default

La reserva de la fuente e investigación criminal


Con demasiada frecuencia, las autoridades a quienes corresponde la investigación de un delito, tienden a buscar la fórmula fácil de citar al periodista que publicó la noticia del supuesto crimen, para que rinda testimonio.
Semejante práctica resulta nociva y constituye una interferencia con el ejercicio de la libertad de prensa, desde el momento que el periodista es sustraído de su trabajo, para atender engorrosas citaciones tendientes siempre a forzarle a revelar la fuente de su noticia.
Los funcionarios de instrucción suelen invocar como fundamento legal diversas normas que obligan a los ciudadanos que tengan conocimiento de un ilícito, a prestar declaraciones y atender citaciones en ese sentido, casi siempre bajo pena de desacato y, en ocasiones, con imputación de complicidad en el delito.
La práctica usual es la de que los periodistas atiendan estas citaciones; pero en más de una ocasión surge algún renuente harto del abuso que resiste la orden. La última actitud no es aconsejable porque existe el deber legal de atender la comparecencia, pero una vez presente, nadie puede forzarle a revelar el origen de su información, ni le corresponde responsabilidad alguna por su negativa, salvo por lo que afirme de su propia autoría.
La reserva de la fuente es la principal herramienta del ejercicio de la libertad de prensa. Es un fuero, un derecho que la Ley reconoce a quienes ejercen el periodismo como oficio. Sin ella, la libertad de prensa es un mito.
Así se explica la Declaración de Chapultepec sobre la libertad de expresión, de cuya vigencia en el continente discuten 200 periodistas reunidos en San José, Costa Rica, en conferencia que se celebra bajo los auspicios de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), uno de cuyo 10 principios consagra precisamente el derecho de reserva de la fuente.
Irónicamente, una de las principales preocupaciones planteadas en San José gira en torno a la restricción al acceso de la información contenida en los expedientes judiciales; en circunstancia en que el mismo aparato judicial que lo niega, pretende a la inversa tener acceso a la fuente de la información periodística.
Es por tanto inadmisible que, so pretexto de investigar un delito, se interfiera con el libre ejercicio del periodismo, mediante el desconocimiento del principio de reserva de la fuente.

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América