Menores delincuentes
El grave problema de la falta de sanción en nuestro país se va haciendo más agudo cada día. Ello entroniza la descomposición social. La adolescencia sucumbe a malas prácticas, tales como fumar, beber licor, probar y convertirse en vendedores y consumidores de drogas.
Por otra parte, el funesto ejemplo de los codiciosos que sin reparo alguno falsificaron documentos, cometieron peculado y tantas otras cosas de las que nuestra prensa informan a diario, constituye estímulo para muchos que hacen lo mismo, confiando en poder gozar de impunidad o de la fuga comprada con el fruto de sus pecaminosas acciones.
Ni la mano dura ni la amiga han logrado mitigar la amenaza del peligro de una creciente criminalidad de menores. El deterioro social se ha acentuado en tal forma, que ya no sólo hay adolescentes que consumen y venden drogas. Ahora están envueltos en el espantoso y trágico negocio del tráfico de armas. Las drogas matan paulatinamente; las armas matan de inmediato.
Espanta contemplar el cuadro de dos menores de edad apresados en un apartamento allanado por las autoridades, dentro del cual se hallaban ambos como custodios, junto con un adulto, de todo un arsenal de guerra.
La dolorosa experiencia que estamos viviendo por la criminalidad de menores y la privilegiada posición en que los ha venido manteniendo nuestra legislación, hacen imperativo que reflexionemos y reconsideremos. Tenemos que ser benignos con los menores delincuentes según la ciencia penitenciaria moderna y por respeto a los derechos humanos. Pero nos preguntamos si en algunos aspectos de los encomiables postulados de estos últimos, nuestra sociedad habrá adelantado o retrocedido.
Desde hace XVI siglos quedó establecido en el Código de Justiciano, lo siguiente: "En los crímenes no beneficia a los menores su edad". (Libro II, Título XXXV, Ley Ia). "En los delitos nadie se exime por su edad" (Libro II, Título XXXV, Ley 2ª) "La malicia suple la falta de edad". (Libro II, Título XLIII, Ley 3ª).
Por otra parte, el funesto ejemplo de los codiciosos que sin reparo alguno falsificaron documentos, cometieron peculado y tantas otras cosas de las que nuestra prensa informan a diario, constituye estímulo para muchos que hacen lo mismo, confiando en poder gozar de impunidad o de la fuga comprada con el fruto de sus pecaminosas acciones.
Ni la mano dura ni la amiga han logrado mitigar la amenaza del peligro de una creciente criminalidad de menores. El deterioro social se ha acentuado en tal forma, que ya no sólo hay adolescentes que consumen y venden drogas. Ahora están envueltos en el espantoso y trágico negocio del tráfico de armas. Las drogas matan paulatinamente; las armas matan de inmediato.
Espanta contemplar el cuadro de dos menores de edad apresados en un apartamento allanado por las autoridades, dentro del cual se hallaban ambos como custodios, junto con un adulto, de todo un arsenal de guerra.
La dolorosa experiencia que estamos viviendo por la criminalidad de menores y la privilegiada posición en que los ha venido manteniendo nuestra legislación, hacen imperativo que reflexionemos y reconsideremos. Tenemos que ser benignos con los menores delincuentes según la ciencia penitenciaria moderna y por respeto a los derechos humanos. Pero nos preguntamos si en algunos aspectos de los encomiables postulados de estos últimos, nuestra sociedad habrá adelantado o retrocedido.
Desde hace XVI siglos quedó establecido en el Código de Justiciano, lo siguiente: "En los crímenes no beneficia a los menores su edad". (Libro II, Título XXXV, Ley Ia). "En los delitos nadie se exime por su edad" (Libro II, Título XXXV, Ley 2ª) "La malicia suple la falta de edad". (Libro II, Título XLIII, Ley 3ª).