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Ley para los adolescentes


Con mucho tino vienen realizándose distintos tipos de foros de discusión del anteproyecto de ley sobre responsabilidad de adolescentes. El último tuvo lugar la semana pasada bajo los auspicios de la Fundación Pro Excelencia, con participación de especialistas en la materia.
El propósito no es sólo convocar a los expertos sociólogos, educadores, criminólogos, psicólogos, sino sumar al resto de la comunidad, que a fin de cuentas lidia a diario con el problema, en especial los padres de familia y los propios jóvenes.
Como bien esquematizó la magistrada Esmeralda de Troitiño, frente al problema de los jóvenes infractores o delincuentes, dependiendo de cómo se mire, hay dos posiciones. Una preconiza la idea de un trato severo, incluso como adulto, dependiendo de la gravedad de la falta. Otra es partidaria de tutelarlos y reeducarlos, por considerar que no tienen discernimiento suficiente para ser plenamente responsables de sus actos.
Troitiño sin embargo, se inclinó por una postura intermedia entre ambos extremos, aunque no concretó su alcance y significado. Y es en este aspecto, precisamente, que nos permitimos abonar algunos conceptos.
No es correcto que todo adolescente merezca, a causa de su minoridad, ser considerado como no responsable de sus actos. Igual que no es lo mismo uno que cuente 14 años de edad que otro que cuente 17.
Así por ejemplo, sería arriesgado imponer el máximo de cinco años de confinamiento educativo a un joven homicida al que resten digamos meses o días para la mayoría de edad, si los estudios de su situación comprobaran su peligrosidad cumplido el plazo legal de resocialización.
El máximo período de reeducación de un joven delincuente ha de estar pues determinado por los resultados rigurosamente ponderados del tratamiento, más que por una regla aritmética rígida.
Del mismo modo, es conveniente descartar dogmas tales como el de la supuesta carencia de discernimiento. La realidad demuestra que así como la ley civil prevé la posibilidad de la figura de los menores emancipados o menores adultos, la nueva ley sobre adolescentes debe buscar mayor apoyo en la evaluación del desarrollo psicológico concreto de un menor frente a un delito dado, antes de aplicar el tratamiento y definir sus responsabilidades.
Si ello se logra, será posible que cada menor infractor sea sometido a la terapia más adecuada según la gravedad de la falta, los desajustes que presente y el grado de madurez que tenga. Y en la misma proporción se determinaría su responsabilidad penal y civil que podría ser o no la misma que un adulto, dependiendo de cuán cerca esté de esa condición.

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