambio constitucional
En agosto de 1994, durante sesiones extraordinarias, la Asamblea Legislativa que estaba por terminar su período, aprobó un Acto Legislativo reformatorio de la Constitución, en la cual se incluía la figura de la Asamblea Constituyente Paralela como mecanismo de reforma constitucional. Dicha propuesta se aprobó por mayoría, con el voto en contra de la entonces minoritaria bancada del PRD. Pocos meses después, en octubre del mismo año, la nueva Asamblea, con una conformación distinta, rechaza dicho Acto Legislativo, destacándose la oposición acérrima de la bancada, ahora mayoritaria, del PRD a la inclusión de la Constituyente Paralela en el texto constitucional.
Casi diez años después, el candidato presidencial del PRD, quien era Viceministro de Gobierno en octubre de 1994, propone una reforma a la Constitución en la misma dirección de la que su partido político rechazó en aquel momento. ¿Se trata de un cambio genuino de opinión o de simple demagogia? A mi juicio, es lo segundo. Por ello es que he señalado que la propuesta del PRD-PP es una propuesta de "cambio para que nadie cambie". Pretenden hacer algunos cambios cosméticos y puramente coyunturales, pero sin el propósito real de promover una revisión integral de la Constitución.
¿Cuál es el miedo a dejar que la ciudadanía exprese su opinión sobre el tema constitucional a través de una quinta papeleta? ¿Por qué se resisten a que se haga una nueva Constitución a través de una asamblea exclusivamente dedicada a tal fin? ¿Por qué no romper con el monopolio de los partidos y permitir que se postulen candidatos independientes como constituyentes? ¿Cuál es el afán de mantener el control, a través de la Asamblea Legislativa, de los cambios que se le puedan hacer a la Constitución?
El diario El Panamá América ha hecho un estudio donde pretende demostrar que a lo largo de nuestra historia constitucional han sido pocos los cambios que se han hecho al texto constitucional de 1904. Pero no se trata solamente de cuántos artículos se han modificado o adicionado, justo es revisar también los cambios conceptuales. Y es que el sistema político surgido de la Constitución de 1946 es mucho más democrático que el concebido en la Constitución de 1972, aún con las reformas de 1983, el cual es excesivamente presidencialista y centralista.
Resulta lamentable que, a estas alturas de la historia patria, el PRD y su candidato presidencial consideren que los cambios más sustanciales que deben hacerse a la Constitución en materia del Organo Legislativo sean los que tengan que ver con el número de los suplentes, la composición del mismo o la inmunidad.
Sin duda, son temas todos que deben ser analizados y abordados por una Asamblea Constituyente Paralela. Pero más importante aún es que hagamos una profunda reflexión sobre el rol que debe jugar la Asamblea en una sociedad democrática. Por ejemplo, ¿cómo fortalecemos el rol fiscalizador de la Asamblea? ¿No sería conveniente dotar de autonomía financiera a este Organo del Estado, de la misma forma que el Organo Judicial la tiene hoy día? ¿No debería la Asamblea Legislativa tener tantas o más atribuciones que la Asamblea Nacional en la Constitución de 1946? En las sociedades democráticas más avanzadas, la tendencia es que el Estado se organiza a través de sistemas parlamentarios y allí donde existen sistemas presidencialistas, los mismos coexisten con un parlamento con poderes significativos. No podemos pretender que se puede fortalecer la democracia en Panamá, si lo que pretendemos es continuar el proceso iniciado con la dictadura militar de disminuir a la Asamblea.
Dado lo anterior, me manifiesto a favor de realizar una consulta popular el próximo 2 de mayo sobre el tema constitucional. La decisión que allí se tome tendrá un mayor carácter vinculante, aunque sea en el plano estrictamente político, más que jurídico.
La propuesta del PRD no lleva a un compromiso real de convocar a una Asamblea Constituyente, más bien lo que pretende es apagar el reclamo ciudadano de la consulta... ¿Qué nos garantiza, por ejemplo, que pasada la elección la nueva Asamblea no rechace el Acto Legislativo aprobado por la actual? Se podrán escudar en que el pueblo no quiere el cambio constitucional y podrán hacerlo, porque el mismo no se habría pronunciado expresamente al respecto.
Considero, por lo tanto, que con el mandato obtenido del resultado de la quinta papeleta, tendrá que forjarse un consenso entre la clase política y la sociedad civil para viabilizar el llamado a una Constituyente Paralela, con o sin inclusión previa del mecanismo en la Constitución. Pero, para que el cambio constitucional profundo que el país requiere no se postergue más, insisto en ello, es necesario que el pueblo panameño tenga la oportunidad de expresarse concretamente sobre el particular. De eso se trata el esfuerzo del Consejo Ecuménico y la propuesta de la quinta papeleta.
Casi diez años después, el candidato presidencial del PRD, quien era Viceministro de Gobierno en octubre de 1994, propone una reforma a la Constitución en la misma dirección de la que su partido político rechazó en aquel momento. ¿Se trata de un cambio genuino de opinión o de simple demagogia? A mi juicio, es lo segundo. Por ello es que he señalado que la propuesta del PRD-PP es una propuesta de "cambio para que nadie cambie". Pretenden hacer algunos cambios cosméticos y puramente coyunturales, pero sin el propósito real de promover una revisión integral de la Constitución.
¿Cuál es el miedo a dejar que la ciudadanía exprese su opinión sobre el tema constitucional a través de una quinta papeleta? ¿Por qué se resisten a que se haga una nueva Constitución a través de una asamblea exclusivamente dedicada a tal fin? ¿Por qué no romper con el monopolio de los partidos y permitir que se postulen candidatos independientes como constituyentes? ¿Cuál es el afán de mantener el control, a través de la Asamblea Legislativa, de los cambios que se le puedan hacer a la Constitución?
El diario El Panamá América ha hecho un estudio donde pretende demostrar que a lo largo de nuestra historia constitucional han sido pocos los cambios que se han hecho al texto constitucional de 1904. Pero no se trata solamente de cuántos artículos se han modificado o adicionado, justo es revisar también los cambios conceptuales. Y es que el sistema político surgido de la Constitución de 1946 es mucho más democrático que el concebido en la Constitución de 1972, aún con las reformas de 1983, el cual es excesivamente presidencialista y centralista.
Resulta lamentable que, a estas alturas de la historia patria, el PRD y su candidato presidencial consideren que los cambios más sustanciales que deben hacerse a la Constitución en materia del Organo Legislativo sean los que tengan que ver con el número de los suplentes, la composición del mismo o la inmunidad.
Sin duda, son temas todos que deben ser analizados y abordados por una Asamblea Constituyente Paralela. Pero más importante aún es que hagamos una profunda reflexión sobre el rol que debe jugar la Asamblea en una sociedad democrática. Por ejemplo, ¿cómo fortalecemos el rol fiscalizador de la Asamblea? ¿No sería conveniente dotar de autonomía financiera a este Organo del Estado, de la misma forma que el Organo Judicial la tiene hoy día? ¿No debería la Asamblea Legislativa tener tantas o más atribuciones que la Asamblea Nacional en la Constitución de 1946? En las sociedades democráticas más avanzadas, la tendencia es que el Estado se organiza a través de sistemas parlamentarios y allí donde existen sistemas presidencialistas, los mismos coexisten con un parlamento con poderes significativos. No podemos pretender que se puede fortalecer la democracia en Panamá, si lo que pretendemos es continuar el proceso iniciado con la dictadura militar de disminuir a la Asamblea.
Dado lo anterior, me manifiesto a favor de realizar una consulta popular el próximo 2 de mayo sobre el tema constitucional. La decisión que allí se tome tendrá un mayor carácter vinculante, aunque sea en el plano estrictamente político, más que jurídico.
La propuesta del PRD no lleva a un compromiso real de convocar a una Asamblea Constituyente, más bien lo que pretende es apagar el reclamo ciudadano de la consulta... ¿Qué nos garantiza, por ejemplo, que pasada la elección la nueva Asamblea no rechace el Acto Legislativo aprobado por la actual? Se podrán escudar en que el pueblo no quiere el cambio constitucional y podrán hacerlo, porque el mismo no se habría pronunciado expresamente al respecto.
Considero, por lo tanto, que con el mandato obtenido del resultado de la quinta papeleta, tendrá que forjarse un consenso entre la clase política y la sociedad civil para viabilizar el llamado a una Constituyente Paralela, con o sin inclusión previa del mecanismo en la Constitución. Pero, para que el cambio constitucional profundo que el país requiere no se postergue más, insisto en ello, es necesario que el pueblo panameño tenga la oportunidad de expresarse concretamente sobre el particular. De eso se trata el esfuerzo del Consejo Ecuménico y la propuesta de la quinta papeleta.