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¿Pena de Muerte?


No debemos dejarnos llevar por la desesperación a la que nos conduce el clima de inseguridad en que vivimos, y aceptar “soluciones” extremas como la pena de muerte.

Como afirma un estudio de la Universidad de Barcelona, no está demostrado que la pena de muerte cumpla una función de prevención general negativa, o sea de intimidación a los potenciales infractores. Prueba de ello, es que si fuera así, en primer lugar, ya no existirían delitos. Y en segundo lugar, se parte de que el delito es un acto racional, en el que el delincuente evalúa los costes y beneficios. Esta premisa puede ser falsa, pero en el caso de que fuera cierta, el sujeto delincuente, espera o bien que no lo descubran, o bien, salir mejor parado del proceso judicial.

En cuanto a la discriminación de la pena de muerte: Los tribunales ejercen una selección entre los autores de los delitos, ya sea por motivos económicos o étnico-raciales. Así, por ejemplo, la diferencia de recursos económicos que existe entre los que poseen un buen nivel adquisitivo y los pobres, provoca que frente a un mismo hecho delictivo, los primeros puedan ser asistidos por profesionales con mayor rigor, que los otros. Este factor es especialmente importante en EE.UU., en donde el coste de defensa es muy elevado y las clases bajas no pueden costearlo, lo que significa, con mucha probabilidad una sentencia condenatoria. Por lo que se refiere al factor étnico, también en EE.UU., determinados sectores son más propicios a obtener este tipo de sentencias. Así, los chicanos, negros, etc... son los delincuentes sobre los que recae la pena de muerte.

Un tema importante es la irreversibilidad de la pena de muerte respecto del error judicial, pues si bien cada día más, los errores judiciales son menos frecuentes, hay riesgo de condenar a un inocente. Pero además con el agravante de que en el caso de la pena de muerte no se puede compensar al sujeto por el error.

Para los que justifican la medida por la Ley del Talión (ojo por ojo) del Antiguo Testamento, reflexiona Albert Camus: "Se trata de un sentimiento, particularmente violento, no de un principio. El Talión pertenece al orden de la naturaleza y del instinto (...) Si el crimen pertenece a la naturaleza humana, la ley no pretende imitar o reproducir tal naturaleza. Está hecha para corregirla”.

Por el contrario, hay que construir un sistema de seguridad humana que logre establecer la prevención social de las causas del delito, el ajuste justo de penas y la resocialización, que permita la reinserción del privado de libertad a la sociedad. A la fórmula es necesario agregarle la inteligencia y sistema de alerta temprana para contener los embates del narcotráfico internacional. No puede olvidarse la lucha contra los delitos de cuello blanco, que se enfrentan con un adecuado sistema de justicia, el cese de la impunidad y la vigencia de un sistema de trasparencia e integridad.

(raulleisr@hotmail.com)

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