La profesión de enfermería en Panamá
1. El artículo 4 de la Ley 35 de 16 de febrero de 1956 dice lo siguiente: "Reconócese legalmente como peligrosa o riesgosa, la profesión de enfermeras y afines, por razón o consecuencia obligada del ejercicio de éstas o del sitio en donde preste dicho servicio".
2. Un Comité Mixto de la Organización Internacional del Trabajo y de la Organización Mundial de la Salud declaró en 1950, que los gobiernos deben establecer y cumplir normas para promover y mantener bienestares en los trabajadores; prevenir daños causados a la salud de éstos, por las condiciones en el trabajo y protegerlos contra riesgos.
3. Además de las llamadas enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo, existen las enfermedades y las lesiones relacionadas con el trabajo, las que, epidemiológicamente son más frecuentes y más graves en grupos de trabajadores como las enfermeras, porque ellas están durante más tiempo, expuestas a determinados riesgos laborales, los cuales ponen en peligro la salud y sus vidas, así como las de sus familiares cercanos.
4. Como sería muy extenso detallar todos y cada uno de los llamados "riesgos laborales para las enfermeras", me limitaré a numerar los más importantes: físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, mecánicos, eléctricos y psico-sociales, entre otros.
5. Aparte de los factores de riesgo laboral, hay profesiones como las de las enfermeras, que producen servicios muy meritorios a los ojos del resto de la comunidad y que por su valor social merecen, no un fuero o privilegio, sino un trato diferente.
Si aceptamos: 1. Que la enfermería (sobre todo, la de nivel hospitalario) es una profesión que desgasta mucho más rápido a quienes la ejercen.
2. Que como consecuencia de ello, sobre todo por los obligantes horarios y en los sitios en donde se labora, las enfermeras (sobre todo las que laboran los 3 turnos en los hospitales) están expuestas a muchos riesgos, sin que hasta el momento se hayan legalizado ni se haya ejercido una real fuerza coercitiva, en la implementación de medidas preventivas de protección.
3. Que es el Estado, principalmente, el que está utilizando esa fuerza de trabajo y que las enfermeras no poseen primas de antigüedad, ni fondo de cesantía, ni están sindicalizadas para negociar convenciones colectivas.
4. Que si bien es cierto que el artículo 19 de la Constitución vigente dice que "No habrá fueros ni privilegios personales ni discriminación, por razón de raza, nacimiento, clase social, sexo, religión o ideas políticas", no lo es menos, el recordar que la palabra FUERO se refiere a un privilegio que se le reconoce a ciertas actividades por su propia naturaleza. En la profesión de enfermería se ejercen actividades muy riesgosas y peligrosas, que no están protegidas por leyes.
5. Que los bajos y estáticos salarios que devengan las enfermeras, obliga a un plural número de ellas a trabajar en dos instituciones, o sea, durante 16 horas continuas y diarias. Ello disminuye sus rendimientos, aumenta los factores de riesgos laborales y pone en peligro la salud y la vida de los pacientes a quienes atienden.
6. Que una manera de afrontar este problema es prestarle atención a las palabras que otrora pronunció el actual Director General de la Caja de Seguro Social, Profesor Juan Jované: "Hay que reconocer que existen profesiones con riesgos profesionales más altos y esos riesgos deberían expresarse (cubrirse y ampararse) en una tasa de salario adecuada, de modo que puedan cubrir una cuota (a la Caja de Seguro Social) más alta y tener una jubilación adelantada".
Podemos concluir que las enfermeras no tuvieron responsabilidad histórica ni actuarial por las causas que sirvieron de excusa al gobierno anterior, para eliminar la ley de jubilación especial que ellas tenían. Los culpables fueron el Estado y la Caja de Seguro Social. Según un informe publicado el 26-II-96 en El Panamá América, de 1975 a 1985 tanto el Director General como la Junta Directiva de la CSS permitieron que los gobernantes de turno tomarán ilegalmente nuestros dineros del Programa IVM, para pagarlos a los déficits del Fondo Complementario. En esa forma, la CSS no cumplió su obligación de "administrar los bienes del fideicomiso con el cuidado de un buen padre de familia". Todo ello está provocando, tanto la deserción de muchas enfermeras, así como la falta de motivación en las jóvenes que podrían ingresar a estudiar una profesión en la que, además de habérsele mutilado una serie de incentivos que poseían, se han incrementado los sacrificios de todo tipo, así como los factores de riesgo laboral. Sabemos que las Autoridades de Salud y la Asociación Nacional de Enfermeras están conversando sobre el tema y el escaso tiempo del que disponen, es su peor enemigo. Por ello, deben encontrarle pronta y eficaz solución a este grave y crónico problema de Salud en Panamá.
2. Un Comité Mixto de la Organización Internacional del Trabajo y de la Organización Mundial de la Salud declaró en 1950, que los gobiernos deben establecer y cumplir normas para promover y mantener bienestares en los trabajadores; prevenir daños causados a la salud de éstos, por las condiciones en el trabajo y protegerlos contra riesgos.
3. Además de las llamadas enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo, existen las enfermedades y las lesiones relacionadas con el trabajo, las que, epidemiológicamente son más frecuentes y más graves en grupos de trabajadores como las enfermeras, porque ellas están durante más tiempo, expuestas a determinados riesgos laborales, los cuales ponen en peligro la salud y sus vidas, así como las de sus familiares cercanos.
4. Como sería muy extenso detallar todos y cada uno de los llamados "riesgos laborales para las enfermeras", me limitaré a numerar los más importantes: físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, mecánicos, eléctricos y psico-sociales, entre otros.
5. Aparte de los factores de riesgo laboral, hay profesiones como las de las enfermeras, que producen servicios muy meritorios a los ojos del resto de la comunidad y que por su valor social merecen, no un fuero o privilegio, sino un trato diferente.
Si aceptamos: 1. Que la enfermería (sobre todo, la de nivel hospitalario) es una profesión que desgasta mucho más rápido a quienes la ejercen.
2. Que como consecuencia de ello, sobre todo por los obligantes horarios y en los sitios en donde se labora, las enfermeras (sobre todo las que laboran los 3 turnos en los hospitales) están expuestas a muchos riesgos, sin que hasta el momento se hayan legalizado ni se haya ejercido una real fuerza coercitiva, en la implementación de medidas preventivas de protección.
3. Que es el Estado, principalmente, el que está utilizando esa fuerza de trabajo y que las enfermeras no poseen primas de antigüedad, ni fondo de cesantía, ni están sindicalizadas para negociar convenciones colectivas.
4. Que si bien es cierto que el artículo 19 de la Constitución vigente dice que "No habrá fueros ni privilegios personales ni discriminación, por razón de raza, nacimiento, clase social, sexo, religión o ideas políticas", no lo es menos, el recordar que la palabra FUERO se refiere a un privilegio que se le reconoce a ciertas actividades por su propia naturaleza. En la profesión de enfermería se ejercen actividades muy riesgosas y peligrosas, que no están protegidas por leyes.
5. Que los bajos y estáticos salarios que devengan las enfermeras, obliga a un plural número de ellas a trabajar en dos instituciones, o sea, durante 16 horas continuas y diarias. Ello disminuye sus rendimientos, aumenta los factores de riesgos laborales y pone en peligro la salud y la vida de los pacientes a quienes atienden.
6. Que una manera de afrontar este problema es prestarle atención a las palabras que otrora pronunció el actual Director General de la Caja de Seguro Social, Profesor Juan Jované: "Hay que reconocer que existen profesiones con riesgos profesionales más altos y esos riesgos deberían expresarse (cubrirse y ampararse) en una tasa de salario adecuada, de modo que puedan cubrir una cuota (a la Caja de Seguro Social) más alta y tener una jubilación adelantada".
Podemos concluir que las enfermeras no tuvieron responsabilidad histórica ni actuarial por las causas que sirvieron de excusa al gobierno anterior, para eliminar la ley de jubilación especial que ellas tenían. Los culpables fueron el Estado y la Caja de Seguro Social. Según un informe publicado el 26-II-96 en El Panamá América, de 1975 a 1985 tanto el Director General como la Junta Directiva de la CSS permitieron que los gobernantes de turno tomarán ilegalmente nuestros dineros del Programa IVM, para pagarlos a los déficits del Fondo Complementario. En esa forma, la CSS no cumplió su obligación de "administrar los bienes del fideicomiso con el cuidado de un buen padre de familia". Todo ello está provocando, tanto la deserción de muchas enfermeras, así como la falta de motivación en las jóvenes que podrían ingresar a estudiar una profesión en la que, además de habérsele mutilado una serie de incentivos que poseían, se han incrementado los sacrificios de todo tipo, así como los factores de riesgo laboral. Sabemos que las Autoridades de Salud y la Asociación Nacional de Enfermeras están conversando sobre el tema y el escaso tiempo del que disponen, es su peor enemigo. Por ello, deben encontrarle pronta y eficaz solución a este grave y crónico problema de Salud en Panamá.