La nueva Constitución (III)
Continuando nuestra travesía constitucional, en esta ocasión haré alusión al tema electoral. Plasmo entonces las propuestas que dudo formen parte de las ideas de aquellos que hoy hablan de modernización del Estado. Veamos:
1. Establecer las reglas básicas de la libre postulación, para todos los cargos de elección popular. Establecer el cargo de gobernador como de elección popular.
2. Instaurar la segunda vuelta electoral para todos los cargos de elección popular y señalar como el 50% más 1 (uno) de los votos válidos escrutados, como el mínimo para poder obtener un cargo de elección popular. La segunda vuelta se realizaría si ningún candidato ha obtenido el mínimo ya señalado.
3. Dar valor electoral al voto en blanco, ya que señala la inconformidad con todas las opciones presentadas en una votación. Las consecuencias de poner esto en práctica deben ser analizadas.
4. No permitir la reelección inmediata a ningún cargo; no obstante, de pensarse lo contrario, ésta debe ser por un solo periodo y a todos los cargos de elección popular. Se instituirían controles para las reelecciones no inmediatas, estableciendo el mínimo de un periodo entre cada una. Además, el que logre una reelección inmediata, no podrá aspirar al mismo cargo hasta pasados dos periodos de su reelección.
5. Cualquier funcionario público que no sea de elección popular y que tenga aspiraciones a ocupar un cargo de esta índole, deberá renunciar a su cargo, por lo menos dos años antes del torneo electoral; a partir de las siguientes condiciones: si aspira a legislador, gobernador o presidente y se trata de un funcionario de cualquier nivel inferior en jerarquía; si aspira a cualquier cargo y se trata de los principales directivos de cualquier entidad estatal.
6. Las elecciones legislativas deben realizarse a la mitad del periodo presidencial y no más de dos meses antes de la fecha de toma de posesión, la cual debe separarse por dos años y medio de la toma de posesión de presidente, vicepresidente, gobernadores y alcaldes. Los periodos de ambos órganos deben ser diferentes para dar oportunidad a que sea muy difícil que un solo partido o grupo domine ambos órganos del Estado.
222En definitiva, cada vez me convenzo más de que parches constitucionales no van a adecentar nuestro modelo de Estado.
7. Las elecciones generales permitirán la escogencia de presidente, vicepresidente, gobernadores y alcaldes. Deben realizarse no más de dos meses antes de la fecha que se estipule como toma de posesión, que bien puede seguir siendo el primero de septiembre.
8. Todo candidato a puesto de elección popular, sin excepción, debe presentar una declaración jurada, notariada y pública de su estado patrimonial, antes de las elecciones; de no hacerlo, pierde su derecho a participar en la contienda.
9. Establecer el derecho popular de revocatoria de mandato. Solo el pueblo elector debe decidir si un funcionario electo debe retirarse de su cargo. Una opción podría ser la creación de la figura del "Referéndum Revocatorio", mismo que consistiría en la celebración de un referéndum a la mitad del periodo de cada uno de los cargos de elección popular; oportunidad que utilizarían los electores para determinar si desean que estos concluyan el periodo para el que fueron electos o si prefieren elegir a uno nuevo, de ser así, los escogerían en el mismo día del ejercicio electoral. Esto de be hacerse en todos los niveles, desde presidentes hasta alcaldes. 10. Se debe dar el derecho a voto a reos no condenados y a enfermos que estén en sus cinco sentidos.
¿Cómo afecta esto en los puntos tratados en las entregas anteriores? Las propuestas en materia electoral influyen directamente en lo referente a los órganos Legislativo y Ejecutivo, así como en la dirección del resto de las entidades de la maquinaria estatal. En definitiva, cada vez me convenzo más de que parches constitucionales no van a adecentar nuestro modelo de Estado. En la siguiente entrega veremos lo relativo a las propuesta en materia de administración, las cuales son aún más abarcadoras.
1. Establecer las reglas básicas de la libre postulación, para todos los cargos de elección popular. Establecer el cargo de gobernador como de elección popular.
2. Instaurar la segunda vuelta electoral para todos los cargos de elección popular y señalar como el 50% más 1 (uno) de los votos válidos escrutados, como el mínimo para poder obtener un cargo de elección popular. La segunda vuelta se realizaría si ningún candidato ha obtenido el mínimo ya señalado.
3. Dar valor electoral al voto en blanco, ya que señala la inconformidad con todas las opciones presentadas en una votación. Las consecuencias de poner esto en práctica deben ser analizadas.
4. No permitir la reelección inmediata a ningún cargo; no obstante, de pensarse lo contrario, ésta debe ser por un solo periodo y a todos los cargos de elección popular. Se instituirían controles para las reelecciones no inmediatas, estableciendo el mínimo de un periodo entre cada una. Además, el que logre una reelección inmediata, no podrá aspirar al mismo cargo hasta pasados dos periodos de su reelección.
5. Cualquier funcionario público que no sea de elección popular y que tenga aspiraciones a ocupar un cargo de esta índole, deberá renunciar a su cargo, por lo menos dos años antes del torneo electoral; a partir de las siguientes condiciones: si aspira a legislador, gobernador o presidente y se trata de un funcionario de cualquier nivel inferior en jerarquía; si aspira a cualquier cargo y se trata de los principales directivos de cualquier entidad estatal.
6. Las elecciones legislativas deben realizarse a la mitad del periodo presidencial y no más de dos meses antes de la fecha de toma de posesión, la cual debe separarse por dos años y medio de la toma de posesión de presidente, vicepresidente, gobernadores y alcaldes. Los periodos de ambos órganos deben ser diferentes para dar oportunidad a que sea muy difícil que un solo partido o grupo domine ambos órganos del Estado.
222En definitiva, cada vez me convenzo más de que parches constitucionales no van a adecentar nuestro modelo de Estado.
7. Las elecciones generales permitirán la escogencia de presidente, vicepresidente, gobernadores y alcaldes. Deben realizarse no más de dos meses antes de la fecha que se estipule como toma de posesión, que bien puede seguir siendo el primero de septiembre.
8. Todo candidato a puesto de elección popular, sin excepción, debe presentar una declaración jurada, notariada y pública de su estado patrimonial, antes de las elecciones; de no hacerlo, pierde su derecho a participar en la contienda.
9. Establecer el derecho popular de revocatoria de mandato. Solo el pueblo elector debe decidir si un funcionario electo debe retirarse de su cargo. Una opción podría ser la creación de la figura del "Referéndum Revocatorio", mismo que consistiría en la celebración de un referéndum a la mitad del periodo de cada uno de los cargos de elección popular; oportunidad que utilizarían los electores para determinar si desean que estos concluyan el periodo para el que fueron electos o si prefieren elegir a uno nuevo, de ser así, los escogerían en el mismo día del ejercicio electoral. Esto de be hacerse en todos los niveles, desde presidentes hasta alcaldes. 10. Se debe dar el derecho a voto a reos no condenados y a enfermos que estén en sus cinco sentidos.
¿Cómo afecta esto en los puntos tratados en las entregas anteriores? Las propuestas en materia electoral influyen directamente en lo referente a los órganos Legislativo y Ejecutivo, así como en la dirección del resto de las entidades de la maquinaria estatal. En definitiva, cada vez me convenzo más de que parches constitucionales no van a adecentar nuestro modelo de Estado. En la siguiente entrega veremos lo relativo a las propuesta en materia de administración, las cuales son aún más abarcadoras.