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La intervención de teléfonos, ayer y hoy


El miércoles el país presenció un espectáculo que parecía ser dramático. La Presidenta se reunió con todos los jefes de partidos políticos, el Arzobispo, el Presidente de la Corte Suprema y el Procurador General de la Nación y anunció una conferencia de prensa para revelar a la opinión pública una conspiración contra la estabilidad fundamental de nuestras instituciones y por ende, del régimen democrático.
El evento resultó una decepción inaudita. La documentación que entregaron establece que se habría usado el fax 221-2978 de la empresa Grupo Style, presuntamente vinculada al Sr. Enrique Montenegro, para enviar a medios de comunicación el presunto memorando de la Ministra de la Presidencia al Director del SPI y al Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Pública y Defensa Nacional para que interceptaran los teléfonos de 117 personalidades. Pero no dice nada sobre quién elaboró el memo. Bien hubiera podido suceder que el memo hubiera sido preparado para la firma de la Ministra y que ella lo hubiera firmado únicamente para los ojos de quienes debían ejecutar la orden, pero luego una copia habría llegado a otras manos que lo habrían difundido a los medios.
La documentación tampoco dice nada sobre la política del actual gobierno en materia de intervención de teléfonos: si los intervienen o no y si sólo lo hacen previa orden del Procurador General de la República. En otras palabras, nadie sabe qué hace la Presidenta Moscoso con respecto a las intervenciones telefónicas, y si lo que hace es constitucional y legal o no. Este es el fondo del problema y el hecho que el Gobierno lo soslaye hace pensar que están interviniendo teléfonos cuando le da la gana, incluso por razones políticas.
De igual manera que la Presidenta Moscoso ha quedado al descubierto en materia de intervención telefónica, también ha quedado al descubierto el ex presidente Endara en su acusación de que los demócratas cristianos intervinimos su teléfono y que por eso nos excluyó de su gobierno. Endara falta a la verdad en su versión de los hechos, que expuso por radio en KW Continente. Por ejemplo, niega que yo tuviera un teléfono directo a su oficina y mi secretaria de aquél entonces me confirma que ella me veía levantar dicho teléfono e inmediatamente comenzar a conversar con el Presidente. Nunca me habló de introducir cambios en el Gabinete y era absurdo de su parte esperar que yo le confiaría a Joaquín Fernando Franco nada que involucrara las posiciones de la democracia cristiana cuando todo lo largo de nuestra historia él nos había adversado y nos había hecho varias jugadas. Cuando Endara dice que no le ofrecí ningún ministerio para que nombrara a arnulfistas, debe comenzar por reconocer que nunca tuvo la franqueza de pedírmelo, sobre todo cuando sabía que las dos veces que me había pedido el cambio de dos funcionarios idóneos accedí en atención a su autoridad presidencial.
Afirma que él me pidió que el servicio de inteligencia estuviera adscrito a la Presidencia y que yo demoré en satisfacer su solicitud y entonces inventé un Consejo de Seguridad Pública y Defensa Nacional para incluirme como Vicepresidente. En realidad, el Decreto 38 del 10 de febrero de 1990 por el cual se organiza la Fuerza Pública fue redactado en mi oficina con la colaboración del entonces Legislador José A. Sossa y presentado al Gabinete con pleno acuerdo del Presidente y mío. Nunca me dejó entrever ninguna duda sobre la integración del Consejo de Seguridad Pública y Defensa Nacional, como ahora ha declarado, ni hubo sobre ese particular ningún retraso en la consideración del Decreto 38.
Además, es falso que en dicho Consejo participen los vicepresidentes, como afirmó también ahora. Participan los ministros de Gobierno y Justicia, de Relaciones Exteriores y de Planificación y Política Económica., quienes evidentemente tienen que ver con la seguridad del país.
Olvida, por otro lado, Endara que fui yo quien insistí que el Presidente, como Jefe Supremo de la Fuerza Pública, ejerciera su mando no sólo por decretos sino también por "órdenes e instrucciones", es decir directamente y de viva voz sin necesitar al Ministro de Gobierno y Justicia como intermediario. Nunca desconocí la autoridad presidencial. Por lo contrario, la respeté y la hice valer. Si Endara dice ahora que tuvo dificultad en establecer la oficina del Secretario Ejecutivo del Consejo, no fue de mi parte pues en nada dependía de mi ministerio. Sería acaso de parte de otras instancias, que podían resentir que la persona nombrada al cargo a instancias de los EU había tenido altos cargos en gobiernos de la dictadura.
En su respuesta radial a mis comentarios sobre sus declaraciones, Endara admite que los norteamericanos, al advertirle que su teléfono estaba intervenido, no le dijeron quién lo hacía. Y que en el allanamiento del local de Quarry Heights, en donde funcionaba el Departamento de Información e Investigación (DIIP) junto con la Brigada 470 del Ejército de los E.U. (el organigrama de la Policía Nacional con el DIIP incluido era conocido por Endara), "no encontré ningún aparato" para la intervención de teléfonos. Y afirma: "Yo no puedo decir que en esas oficinas se hacían escuchas telefónicas". "No puedo decir ni tengo pruebas de que los demócratas cristianos me intervenían mi teléfono," reconoce. Llega, incluso, a argumentar que el periodista lo citó diciendo que Arias Calderón le escuchaba su teléfono, pero que él no dijo eso. Y afirma: "no sabía ni sé todavía a ciencia cierta" quién intervenía mi teléfono. Pero añade, revelando su apasionado interés en excluirnos para usufructuar de más espacio político, "estoy convencido que ellos fueron".
Para tratar de encubrir este interés, Endara atribuye nuestra exclusión a nuestra "deslealtad". Es la acusación más infame de todas, pues olvida que expuse mi vida varias veces por defender su triunfo presidencial, sufrí un atentado con bazuca y rifle cuando inauguré la Policía Nacional para que su gobierno contara con una organización nacional de seguridad, y del 4 al 5 de diciembre de 1990 fuimos los demócratas cristianos los que le hicimos frente a la intentona de sublevación del Col. Herrera, mientras otros ministros brillaban por su ausencia y él terminó por irse a dormir.
¿Qué queda de su acusación de ayer contra nosotros? Nada, la misma nada que queda de la acusación de hoy de su copartidaria la Presidenta Moscoso. No, sí queda algo: una inexcusable irresponsabilidad.
(ariyan@sinfo.net)
La caótica experiencia que muchos panameños tienen con los corregidores es casi generalizada, sin embargo, la diferencia entre los funcionarios que son del distrito de Panamá y del resto del país es abismal.
A diferencia del resto del país, donde no hay parámetros para la selección de la importante figura, en el distrito capital existe todo un perfil del corregidor, según informa el director de Legal y Justicia del Municipio de Panamá, Juan García.
"La actual administración de la comuna capitalina ha dispuesto un perfil para que el cargo sea ocupado por personas idóneas, como que residan en el lugar donde serán designados, así como ser abogados o cursar los últimos años en la carrera de Derecho", indicó.
De hecho, agregó García, 17 de los 19 corregidores son abogados, mientras que los dos restantes estudian Leyes, acción que procura que estos funcionarios conozcan las disposiciones establecidas en el Código Administrativo.
El funcionario municipal reconoció que la designación y remoción de los corregidores es facultad del alcalde, pues no hay término establecido en la ley para ejercer el cargo. No obstante, aclaró que es competencia de cada municipio procurar la capacitación de sus funcionarios.
Añadió que para evitar las arbitrariedades, se ha creado la figura del coordinador de corregidores, quien se encarga de realizar visitas carcelarias y examinar los casos que han llegado a los penales producto de decisiones adoptadas por los corregidores del distrito.
El coordinador también evalúa porqué razón se aplicó la sanción y de cuánto es.
"Estamos constantemente presentado instrucciones y charlas para que se pueda brindar una adecuada justicia, claro está que siempre hay una parte que gana y otra que pierde y en los últimos casos, quienes lo hacen presentan sus descargos, aún cuando no tengan la razón", argumentó García queriendo eximir de toda culpa a los corregidores capitalinos, que tampoco escapan de las denuncias.
Aún cuando el Municipio de Panamá cuenta con normas claras para que sus corregidores tengan una buena ejecutoria, Juan García reconoce que el actual Código Administrativo, creado hace más de 85 años, precisa reformar muchos de sus enunciados que ya son obsoletos.
Esta opinión es ampliamente compartida por Castillo y Bolaños. Para la primera, no es posible que mientras en la esfera penal el juez está facultado para suspenderle la pena al presunto responsable de cometer un delito, en el ámbito administrativo, y pese a ser una falta y no delito, no es posible suspender la pena.
"En Panamá tampoco aparece la figura del trabajo comunitario que compense las faltas cuyas penas conllevan a privación de la libertad", acotó Magali Castillo.
No obstante todo lo anterior, hay diversas razones ajenas a las normas e incluso a la formación del corregidor que inciden en la mala ejecutoria que pudiera darse dentro de una corregiduría. Según la directora de la Alianza Ciudadana Pro Justicia es notable la falta de colaboración que brinda la Policía Nacional.
También aparece como un inconveniente el problema de los recursos económicos con que cuentan los municipios del país y que impiden su organización. Los diferentes corregimientos de San Miguelito son prueba de ello, debido a la gran cantidad de casos que deben atender por la alta densidad poblacional. La activista dice haber notado, además, que el ciudadano que acude a una corregiduría desconoce sus derechos, lo que incide en la forma como se administra la justicia.
"Es importante ilustrar al ciudadano sobre sus derechos, porque muchas veces acude a las instancias en busca de justicia y lo que encuentra es un funcionario drástico, que por desconocimiento de las funciones que realiza, ultraja los derechos de ese ciudadano", apuntó.
Los casos que aborda un corregidor del campo son muy distintos a las que atiende uno de la ciudad. El primero, por ejemplo, resuelve litigios relacionados con problemas de tierra, violencia intrafamiliar y los comunes conflictos vecinales.
Pero, pese a las críticas y deficiencias que se le endilgan a este funcionario, ejerce un papel como mediador con mayor fuerza que el funcionario de la capital. "Se diferencia del citadino por ser más mediador, busca la solución pacífica de los conflictos", refirió Magali Castillo.
El corregidor que actúa con injusticia no es impune, aunque así lo pareciera. De acuerdo con Jorge Fabián Gutiérrez, director de Orientación y Protección de los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, la justicia prevé sanciones contra este funcionario público cuando cometa alguna falta.
Gutiérrez convidó a los ciudadanos para que acudan a esa instancia para recibir orientación de dónde deben presentar la denuncia, si han sido ultrajados en sus derechos por algún corregidor.
Aclaró que la Defensoría no puede aplicar sanciones, porque la ley no la faculta para ello, pero sí puede emitir una condena moral por su mala conducta. Ilustró que desde su despacho las denuncias que más se reciben son por desalojo, "aunque también se reciben muchas denuncias por abuso contra la libertad".
"Vemos que cuando se da la falta es porque el funcionario atendió un caso que no era de su competencia y ejecuta acciones que exceden las faltas. Por eso se requiere urgentemente una capacitación de estos funcionarios en igualdad de términos", recomendó.

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