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Panamá y los desplazados


En ningún país del mundo un matrimonio tiene el monopolio de la única institución armada del país y de la oficina central de Migración. Eso sólo ocurre en Panamá. A ningún gobierno de los Estados que conforman América Latina se le ocurriría negar que los Derechos Humanos fundamentales "son los que pertenecen a toda persona en razón de su dignidad humana". Eso sólo lo hace el Gobierno de Panamá, a través de declaraciones de los ministros de Gobierno y Justicia y de Relaciones Exteriores.
De igual forma, ningún director de los servicios de Policía de cualquier país de América Latina, por muy represivo que pueda ser, ni ningún funcionario público con rango de director de un organismo del Estado, se le ocurriría olvidar o negar que esos derechos fundamentales "son inherentes al ser humano y anteriores a la misma existencia del Estado, por lo que están por encima de él."
¿Cómo hacerle entender a los esposos Barés y a los ministros de Estado del gobierno que preside Mireya Elisa Moscoso Rodríguez, en compañía de Arturo Vallarino y Dominador Kaiser Bazán, con la asistencia de Carlos Alvarado y de Adán Arnulfo Arjona desde la Asamblea Legislativa y la Corte Suprema de Justicia, respectivamente, y asesorados por Alvin Weeden y José Antonio Sossa desde la Contraloría y la Procuraduría General, que el desplazado es una persona a quien ha hecho migrar no las catástrofes de la naturaleza ni las medidas humanitarias de prevención contra los peligros de las hostilidades, sino actuaciones brutales y terroristas que afectaron sus derechos originarios?
¿De qué manera podemos los ciudadanos panameños respetuosos de la dignidad humana y de los derechos que le son inalienables, hacerle entender a esta clase de funcionarios que rige los órganos del Estado panameño que, tal como lo enseña el Instituto Interamericano de Derechos Humanos en la reunión técnica de la Consulta Permanente sobre desplazamiento interno en las Américas, celebrada en San José el 15 de abril de 1993: "el desplazamiento forzado es toda migración interna que obedece a causas relacionadas con situaciones en las cuales la violencia lesiona o pone en peligro el núcleo esencial de los derechos fundamentales a la vida, a la integridad, a la libertad individual y a la seguridad personal"? ¿O es que su protegida y recomendada a la Corte Penal Internacional Elizabeth Odio, no alcanzó a explicárselos durante su visita turística para desplazar a cualquier panameño a la posición de juez del nuevo Tribunal de la ONU?
La decisión de las defensorías del Pueblo de Panamá y Colombia (ver El Panamá América, 29 de abril de 2003) de conformar una comisión conjunta para esclarecer los hechos de agresión denunciados por la Alta Comisaría de las Naciones Unidas para Refugiados (ACNUR), ante el maltrato físico, acoso y torturas que sufrieron 109 desplazados colombianos que fueron obligados por las autoridades panameñas a abandonar el territorio nacional de Panamá, pone una vez más en evidencia la cada vez mayor proclividad de las autoridades de policía y de migración panameñas de violar los Derechos Humanos y Convenios internacionales suscritos por la República de Panamá que son, además, Ley de la República.
El director de la Policía Nacional, Carlos Barés, ha tildado de "irresponsable" al Defensor del Pueblo de Panamá por actuar con apego a la Ley e instruir una investigación de lo ocurrido (ver El Panamá América, 2 de mayo de 2003). No contento con ello, Barés "indicó que el Defensor del Pueblo, al igual que cualquier otra autoridad panameña por encima de cualquier posición que tenga, debe proteger y defender los intereses soberanos y nacionales de la República de Panamá". En otras palabras, en el mundo actual, en el que se presencia el derrumbe de los linderos ficticios de los Estados en beneficio de los derechos de los pueblos; en el momento en que la comunidad internacional multiplica sus esfuerzos organizados para asistir a los más de 27 millones de refugiados que existen en el mundo; a la hora en que los gobiernos no deben suspender la consagración del derecho reconocido internacionalmente al acceso humanitario; la atención de manera preferencial a sectores vulnerables dentro de las poblaciones desplazadas, como son las mujeres, los niños, los ancianos y los indígenas, los panameños tenemos que llevar sobre nuestros hombros el bochorno y la vergüenza de la visión troglodita del director de la Policía Nacional y de la directora Nacional de Migración y otros altos funcionarios, en materia de Derechos Humanos.
El desplazamiento por la fuerza que practica el Gobierno de Panamá contra los desplazados colombianos, es una transgresión múltiple, dado que su conducta quebranta, a la vez, el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos puesto que atenta contra los derechos expresamente reconocidos por los artículos 6º, 7º, 9º y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Ley 15 de 28 de octubre de 1976).
La agudización de la violencia en el hermano país de Colombia y la actitud de las autoridades panameñas para con los desarraigados colombianos, nos lleva a recordar las enseñanzas de Bertold Brecht: "...Cada uno de nosotros, al marchar a través de la multitud con los zapatos rotos, da testimonio de la vergüenza que hoy cubre nuestro país. Pero ni uno solo de nosotros se quedará aquí. La última palabra aún no ha sido dicha."
(mabernal@sinfo.net)

101 años de Panamá América

 
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