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La potestad reglamentaria


Toda ley, entendida la misma en su aspecto eminentemente formal, necesita ser reglamentada al ser expedida, ya que el legislador, por razones obvias de espacio, no puede cubrir íntegramente toda la materia específica y por ende, surgen las lagunas o vacíos legales que crean confusión.
Para ello, existe la potestad reglamentaria que consiste fundamentalmente en la facultad que posee el organismo competente para reglamentar o desarrollar, dentro de los límites legales precisos, el ámbito de la materia que le corresponde.
Sin embargo, hemos observado que muchas veces no se cumple con lo anterior, ya que en innumerables ocasiones se abusa de dicha facultad, excediéndose o desbordándose de los límites señalados por la ley.
Toca a nuestra máxima corporación de justicia corregir dichos males en aras de un verdadero mejoramiento de nuestra administración de justicia, ya que un ejemplo palpable, actual y real lo constituye el decreto que reglamenta la Ley de Transparencia recientemente aprobada.
(mluque@pa.inter.net)

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