Omisiones censurables
Estamos de acuerdo con que la Corte Suprema de Justicia haya declarado constitucional el pronunciamiento del Tribunal Electoral (TE) de excluir del padrón electoral a los panameños que no hayan concurrido a las urnas a votar en tres elecciones pasadas y, por lo tanto, quedarán impedidos para hacerlo en las que se efectuarán este año. Sin embargo, censuramos al TE por la forma como ha actuado. Debió tratar de establecer desde el primer ejercicio omitido quiénes fueron los abstencionistas e imponerles una multa con la advertencia de que no tendrían derecho a voto en las elecciones subsiguientes en caso de no cubrirla. No ha debido esperar tres elecciones para hacer lo que le correspondía. Si se hubiera hecho oportunamente, no tendríamos ahora los 19,000 ciudadanos a quienes no se les permitirá votar en las elecciones venideras.
Otra omisión que no se justifica es la de que permanezca el Embajador de Panamá en Bélgica o el funcionario o funcionaria que haya sido responsable, libre de responsabilidad por la lesión económica que le ha causado al país. No compartimos la idea de que haya que destituirlos. Con eso nada recuperaríamos. Lo indicado es obligarles a pagar el dinero que por su culpa se tendrá que desembolsar.