Para una presidencia democrática
Un principio fundamental que debe ser fortalecido para impulsar nuestro desarrollo democrático, es el de la separación, el equilibrio y la colaboración armónica y respetuosa entre los órganos del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). El orden político que configura la Constitución Nacional tiene como principio esencial organizar el poder en coherencia con el postulado de la soberanía nacional, y legitimar su ejército a partir del sometimiento irrestricto al imperio de la ley. El postulado de un gobierno democrático y republicano exige que el poder que ejercen los distintos órganos del Estado sea limitado.
El principio de división de poderes es un elemento fundamental de nuestro régimen constitucional. ¿Por qué no se cumple en la práctica, sobre todo, en este gobierno mireyista? Porque en realidad no es gobierno, sino un desgobierno con claras evidencias del poder casi absoluto que ejerce el Ejecutivo sobre los otros órganos (Legislativo y Judicial), lo que impide la procuración e impartición de Justicia en Panamá.
Debemos construir un equilibrio cabalmente republicano y democrático entre los poderes, entendido como la independencia y disponibilidad de recursos materiales y humanos que permitan a cada uno de ellos el ejercicio pleno de sus atribuciones. Es cierto que nuestra historia política ha forjado una presidencia fuerte, pero no existe justificación democrática para que sea autoritaria, usufructuaria de facultades ajenas al Estado de Derecho, o que ejerza un poder arbitrario. El Ejecutivo, por el contrario, está comprometido con el ejercicio de una presidencia eficiente, capaz y acotada; sometida al imperio de la Constitución y las leyes; sujeta al control de los otros órganos estatales.
111No se puede vivir democráticamente fuera de la ley. Y la ley, por injusta que sea, por deficiente que nos parezca, es ya un cambio hacia la moral.
En consecuencia, la presidenta Moscoso no debe tener ni ejercer más atribuciones que las que expresamente le confiere la Constitución y las leyes. Recordemos que, conforme a la Constitución y al ideal republicano cultivado a lo largo de nuestra historia, el Presidente o la Presidenta es, en todo momento, el primer mandatario o mandataria de la Nación. De acuerdo con estas consideraciones, el Ejecutivo evitara el ejercicio de poderes metaconstitucionales, que conlleven el riesgo de conducir el autoritarismo. Sin embargo, no es sólo la voluntad del Ejecutivo la que permitirá cumplir plenamente este propósito. También es necesario que los otros órganos del Estado, los partidos políticos y las organizaciones cívicas y sociales asuman y observen los límites constitucionales del Ejecutivo, de tal modo que vigilen esos límites, con sus actos y demandas. Hay que tomar en cuenta, además, las instancias morales que se dan en la teoría y práctica de la democracia. La democracia, ella sí, tiene su moral. Toda ella gira, en doctrina y en conducta, alrededor del concepto de dignidad. No hay democracia sin moral ni hay demócratas sin dignidad. Y para mejor salvar estos valores intrínsecos del hombre y la mujer, la democracia universal se ha venido perfeccionando por la vía del derecho. El derecho no es la moral, pero ya hay en él un mínimo de moral. La democracia se nutre de la experiencia jurídica y se ampara en ella. Al grado de que podemos afirmar que fuera de lo jurídico no hay democracia. No se puede vivir democráticamente fuera de la ley. Y la ley, por injusta que sea, por deficiente que nos parezca, es ya un cambio hacia la moral.
La gobernabilidad en la sociedad, premisa de cualquier democracia moderna, se fortalecerá con el equilibrio entre los poderes públicos, con su interrelación colaboración respetuosa y continua, y con el invariable apego de todos al Estado de Derecho.
Finalmente, para avanzar en el perfeccionamiento de la división de poderes, recomendamos, una vez más, a la señora Moscoso, que la Presidencia sea ejercida en interlocución respetuosa y permanente con los distintos poderes públicos y con los diversos órdenes de gobierno. Es decir, ejercer una Presidencia verdaderamente democrática, como bien lo merece el pueblo y la nación panameña. Presidenta Moscoso: ¡Los panameños queremos que en Panamá habite la inteligencia y reine la justicia!.
El principio de división de poderes es un elemento fundamental de nuestro régimen constitucional. ¿Por qué no se cumple en la práctica, sobre todo, en este gobierno mireyista? Porque en realidad no es gobierno, sino un desgobierno con claras evidencias del poder casi absoluto que ejerce el Ejecutivo sobre los otros órganos (Legislativo y Judicial), lo que impide la procuración e impartición de Justicia en Panamá.
Debemos construir un equilibrio cabalmente republicano y democrático entre los poderes, entendido como la independencia y disponibilidad de recursos materiales y humanos que permitan a cada uno de ellos el ejercicio pleno de sus atribuciones. Es cierto que nuestra historia política ha forjado una presidencia fuerte, pero no existe justificación democrática para que sea autoritaria, usufructuaria de facultades ajenas al Estado de Derecho, o que ejerza un poder arbitrario. El Ejecutivo, por el contrario, está comprometido con el ejercicio de una presidencia eficiente, capaz y acotada; sometida al imperio de la Constitución y las leyes; sujeta al control de los otros órganos estatales.
111No se puede vivir democráticamente fuera de la ley. Y la ley, por injusta que sea, por deficiente que nos parezca, es ya un cambio hacia la moral.
En consecuencia, la presidenta Moscoso no debe tener ni ejercer más atribuciones que las que expresamente le confiere la Constitución y las leyes. Recordemos que, conforme a la Constitución y al ideal republicano cultivado a lo largo de nuestra historia, el Presidente o la Presidenta es, en todo momento, el primer mandatario o mandataria de la Nación. De acuerdo con estas consideraciones, el Ejecutivo evitara el ejercicio de poderes metaconstitucionales, que conlleven el riesgo de conducir el autoritarismo. Sin embargo, no es sólo la voluntad del Ejecutivo la que permitirá cumplir plenamente este propósito. También es necesario que los otros órganos del Estado, los partidos políticos y las organizaciones cívicas y sociales asuman y observen los límites constitucionales del Ejecutivo, de tal modo que vigilen esos límites, con sus actos y demandas. Hay que tomar en cuenta, además, las instancias morales que se dan en la teoría y práctica de la democracia. La democracia, ella sí, tiene su moral. Toda ella gira, en doctrina y en conducta, alrededor del concepto de dignidad. No hay democracia sin moral ni hay demócratas sin dignidad. Y para mejor salvar estos valores intrínsecos del hombre y la mujer, la democracia universal se ha venido perfeccionando por la vía del derecho. El derecho no es la moral, pero ya hay en él un mínimo de moral. La democracia se nutre de la experiencia jurídica y se ampara en ella. Al grado de que podemos afirmar que fuera de lo jurídico no hay democracia. No se puede vivir democráticamente fuera de la ley. Y la ley, por injusta que sea, por deficiente que nos parezca, es ya un cambio hacia la moral.
La gobernabilidad en la sociedad, premisa de cualquier democracia moderna, se fortalecerá con el equilibrio entre los poderes públicos, con su interrelación colaboración respetuosa y continua, y con el invariable apego de todos al Estado de Derecho.
Finalmente, para avanzar en el perfeccionamiento de la división de poderes, recomendamos, una vez más, a la señora Moscoso, que la Presidencia sea ejercida en interlocución respetuosa y permanente con los distintos poderes públicos y con los diversos órdenes de gobierno. Es decir, ejercer una Presidencia verdaderamente democrática, como bien lo merece el pueblo y la nación panameña. Presidenta Moscoso: ¡Los panameños queremos que en Panamá habite la inteligencia y reine la justicia!.