Preceptos con visos de controversia
En un diario de libre circulación como es este, el periodismo de Opinión se constituye en la alternativa viable de aquellas personas que quisieran emitir su voz y plantear sus ideas sobre algunos tópicos de nuestra vida nacional y de quienes recogemos tales inquietudes y las propias para ponerlas a consideración del respetable lector.
En esta ocasión, queremos referirnos a la circular DGE/124/137/ de 30 de junio de 2000, emitida por la directora General de Educación de dicho ministerio, Prof. Adela Abad y dirigida a los Directores Regionales y de Colegios del Primer y Segundo Nivel de Enseñanza del país. Esta circular surge a raíz de diferentes acontecimientos ocurridos en algunos centros escolares relacionados con actos de violencia entre padres y madres de familia y educadores, y en donde se quebrantó la honra, estima y respeto a la dignidad de que son merecedores los educadores. Mediante este documento, se establecen una serie de preceptos que reglamentarían las visitas de los padres de familia a las escuelas y colegios y que si bien conceptuamos, tienden a evitar agresiones en contra del personal docente, algunos puntos debieran ser, para su aplicación, mejor analizados.
De tal forma, discrepamos del punto que se refiere al hecho de que, "las puertas de acceso a las escuelas permanecerán cerradas a partir de la hora de entrada hasta la hora de salida". Ello, sin duda, implica un serio riesgo respecto a la seguridad de los estudiantes, pues de producirse una situación de emergencia que conlleve el desalojo intempestivo de los edificios, causaría un movimiento tumultuario de los estudiantes hacia la puerta de salida, lo que les causaría daño a su integridad física y emocional. Creemos en tal virtud, que debería pedirse el apoyo a SINAPROC, para que norme la puesta en ejecución de esta medida y evitar así situaciones que luego se lamentarían.
Tampoco estamos en total acuerdo con otro punto, considerando que su contenido debió ser más específico, evitándose con ello se haga una interpretación antojadiza o tergiversada de su objetivo real. Nos referimos al texto que dice, "aquellos padres y madres de familia que tengan alguna queja contra uno o más educadores deberán documentarla ante la Dirección de la Escuela , que deberá de inmediato iniciar las investigaciones necesarias para determinar la veracidad de los hechos que motiven la queja, las responsabilidades, si las hubiere y aplicar las sanciones."
Ello sería la ocasión propicia que aprovecharía cualquier padre de familia, por la mínima queja de su hijo contra su maestro o profesor que podría ser hasta infundamentada y en razón a la inveterada y enfermiza antipatía heredada de niñez por algunas personas en contra del maestro, que le conduciría a despotricarse en señalamientos por medio de un falseado escrito que, por lo instituido, fuerce a un director de escuela a abrir de inmediato, una investigación al respecto, situación que necesariamente traería molestias, alborotos y la consecuente alteración de clases en el centro escolar, independientemente de las incomodidades que conllevaría para el educador, el verse inmerso en una quizás hasta inmerecida y engorrosa situación controversial de esta naturaleza.
En esta ocasión, queremos referirnos a la circular DGE/124/137/ de 30 de junio de 2000, emitida por la directora General de Educación de dicho ministerio, Prof. Adela Abad y dirigida a los Directores Regionales y de Colegios del Primer y Segundo Nivel de Enseñanza del país. Esta circular surge a raíz de diferentes acontecimientos ocurridos en algunos centros escolares relacionados con actos de violencia entre padres y madres de familia y educadores, y en donde se quebrantó la honra, estima y respeto a la dignidad de que son merecedores los educadores. Mediante este documento, se establecen una serie de preceptos que reglamentarían las visitas de los padres de familia a las escuelas y colegios y que si bien conceptuamos, tienden a evitar agresiones en contra del personal docente, algunos puntos debieran ser, para su aplicación, mejor analizados.
De tal forma, discrepamos del punto que se refiere al hecho de que, "las puertas de acceso a las escuelas permanecerán cerradas a partir de la hora de entrada hasta la hora de salida". Ello, sin duda, implica un serio riesgo respecto a la seguridad de los estudiantes, pues de producirse una situación de emergencia que conlleve el desalojo intempestivo de los edificios, causaría un movimiento tumultuario de los estudiantes hacia la puerta de salida, lo que les causaría daño a su integridad física y emocional. Creemos en tal virtud, que debería pedirse el apoyo a SINAPROC, para que norme la puesta en ejecución de esta medida y evitar así situaciones que luego se lamentarían.
Tampoco estamos en total acuerdo con otro punto, considerando que su contenido debió ser más específico, evitándose con ello se haga una interpretación antojadiza o tergiversada de su objetivo real. Nos referimos al texto que dice, "aquellos padres y madres de familia que tengan alguna queja contra uno o más educadores deberán documentarla ante la Dirección de la Escuela , que deberá de inmediato iniciar las investigaciones necesarias para determinar la veracidad de los hechos que motiven la queja, las responsabilidades, si las hubiere y aplicar las sanciones."
Ello sería la ocasión propicia que aprovecharía cualquier padre de familia, por la mínima queja de su hijo contra su maestro o profesor que podría ser hasta infundamentada y en razón a la inveterada y enfermiza antipatía heredada de niñez por algunas personas en contra del maestro, que le conduciría a despotricarse en señalamientos por medio de un falseado escrito que, por lo instituido, fuerce a un director de escuela a abrir de inmediato, una investigación al respecto, situación que necesariamente traería molestias, alborotos y la consecuente alteración de clases en el centro escolar, independientemente de las incomodidades que conllevaría para el educador, el verse inmerso en una quizás hasta inmerecida y engorrosa situación controversial de esta naturaleza.