Ley y democracia
SI TOCA A LOS diputados hacer las leyes, ¿por qué hay tanta gente, tantos grupos, ocupados en preparar y proponer proyectos de leyes en los más variados temas? Cuando se habla de llegar a un consenso entre fuerzas sociales y políticas acerca de la ley más conveniente para el país, ¿por qué ese consenso tiene lugar fuera de la Asamblea Nacional? ¿Por qué, por regla general, los partidos políticos no participan en esos consensos extralegislativos? ¿Se está menoscabando acaso la facultad de legislar que constitucionalmente ha sido asignada a un órgano del Estado? ¿Qué pasaría si las leyes dependiesen estricta y únicamente del querer de los individuos que ostentan las curules legislativas?
Entre los aspectos más relevantes de la conquista de la democracia el poder de hacer las leyes es uno de las más importantes, y quizás conviene precisar qué fue lo que cambió en la naturaleza de la ley al posicionarse la democracia como el régimen político que mejor sintetiza la racionalidad del mundo moderno.
La ley es más vieja que la democracia. El poder del Estado ha emitido órdenes a los gobernados desde mucho antes de que la gente soñara con ser titular de la soberanía y ejercer la representación política. La democracia, como se entiende contemporáneamente, requiere de esa transformación estructural que significó para los Estados la Revolución Francesa: una Constitución que garantice el respeto a los derechos fundamentales, que se traduce en una serie creciente de mecanismos de protección y defensa; y separación de poderes, que quiere decir que la gestión del Estado no puede pretender decidir también su marco normativo y resolver los conflictos de derechos, y que los que administran justicia ni gestionen ni legislen, y que los que legislan no sean ni administradores del Estado ni jueces.
Sin separación orgánica y funcional de las facultades de gestión, legislación y jurisdicción, no se pueden proteger cabalmente las libertades modernas. Es una de las enseñanzas básicas desde Montesquieu, que toda democracia intenta preservar.
Al concentrar la función de legislar en el órgano representativo de la voluntad ciudadana, la ley dejó de ser un simple mandato de autoridad respaldado por la fuerza coactiva del Estado. En el Estado democrático post-revolucionario, la ley es la expresión de la voluntad de los ciudadanos y la formulan exclusivamente sus representantes políticos, a través de los procedimientos establecidos en la Constitución y las leyes. El espíritu del Estado Moderno es un llamado a que las leyes respondan a los intereses ciudadanos, no a los corporativos del ente legislativo. Lamentablemente, las corporaciones legislativas desarrollan intereses propios y hacen leyes en su beneficio y en detrimento de los mejores intereses de la ciudadanía. Estas leyes tienen plena validez formal, por más que acusen un déficit de legitimidad sustancial. Cuando ello ocurre la representación política entra en crisis, y lo único que puede contribuir a que dicha crisis se supere es una estrategia sostenida de reconexión de los representantes a los representados.
El sistema constitucional panameño carece de dos instituciones básicas para lograr una mayor integración de la ciudadanía al proceso legislativo y que ya han sido adoptadas en otros países del área. La primera es la iniciativa legislativa ciudadana, es decir proyectos de leyes presentados por grupos de ciudadanos y respaldados por un número equis de firmas; la segunda, el referéndum revocatorio. Identificada de esta forma, la iniciativa ciudadana permite que se discuta una propuesta que no proviene de la bancada de gobierno ni de oposición y que por lo tanto podría ser respaldada por ambas. La experiencia demuestra que hay temas que son objeto de rechazo por parte de los diputados solo porque provienen de la bancada adversaria.
El referéndum revocatorio es una institución que tiene como propósito corregir las decisiones legislativas que afectan masivamente los intereses ciudadanos. En Uruguay, hace dos años, un grupo de ciudadanos promovió un referéndum revocatorio contra la ley que privatizó la compañía nacional de petróleo. El "SI" ("Sí, queremos que se revoque dicha ley") obtuvo un triunfo aplastante, pues tras la aprobación de la ley privatizadora se conoció información sobre malos manejos en el proceso privatizador. El referéndum revocatorio es también un arma ciudadana contra la corrupción.
Mirada desde la cima de los ideales democráticos, la Asamblea no debe aspirar a hacer las leyes en el vacío de sus intereses y sus instintos. La función de la Asamblea no consiste en legislar de cero. Los diputados necesitan estar conectados con los intereses nacionales que, dicho sea de paso, no son la suma discreta de los intereses particulares de grupos económicos y políticos, que diariamente buscan influir sobre los diputados. Como esta es una nación que claramente ha optado por la democracia, los intereses verdaderamente nacionales no son distintos de los ciudadanos. Si hay intereses que proteger y que son contrarios a los intereses ciudadanos, se trata seguramente de intereses espúreos. La democracia necesita reglas que permitan derrotar, en buena lid, a través de las instituciones, esos intereses espúreos.
Los esfuerzos de la sociedad en preparar el camino de las leyes deben ser saludados con entusiasmo, principalmente por los habitantes de la cámara legislativa, pues es la manera más efectiva que tiene la sociedad de orientar a sus representantes políticos. Cuando se logra un consenso nacional acerca de una ley importante, el proceso legislativo se convierte más bien en un proceso de control en un doble sentido. Por una parte, la Asamblea, como institución, no como conjunto de diputados, ejerce un control técnico sobre la propuesta, por medio de su equipo de asesores. En un Estado de derecho la consistencia técnica del cuerpo de leyes es un valor prioritario porque ello asegura su aplicación y la viabilidad de su ejecución. Pero también ejerce un control político, pues los diputados deberán valorar la conveniencia del todo y de sus partes y si detectasen alguna componenda nociva para el país, son los más autorizados para detener o corregir un proyecto de ley total o parcialmente inconveniente. La Asamblea es la cima del proceso de producción de las leyes, no el único espacio de su discusión.
Entre los aspectos más relevantes de la conquista de la democracia el poder de hacer las leyes es uno de las más importantes, y quizás conviene precisar qué fue lo que cambió en la naturaleza de la ley al posicionarse la democracia como el régimen político que mejor sintetiza la racionalidad del mundo moderno.
La ley es más vieja que la democracia. El poder del Estado ha emitido órdenes a los gobernados desde mucho antes de que la gente soñara con ser titular de la soberanía y ejercer la representación política. La democracia, como se entiende contemporáneamente, requiere de esa transformación estructural que significó para los Estados la Revolución Francesa: una Constitución que garantice el respeto a los derechos fundamentales, que se traduce en una serie creciente de mecanismos de protección y defensa; y separación de poderes, que quiere decir que la gestión del Estado no puede pretender decidir también su marco normativo y resolver los conflictos de derechos, y que los que administran justicia ni gestionen ni legislen, y que los que legislan no sean ni administradores del Estado ni jueces.
Sin separación orgánica y funcional de las facultades de gestión, legislación y jurisdicción, no se pueden proteger cabalmente las libertades modernas. Es una de las enseñanzas básicas desde Montesquieu, que toda democracia intenta preservar.
Al concentrar la función de legislar en el órgano representativo de la voluntad ciudadana, la ley dejó de ser un simple mandato de autoridad respaldado por la fuerza coactiva del Estado. En el Estado democrático post-revolucionario, la ley es la expresión de la voluntad de los ciudadanos y la formulan exclusivamente sus representantes políticos, a través de los procedimientos establecidos en la Constitución y las leyes. El espíritu del Estado Moderno es un llamado a que las leyes respondan a los intereses ciudadanos, no a los corporativos del ente legislativo. Lamentablemente, las corporaciones legislativas desarrollan intereses propios y hacen leyes en su beneficio y en detrimento de los mejores intereses de la ciudadanía. Estas leyes tienen plena validez formal, por más que acusen un déficit de legitimidad sustancial. Cuando ello ocurre la representación política entra en crisis, y lo único que puede contribuir a que dicha crisis se supere es una estrategia sostenida de reconexión de los representantes a los representados.
El sistema constitucional panameño carece de dos instituciones básicas para lograr una mayor integración de la ciudadanía al proceso legislativo y que ya han sido adoptadas en otros países del área. La primera es la iniciativa legislativa ciudadana, es decir proyectos de leyes presentados por grupos de ciudadanos y respaldados por un número equis de firmas; la segunda, el referéndum revocatorio. Identificada de esta forma, la iniciativa ciudadana permite que se discuta una propuesta que no proviene de la bancada de gobierno ni de oposición y que por lo tanto podría ser respaldada por ambas. La experiencia demuestra que hay temas que son objeto de rechazo por parte de los diputados solo porque provienen de la bancada adversaria.
El referéndum revocatorio es una institución que tiene como propósito corregir las decisiones legislativas que afectan masivamente los intereses ciudadanos. En Uruguay, hace dos años, un grupo de ciudadanos promovió un referéndum revocatorio contra la ley que privatizó la compañía nacional de petróleo. El "SI" ("Sí, queremos que se revoque dicha ley") obtuvo un triunfo aplastante, pues tras la aprobación de la ley privatizadora se conoció información sobre malos manejos en el proceso privatizador. El referéndum revocatorio es también un arma ciudadana contra la corrupción.
Mirada desde la cima de los ideales democráticos, la Asamblea no debe aspirar a hacer las leyes en el vacío de sus intereses y sus instintos. La función de la Asamblea no consiste en legislar de cero. Los diputados necesitan estar conectados con los intereses nacionales que, dicho sea de paso, no son la suma discreta de los intereses particulares de grupos económicos y políticos, que diariamente buscan influir sobre los diputados. Como esta es una nación que claramente ha optado por la democracia, los intereses verdaderamente nacionales no son distintos de los ciudadanos. Si hay intereses que proteger y que son contrarios a los intereses ciudadanos, se trata seguramente de intereses espúreos. La democracia necesita reglas que permitan derrotar, en buena lid, a través de las instituciones, esos intereses espúreos.
Los esfuerzos de la sociedad en preparar el camino de las leyes deben ser saludados con entusiasmo, principalmente por los habitantes de la cámara legislativa, pues es la manera más efectiva que tiene la sociedad de orientar a sus representantes políticos. Cuando se logra un consenso nacional acerca de una ley importante, el proceso legislativo se convierte más bien en un proceso de control en un doble sentido. Por una parte, la Asamblea, como institución, no como conjunto de diputados, ejerce un control técnico sobre la propuesta, por medio de su equipo de asesores. En un Estado de derecho la consistencia técnica del cuerpo de leyes es un valor prioritario porque ello asegura su aplicación y la viabilidad de su ejecución. Pero también ejerce un control político, pues los diputados deberán valorar la conveniencia del todo y de sus partes y si detectasen alguna componenda nociva para el país, son los más autorizados para detener o corregir un proyecto de ley total o parcialmente inconveniente. La Asamblea es la cima del proceso de producción de las leyes, no el único espacio de su discusión.