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No podemos, Fidel


Sacudo el polvo de mi larga ausencia por los predios del derecho penal para incursionar nuevamente en él, ante las gestiones de la Embajada de Cuba en Panamá para que se extradite a unos conjurados a quienes se acusa de haber pretendido asesinar a su presidente, Fidel Castro. Panamá cometería un acto de renuncia a su propia soberanía si accede a entregarle a Cuba a los acusados.
En primer lugar, los delitos se castigan conforme a la Ley del territorio en que se la infringe. En consecuencia, corresponde que Panamá juzgue a dichos sindicados.
El propio Embajador de Cuba en Panamá ha expresado y repetido por televisión que los acusados han actuado criminalmente contra nuestro propio país. Basta con ello para entender y admitir que Panamá, primordialmente, le corresponde juzgar a los acusados de terrorismo en asociación ilícita para delinquir.
Si por ventura para ellos, resultaren absueltos, correspondería entonces entregarle a Venezuela al supuesto cabecilla Luis Posada Carriles, cuya extradición también de allá se requiere, por haberse evadido de una de sus cárceles, mientras cumplía pena de 25 años de prisión.
Después de purgar Posada Carriles su pena en la tierra de Simón Bolívar, podría considerarse la solicitud de extradición formulada por Cuba, pero no correspondería, entonces, hacérsela a Panamá, sino a Venezuela.
Si para colmos, al juzgarse a los sindicatos terroristas, en especial a Posada Carriles, éste resultara condenado en Panamá, ya no correspondería extraditarlo hacia Cuba, en virtud del principio que a nadie puede condenársele dos veces por el mismo delito.
Cuba puede desear muy vehementemente que se le entregue a los sindicados de terrorismo, pero el derecho penal cubano no puede prevalecer, dentro de las circunstancias, sobre el derecho penal panameño y el venezolano.
Como corolario, podemos decir que en Cuba existe la pena de muerte, pero en Panamá está prohibida conforme al artículo 30 de nuestra Constitución Nacional. Por tanto, a Panamá le está vedado entregarle a Cuba a quien quiera que pueda ser condenado allá a la pena capital, por muy réprobo que sea.
Por último, cabe recordar que un militar panameño acusado, juzgado y condenado en Panamá, no por confabular, sino por asesinato, se asiló en Cuba y allí se encuentra todavía porque Cuba jamás accedió a extraditarlo.

101 años de Panamá América

 
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