default

La Resolución de la Muerte


La historia no termina aquí. Es importante que se sepa que la muerte de ciudadanos inocentes con Dietilenglicol se debió a negligencias en las Juntas Directivas 2000, 2001, 2002 y gran parte de la de 2003 de la CSS y supuestamente sumados a intereses creados y conducidos bajo un contexto siniestro de ciertos directores y jefes intermedios. En la gestión administrativa del 2005 con directores ungidos del gobierno pasado, la parsimonia bajo el concepto del “Laisse Faire” condujo realmente al uso desastroso de un insumo que, no sólo debió ser analizado químicamente, sino que permitió que algunas empresas incompetentes y no serias participaran como oferentes en las compras, tanto para equipos y medicamentos, como para insumos (Dietilenglicol en vez de glicerina pura calidad USP).

El 10 de septiembre de 2003 nace la Resolución 0271 expedida por la Comisión Nacional de Registro de Oferentes del MINSA (A quienes también hay que investigar) que ordenó la aceptación de un documento supletorio al certificado de Registro de Oferentes que permitía que en el pliego de cargos no se exigieran de documentos importantes como la licencia comercial, la licencia de operaciones y muestras y catálogos de los productos, entre otros. Ante la sorpresa de algunos directores y jefes, esta resolución abría la posibilidad peligrosa para que cualquier empresa que no tuviera licencia de operación promoviera productos sin calidad y eficacia para la salud de la población. Y dicho y hecho, como dice el refrán, Medicom que no tenía Certificado de Operación en julio de 2003 cuando se licitó la glicerina pura calidad USP, pasó desapercibido hasta dos meses después que sale la Resolución de la Muerte. Extrañamente personal importante de Asesoría Legal de la CSS instruyó en septiembre de 2003 a la Dirección de Compras para que se modificaran los pliegos aceptando el documento supletorio, a pesar de la protesta del personal de Compras que le pedía explicación por mantener esta incongruencia cuando la Ley 1 de Medicamentos exigía la licencia de operacion y registro de oferentes definitivo. De hecho, Calorsa S.A. quien perdió licitación contra Medicom, también había enviado nota aclaratoria sobre dicha omisión del Certificado de Operación, pero Asesoría Legal insistió a pesar de que la Dirección de Farmacia y Drogas el 3 de julio de 2003 enviara nota a Calorsa en la que daba instrucciones para que se solicitara Licencia de Operación cuando se tratara de materia prima, en este caso la glicerina. Todo este conflicto lo sabía la Junta Directiva de la CSS y consta en el acta No. 006-2003 JD de 16 de enero de 2003 en donde personal de Abastos de la CSS le pusieron en conocimiento que Medicom no tenía Licencia de Operación expedida por Farmacia y Drogas del Minsa.

Finalmente es de extrañarse que poco días después que nace esta Resolución de la Muerte, y ante la insistencia de la Dirección de Asesoría Legal de la CSS, supuestamente hubo empresas que tampoco presentaron certificaciones importantes cuando se entró a licitar un cineangiógrafo y 4 tomógrafos, como ustedes recordarán, en aquellos tiempos de luchas intestinas entre proveedores y la CSS y funcionarios en medio de todo eso, que fueron hasta la Fiscalía Anticorrupción.

*Ex Director Nacional de Compras de la CSS.

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América