default

Ley Marco vs Ley Reglamentaria


Cada vez que los Honorables Legisladores se enfrentan a la difícil tarea de hacer leyes que son complejas y de profundo contenido social y político, se plantean dos opciones: ¿debe ser una Ley Marco, que posteriormente sirva de ejemplo para que sirva de base para que posteriormente ser imitada?, o por el contrario, ¿debe ser una Ley Reglamentaria?
Próximamente, (tal vez en sesiones extraordinarias), se estará debatiendo en la Asamblea Legislativa panameña, el Proyecto de Ley por medio del cual, se creará el Patronato del vetusto Hospital Santo Tomás.
Hay quienes abogan porque sea una Ley Marco, lo más corta posible, que, a semejanza de la Constitución, enuncie solamente lo general y deje que los diferentes Reglamentos, desarrollen los artículos aprobados. En esa forma, aducen, será una Ley flexible, la cual permitirá que cuando las circunstancias lo indiquen, se pueda, sin mayores problemas, hacer las modificaciones o cambios necesarios, mediante un simple cambio de esos Reglamentos.
Pero veamos, ¿quién o quiénes hacen los reglamentos y con qué frecuencia? En primer lugar, lo hace el(la) Presidente(a) de la República. En efecto, el numeral 14 del artículo 179 de la Constitución vigente dice que es atribución del(de la) Mandatario(a), con la participación del Ministro respectivo, "Reglamentar las leyes que lo requieran para su mejor cumplimiento, sin apartarse en ningún caso ni de su texto ni de su espíritu". Así expresado, parece muy bien. Sin embargo, obsérvese que hacer una Ley Reglamentaria no está prohibido por la Carta Magna, la cual, sabiamente indica que eso ocurrirá en caso que se requiera "para su mejor cumplimiento" pero con la advertencia de que no debe "apartarse en ningún caso de su texto ni de su espíritu".
Veamos, a guisa de ejemplo, lo que ocurrió con el Decreto Ejecutivo 222 de 17 de setiembre de 1997, por el cual se reglamentó la, aún no totalmente implementada, Ley de Carrera Administrativa. El precitado Reglamento dice en su artículo 25 que los servidores públicos "en función" (que son aquellos que ya están nombrados y laborando, al momento que se va a implementar la Carrera Administrativa en una Institución), que "no cumplan con los requisitos exigidos para el cargo, se les equipará los años de experiencia en ese cargo, con la educación". ¡Vaya bellaquería!. ¡Esa no era ni la letra ni el espíritu de la ley!. "Para muestra: un botón". El peligro de una "Ley Marco" es que si ella sea, por lo breve, no puede ser (y aunque lo fuera) lo más explícita posible, los bellacos de turno se atreverán a aprobar reglamentos como el precitado.
Analicemos lo que hicieron: intentaron equiparar, por ejemplo, el tiempo que laboró un pésimo funcionario, de a dedo, durante los años que duró la dictadura militar, con años de buena instrucción, capacitación y educación, con el tramposo propósito de a esos empleados, la estabilidad y la permanencia les conferirá el ser "Funcionario de Carrera".
En segundo lugar, de aprobarse como Ley Marco, el futuro Patronato del Hospital Santo Tomás, los Reglamentos que la desarrollarán los harán los Patronos, con la frecuencia "que les dé la gana". Pero es que no siempre tendremos la certeza y la seguridad de que ellos serán lo honestos que la mayoría sí serán y se ajustarán a la letra y al espíritu de la ley original.
Ello es así porque, para poder comprender cabal y profundamente el espíritu de cada ley, hay que haber, por ejemplo, vivido, las sucesivas administraciones corruptas que hemos padecido en el Hospital Santo Tomás.
Es por ello por lo que, todos los interesados en que la futura Ley que creará al Patronato del Hospital del Pueblo, no esté expuesta constantemente a los habituales "subterfugios y maniobras criollas" en los cuales somos expertos algunos panameños, debemos, junto a los Clubes Cívicos que integrarán la Junta Directiva, exhortar con sólidos argumentos, a los Honorables Legisladores para que aprueben una Ley que sea lo más reglamentaria posible, y no permitan que los muchos Reglamentos que después la desarrollarán, logren tergiversarla y/o cambiar el espíritu que nos anima a todos los que queremos una Ley que sea igual o, ¿por qué no aspirarlo?, superior a la que en 1958 creó al Patronato del Hospital del Niño.

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América