OCDE: La ley del más fuerte
Panamá tiene una ley de sociedades anónimas desde 1927, basada en gran parte en la Ley del Estado de Delaware. La misma regula a cualquier sociedad que opere o no dentro del territorio nacional. Hay mecanismos legales adicionales como las fundaciones de interés privado, fideicomisos, aseguradoras cautivas, fondos mutuos y un registro abierto de naves, que permiten la captación lícita de remesas con importantes ventajas económicas para quienes los utilizan.
A nivel fiscal, en nuestro país impera el principio de territorialidad con una tasa relativamente razonable, la cual se aplica por igual a panameños y extranjeros. Es decir, no existen tratamientos fiscales especiales para beneficiar a inversionistas dentro de ciertas categorías, como sí los hay en Estados Unidos y el Reino Unido; países que, además, han creado en algunos pequeños territorios dentro de sus respectivas jurisdicciones, mecanismos específicos de preferencia fiscal para negocios “off shore”.
Por lo anterior, Panamá no califica como “paraíso fiscal”. Es decir, no tiene una legislación “off shore”. Tiene un sistema corporativo, bancario y financiero tradicional, autónomo y muy sólido, que ante la crisis económica mundial ha sabido manejarse con la prudencia y responsabilidad que no ejercieron los países de la OCDE. Además, permite que mediante los canales respectivos se acceda a información e incluso se cautelen cuentas vinculadas con delitos universales como el terrorismo, el narcotráfico, el blanqueo de capitales, el tráfico de armas o la trata de personas.
Los abogados estamos obligados a conocer al cliente a través del Decreto 468 de 1994, y existe la Unidad de Análisis Financiero que investiga cuentas bancarias, hasta por solicitud de autoridades extranjeras y ante cualquier investigación penal o, incluso, no judicializada. Es decir, nuestros avances en materia de medidas contra el terrorismo, delitos financieros, violencia organizada transnacional, narcotráfico y blanqueo de capitales, son absolutamente necesarios, importantes y reales.
Aún así el cartel de la OCDE, que no nace a la vida jurídica dentro del marco del derecho internacional público, en virtud del poderío económico, político, social y militar que adorna a la mayoría de sus miembros, pretende destruir economías serias, soberanas y legítimas como la panameña, con la finalidad de eliminar la competencia que a nivel financiero y ante la creciente revolución tecnológica, representamos en detrimento de sus intereses.
Panamá no tiene por qué convertirse en un agente de cobro de impuestos federales sobre la renta, asegurar la precisa imposición o recaudación de impuestos para impedir el fraude o la evasión fiscal en otros Estados o establecer mejores fuentes de información en cuestiones tributarias. Nuestro sistema impositivo territorial representa poca utilidad para el país en acuerdos de esta naturaleza. Y querer incluirnos en listas negras o grises por el solo hecho de defender nuestra economía de servicios, es no aceptar los logros obtenidos en defensa de nuestro sistema financiero contra delitos de lesa humanidad, los cuales sí estamos combatiendo día a día.
En lugar de cartas de intención para supuestamente concretar en un futuro acuerdos bilaterales con la OCDE en materia de doble tributación fiscal que podrían socavar nuestra sólida economía de servicios, debemos de una vez por todas iniciar la implementación de una ley de retorción, que al día de hoy ha sido letra muerta.