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Panamá es responsabilidad de todos


Durante las últimas semanas el país ha presenciado el cuestionamiento de parte del Dr. Ricardo Arias Calderón a las políticas de carácter fiscal que el Gobierno Nacional ha implementado como elementos coherentes de las reformas fiscales que se han impulsado en los últimos 24 meses. No voy a referirme a los comentarios degradantes y peyorativos utilizados contra las autoridades del sector financiero del Estado, que demuestran que se ha deteriorado su concepto humanista de las relaciones interpersonales, que no le hacen justicia en lo que en alguna época significó su figura para este país, y me circunscribiré a su opinión emitida, y a través de ésta la de quienes señala como sus asesores, principalmente sobre dos temas: 1. El incumplimiento por el Gobierno Nacional, y en particular por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), de las disposiciones que la Ley No. 20 de 7 mayo de 2002 incorpora dentro de las políticas fiscales del país en cuanto al tope máximo de 2% de déficit fiscal para el período anual; y 2. La incorporación a las cuentas fiscales nacionales de los resultados de las operaciones de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).
Antes de referir mi punto de vista sobre esta situación y los efectos que se pretendieron causar, señalaré algunos hechos que reiteradamente ha resaltado el MEF y que han sido conscientemente ignorados por quienes tergiversan las medidas tomadas. En primer lugar, la Ley No. 20 de 2002 nunca ha sido violada, por el contrario, se ha respetado plenamente por la autoridad responsable de su ejecución (MEF), dado que contrario a lo que se trata de hacer ver, el déficit fiscal para el período de su aplicación, es decir desde el 9 de mayo de 2002 al 31 de diciembre de 2002, fue de -0.3% sin incluir los resultados de la ACP en las cuentas fiscales; si se incluyeran, como corresponde, sin duda este período reflejaría un superávit. Por lo tanto, es falso que se haya incumplido la ley en cuanto al tope del déficit fiscal. Esto es así, porque el período para su aplicación durante el año 2002 está definido por la propia ley, que textualmente señala en su artículo 21 y final lo siguiente: "Esta Ley empezará a regir desde su promulgación", lo cual está en absoluta concordancia con el artículo 43 de la Constitución Política de la República, que sobre esta materia señala textualmente: "Las leyes no tienen efectos retroactivos, excepto las de orden público o de interés social cuando en ellas así se expresa."
La incorporación de los resultados de la ACP a las cuentas fiscales nacionales estaba prevista desde el año 1997, fecha en que por primera vez, el gobierno de entonces, como consta en la carta de intención con el Fondo Monetario Internacional (FMI) firmada por los entonces ministros de Planificación Política Económica y de Hacienda y Tesoro, el Contralor General de la República y el gerente general del Banco Nacional de Panamá, definió que con la reversión a Panamá del Canal en el año 2000, sus resultados financieros serían incluidos en las cuentas fiscales nacionales del Sector Público No Financiero (SPNF). Este concepto fue refrendado por el gobierno actual, que incluyó en la carta de intención de junio de 2000, en su anexo técnico, la decisión de registrar los resultados de la operación del Canal en el SPNF.
Quiero reiterar que la Contraloría General de la República, desde el primer período fiscal después de la reversión del Canal, ha incorporado estas estadísticas en sus cuadros nacionales. Estos resultados no fueron incorporados en el cálculo del déficit fiscal y en los cuadros mediante los cuales se determinan los resultados financieros del Estado panameño hasta tanto se definiera la metodología adecuada, aspecto que fue resuelto recientemente, lo que permitió que para el período 2002 se incorporan estas estadísticas financieras a las cifras fiscales nacionales, por lo que pasan a formar parte y tener efecto en los resultados de la gestión del Estado (déficit). Desde el punto de vista del Gobierno Nacional no existe duda alguna que la ACP es autónoma operacional, financiera y administrativamente conforme al título constitucional que la regula, y nadie ha puesto en duda esta realidad. Sus resultados, reflejados en las estadísticas que autónomamente genera, deben estar incorporados en las cuentas fiscales nacionales, ya que forman parte del patrimonio del Estado y de nuestra visión de soberanía.
Sobre la base de estos señalamientos, los cuales contrastan con la desinformación que fue proyectada a la opinión pública nacional e internacional sobre estas materias, debo manifestar que es incomprensible que personas versadas profesionalmente y culturalmente preparadas, sostengan el hecho inexistente de que para encubrir la violación de la Ley No. 20 de 2002 se toma la medida de incluir en las cuentas fiscales nacionales los resultados de la operación del Canal de Panamá. Si no se ha violado ninguna ley, no se puede estar ocultando su violación y por lo tanto, menos sentido tiene que se tome una medida en materia de registro de cuentas fiscales nacionales para cubrir lo inexistente. Hago énfasis en esto, porque para mí es lo más lamentable de todo lo sucedido, debido a que se proyecta hacia la comunidad nacional e internacional una actitud turbia e irreflexiva de parte de las autoridades encargadas del sector económico. Esta proyección no sólo es falsa sino insultante y lo que es más grave, irresponsable, toda vez que las finanzas de un Estado se basan en su credibilidad y no es aceptable que se proyecte una mala imagen en base a una falsedad.
La comunidad nacional debe entender que en estas materias se debe ser absolutamente equilibrado y consciente de los riesgos que se asumen cuando se actúa en forma irresponsable. Unas pocas instituciones financieras de las muchas que existen en el mercado asumieron la tesis de los detractores. Si este efecto hubiera penetrado en los bancos de inversión, en los cuales se financia el Estado panameño, y en la visión que sobre el futuro de Panamá tienen las calificadoras de crédito, se deterioraría el nivel de riesgo país y sus efectos económicos se traducirían en la transferencia al exterior de significativos recursos en concepto de un aumento, aunque fuese pequeño, en los intereses. Estos recursos los pagaríamos todos los panameños a través del costo de la inversión y del consumo nacional. Por lo tanto, no quiero calificar a quienes, con suprema audacia, juegan con estos aspectos de la vida nacional.
La realidad es que los entes que califican a los países en materia de sus finanzas públicas y sobre todo aquellos que los financian, van más allá que los titulares de los periódicos locales cuando deben definir sus inversiones. Esta política es la razón de que en medio de epítetos de "maquillaje" y "cortina de humo" sobre las finanzas públicas, Panamá fue ratificada en su calificación por Moody´s Investors Service y Standard & Poor"s mantuvo su calificación, aunque varió su visión a futuro de ésta, y se reflejó al salir Panamá a los mercados y lograr la colocación de bonos suficientes para financiar el presupuesto durante el año 2003 en buenas condiciones en cuanto a intereses, valorización y con vencimiento en el año 2027, registrando ofertas por 360 millones de dólares, cifra muy superior a lo demandado por el país, lo que demuestra la confianza de los inversionistas internacionales en Panamá en el corto, mediano y largo plazo.
Considero necesario sacar lecciones de estas situaciones a las que he dedicado el artículo de hoy. Primordialmente que antes de emitir alguna opinión sobre temas de Estado, debemos informarnos plenamente. Quiero hacer constar que el Dr. Arias Calderón, que según sus propias declaraciones se hizo asesorar por expertos en la materia, jamás se dirigió al MEF para preguntar la justificación de las medidas, los efectos de éstas o los antecedentes que las hacían necesarias, y prefirió prejuzgar, no profundizar y no escuchar todas las opiniones sobre el tema. Al parecer, consideró sólo aquellas que hacían viable su tesis, para lo cual incluso cometió el error de referirse a un supuesto déficit presupuestario que no tiene relevancia, ya que el déficit fiscal se mide de acuerdo a normas internacionales y en base a un déficit de caja, que es muy diferente a un déficit presupuestario. Estas actitudes no se esperan de quienes debieran ostentar una condición de hombre de Estado (como un ex vicepresidente de la República).
Que no se diga como razón para improvisar que las cifras oficiales no se publicaron porque el informe de octubre de 2002 de la Contraloría General de la República las contiene y basados en este informe oficial, los estudiosos de estas materias hicieron sus proyecciones y emitieron opiniones.
La Contraloría General de la República va a entregar en los próximos días los resultados oficiales de la revisión de la base y las series del Producto Interno Bruto de la República de Panamá. Este es un trabajo desarrollado por más de dos años, que es indispensable para un análisis de la realidad de la economía panameña. Es de esperar que los críticos se alegren de que el país está no sólo ajustando las políticas fiscales a sus necesidades sino que además, otro aspecto positivo en el marco de esta situación es que está haciendo un esfuerzo para actualizar sus estadísticas y registros, que son el fundamento para proyectar a nivel local e internacional la visión real del Panamá de hoy.
Por último, es importante que no olvidemos que la Ley de Responsabilidad Fiscal, impulsada por el gobierno, es producto del consenso nacional, como resultado del esfuerzo de representantes de todos los sectores del país y constituye un marco regulativo para dar sostenibilidad a una política fiscal disciplinada y orientada a mejorar en el mediano plazo nuestros resultados fiscales. Ante esta realidad, los panameños tenemos el deber y el derecho de estar atentos de su cumplimiento, pero con sensatez, con responsabilidad, con seriedad, pensando en que el interés del país hace indispensable que aquellos aspectos relacionados con la economía de la nación sean tratados al margen de los intereses políticos partidistas y con la amplitud de criterio que nos permita no sólo teorizar sobre estos temas, sino que el análisis se haga dentro de las posibilidades reales del país.

101 años de Panamá América

 
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