Presencia del dólar en Panamá
Quisiera compartir con ustedes una de mis experiencias de trabajo, cuando iniciaba mi carrera ejecutiva en el antiguo Chase Manhattan Bank. Mi primera posición fue la de Gerente de la sucursal del Chase en Balboa. Anteriormente había sido sub-gerente de la sucursal y alumno de protocolo y práctica bancaria en la Zona del Canal de ese gran banquero y amigo que fue Willy Cochez, padre. Recuerdo al Chase-Balboa como una de mis labores más placenteras e interesantes de mi larga carrera bancaria.
A inicios de la década del "70, Balboa operaba bajo la jurisdicción norteamericana. Además de suministrar servicios bancarios a la población civil de la Zona, a la Compañía del Canal y a las dependencias del Departamento de Defensa (base militares, hospitales, comisariatos, clubes, etc.), Chase-Balboa jugaba un papel importante en el funcionamiento del Canal a través del financiamiento de los peajes y servicios a naves en tránsito, y por décadas cumplió cabalmente con una labor importantísima para el sistema bancario panameño. Manejó con suma eficiencia un mecanismo de suministro de papel moneda (billete) nuevo, retiro de excedentes de efectivo y de mutilados (billete deteriorado por el uso) del sistema bancario del país. Lo interesante es que nunca existió una obligación formal del Chase para cumplir con dicha función en Panamá, sólo en la Zona. Sin embargo, ante el público nacional era su responsabilidad; tanto así que el Chase recibía críticas privadas y públicas cuando era notaria la circulación de mutilados reclamándole su "obligación" de retirarlos e introducir billetes nuevos. Más interesante aún es el hecho que todo el tiempo que funcionó el mecanismo, éste no representó costo alguno para la banca panameña.
Chase-Balboa tenía el compromiso de suministrar papel moneda a las entidades del gobierno americano en la Zona, para lo cual fue designada Custodio del Tesoro de los Estados Unidos. Todo el mecanismo de manejo de efectivo antes aludido funcionaba a través de la Cuenta de Custodia del Tesoro americano en embarques de efectivo entre el Chase-Balboa y el Federal Reserve Bank of New York con apoyo del personal militar norteamericano. Toda la operación era subsidiada por el Tesoro de los Estados Unidos.
De un sistema creado para llenar las necesidades de efectivo dentro de la Zona del Canal, el sistema evolucionó para incluir al sistema bancario panameño usando la red de sucursales del Chase-Panamá y su conexión con el Chase-Balboa.
Cuando llegué a Balboa, ya el sistema tenía décadas de estar operando y funcionaba como una máquina bien engrasada. Los bancos operando en Panamá no venían a Balboa, no estaban autorizados para hacer transacciones en la Zona, sólo el Citi y el Chase. Los bancos en Panamá utilizaban la red Chase en Panamá. Se permitió excepcionalmente al Banco Nacional presentarse en Balboa.
Es cierto que el mecanismo descrito no fue concebido para ser utilizado por el sistema bancario doméstico, era exclusivo para la Zona del Canal; pero no había manera posible que no hubiese evolucionado de distinta manera como lo hizo. Así lo aceptaron las autoridades del Tesoro de los Estados Unidos, como veremos más adelante. La razón era simple, no existían barreras físicas o monetarias entre la Zona y Panamá. Gran parte, si no el total del efectivo que circulaba en la Zona de una manera u otra, terminaba en territorio nacional. Un simple ejemplo basta, muchos soldados vivían en Panamá, pagaban su renta y hacían compras en el país en efectivo. Era lógico que el sistema lo devolviera a su lugar de origen, el Chase-Balboa; de ahí el dinero fluía al Federal Reserve Bank de New York en dos vías.
Acercándose la fecha de entrada en vigencia de la jurisdicción panameña en la Zona como resultado de los Tratados Torrijos-Carter, le comenté a mi jefe, Lucho Moreno, que una vez esto sucediera la sucursal del Chase en Balboa perdería la Cuenta de Custodia del Tesoro americano, ya que la ley americana no permite la operación de dichas cuentas en bancos norteamericanos que no estén bajo la jurisdicción de los Estados Unidos. El resultado de esta conversación fue que por mi conocimiento de la operación en el Chase-Balboa, participara como miembro de una delegación presidida por el Gerente General del Banco Nacional de Panamá a Washington para elaborar un mecanismo que reemplazaría el sistema que operaba a través del Chase-Balboa. Fue en una de nuestras reuniones con el Sub-Secretario del Tesoro de los Estados Unidos cuando nos comentó que si estábamos conscientes de que el sistema, como había estado operando, no estaba autorizado, a lo cual tuvimos que acceder, pues era cierto; sin embargo, agregó: "no se preocupen, comprendemos que inevitable sucediera así por la ausencia de barreras entre la Zona y Panamá". Finalizó diciendo, "no hubiera funcionado tan bien si nos hubiéramos sentados los dos gobiernos a diseñarlo".
Así terminó nuestra negociación con el Tesoro de los Estados Unidos, acordándose que el Banco Nacional de Panamá asumiría la responsabilidad del manejo de efectivo que realizaba el Chase una vez entrara en vigencia la jurisdicción panameña en la Zona del Canal de acuerdo a los Tratados Torrijos-Carter, función que cumple cabalmente en la actualidad.
Como comenta con razón el jurista Jorge Fábrega Ponce: "La Constitución de 1941 inicia una revisión del liberalismo individualista; no es ya un estatuto dirigido a proteger situaciones adquiridas y el orden establecido, sino además a producir una transformación".
Pero al mismo tiempo, el Dr. Arnulfo Arias se abrogó la facultad de cambiar de constitución por referéndum popular y no por la aprobación de dos Asambleas, según como estipulaba la Constitución vigente de 1904 (art. 137).
En la nueva Constitución se reforzó exageradamente el papel del Presidente, extendiendo su período de 4 a 6 años (art. 104), lo que le habría dado al Presidente Arnulfo Arias una presidencia de siete años y además permitía que la Asamblea lo revistiera "pro tempore...de facultades extraordinarias para fines específicos" (art.88, no.20). Además, expresó un racismo por razones económico-culturales sobre todo hacia los negros cuyo idioma originario no fuera el castellano en cuanto a nacionalidad y naturalización (art.12 y 14), y estableció que eran de "inmigración prohibida: la raza negra cuyo idioma originario no sea el castellano, la raza amarilla y las razas originarias de la India, Asia Menor y el Norte de Africa"(art. 23). Este sentimiento racista se encontraba difuso en la sociedad, incluso se manifestó en la Ley del 11 de marzo de 1904, mediante la cual la Asamblea Constituyente había legislado sobre "las razas de inmigración prohibida". Pero al darle categoría constitucional, dicho racismo se endureció y agravó. Y sobre todo se aplicó drásticamente a nivel del comercio al por menor en contra de los orientales.
A este cambio de Constitución se opuso el Dr. Harmodio Arias, quien comenzó a manifestar oposición a las iniciativas políticas de su hermano. Las relaciones entre ambos nunca volvieron a ser las mismas que antes, con lo cual Arnulfo Arias perdió quien hubiera podido ser su más valioso asesor. Harmodio Arias llegó incluso a denunciar ante diplomáticos de los EU que su hermano, el Presidente, estaba ejerciendo presiones para quitarle el control del diario El Panamá América, y el 14 de octubre de 1950 Samuel Lewis Arango publicó en su diario El País la carta que en 1941 Harmodio Arias le había enviado a los ministros de Estado donde denunciaba "que se habían extremado ciertos actos contra mí por razón de que no había querido ceder el periódico aludido..."
Buscó ejercer control sobre la prensa y la radio. Impuso el uniforme a determinados oficios y profesiones e inició la organización llamada Los Cachorros de Urracá, que llegó a tener 5,000 niños y adolescentes de 10 a 16 años, después de lo cual se integraban al Movimiento de la Juventud Panameña, lo cual inspiraba el temor a una regimentación de la vida. Impuso como asesor militar, nexo entre él y la Policía Nacional, a un guatemalteco, Coronel Gómez Aayub, recomendado por el dictador Ubico de dicho país, lo que sugeriría la voluntad de militarizar la Policía, al mismo tiempo que generaba resentimiento de parte de oficiales como el joven Capitán José A. Remón Cantera. Continuó con la práctica del cobro del 5% a los empleados públicos y bajo su presidencia se gestó un escándalo en relación con la concesión del negocio de traganíqueles.
Continuará el próximo domingo.
(ariyan@sinfo.net)
Con relación a las sanciones para los estudiantes, Hurtado expresó que en la Ley 40 se tipifican siete delitos que merecen penas. Estos son: secuestros, violaciones, y otros más, pero debido a que no se contemplan sanciones a los menores de edad por destruir, por ejemplo, vidrios u otros objetos, se les trata con mucha benevolencia y no se omprueba la falta cometida sino que el juez se limita a amonestarlos. Las actuaciones de los tribunales son lentas.
Una visión sociológica del problema de las bandas juveniles fue brindada por Aida Selles de Palacios, directora del Instituto de Criminología de la Universidad de Panamá. Según la especialista, la banda tiene una estructura organizativa más formal con fines delictivos; tiene un tiempo de permanencia más larga; ha logrado plena identificación entre sus miembros; sus roles están distribuidos con gran especificidad; tiene un líder que marca la autoridad y decide las actuaciones, inclusive en casos en que desaparezca el líder, tienen seleccionado quién lo remplazará; poseen códigos de comunicación muy cerrados que pueden ir desde un tatuaje hasta mecanismos de ingreso a la banda; poseen disciplina de su dinámica criminal; son jóvenes entre los 12 hasta los 25 años; a sus miembros, muy difícilmente se les permite desertar; sus integrantes poseen un tipo de conducta en la cual se perfeccionan, lo mismo que sus métodos.
Las pandillas no son organizadas con fines ilícitos; surgen por fines distintos a la delincuencia; realizan ocasionalmente conductas delictivas; se les llama en el interior de la república- bichera: se trata de conductas menores tipificadas como asociales: molestar a un vecino, tirar piedras. Su duración en el tiempo es menor.
En la actualidad el Instituto de Criminología está preparando un estudio sobre el comportamiento de las bandas juveniles que será realizado por especialistas y a la vez contará con la plena participación de sus miembros.
Según Selles de Palacios las bandas surgen tras razones de tipo familliar, por hogares incompletos, personalidades con autoestima baja, falta de afecto en la infancia y adolescencia y ausencia de control familiar.
Según la experta, una de las mejores soluciones para el problema de las bandas juveniles es desarrollar de forma conjunta una política de prevención y en la que participen el gobierno, empresa privada y sociedad civil; para evitar que los jóvenes se sumen a la actual ola delictiva.
Hay que hacer énfasis en la escuela y en la labor de los medios de comunicación y sobre todo fortalecer la estructura familiar.
A inicios de la década del "70, Balboa operaba bajo la jurisdicción norteamericana. Además de suministrar servicios bancarios a la población civil de la Zona, a la Compañía del Canal y a las dependencias del Departamento de Defensa (base militares, hospitales, comisariatos, clubes, etc.), Chase-Balboa jugaba un papel importante en el funcionamiento del Canal a través del financiamiento de los peajes y servicios a naves en tránsito, y por décadas cumplió cabalmente con una labor importantísima para el sistema bancario panameño. Manejó con suma eficiencia un mecanismo de suministro de papel moneda (billete) nuevo, retiro de excedentes de efectivo y de mutilados (billete deteriorado por el uso) del sistema bancario del país. Lo interesante es que nunca existió una obligación formal del Chase para cumplir con dicha función en Panamá, sólo en la Zona. Sin embargo, ante el público nacional era su responsabilidad; tanto así que el Chase recibía críticas privadas y públicas cuando era notaria la circulación de mutilados reclamándole su "obligación" de retirarlos e introducir billetes nuevos. Más interesante aún es el hecho que todo el tiempo que funcionó el mecanismo, éste no representó costo alguno para la banca panameña.
Chase-Balboa tenía el compromiso de suministrar papel moneda a las entidades del gobierno americano en la Zona, para lo cual fue designada Custodio del Tesoro de los Estados Unidos. Todo el mecanismo de manejo de efectivo antes aludido funcionaba a través de la Cuenta de Custodia del Tesoro americano en embarques de efectivo entre el Chase-Balboa y el Federal Reserve Bank of New York con apoyo del personal militar norteamericano. Toda la operación era subsidiada por el Tesoro de los Estados Unidos.
De un sistema creado para llenar las necesidades de efectivo dentro de la Zona del Canal, el sistema evolucionó para incluir al sistema bancario panameño usando la red de sucursales del Chase-Panamá y su conexión con el Chase-Balboa.
Cuando llegué a Balboa, ya el sistema tenía décadas de estar operando y funcionaba como una máquina bien engrasada. Los bancos operando en Panamá no venían a Balboa, no estaban autorizados para hacer transacciones en la Zona, sólo el Citi y el Chase. Los bancos en Panamá utilizaban la red Chase en Panamá. Se permitió excepcionalmente al Banco Nacional presentarse en Balboa.
Es cierto que el mecanismo descrito no fue concebido para ser utilizado por el sistema bancario doméstico, era exclusivo para la Zona del Canal; pero no había manera posible que no hubiese evolucionado de distinta manera como lo hizo. Así lo aceptaron las autoridades del Tesoro de los Estados Unidos, como veremos más adelante. La razón era simple, no existían barreras físicas o monetarias entre la Zona y Panamá. Gran parte, si no el total del efectivo que circulaba en la Zona de una manera u otra, terminaba en territorio nacional. Un simple ejemplo basta, muchos soldados vivían en Panamá, pagaban su renta y hacían compras en el país en efectivo. Era lógico que el sistema lo devolviera a su lugar de origen, el Chase-Balboa; de ahí el dinero fluía al Federal Reserve Bank de New York en dos vías.
Acercándose la fecha de entrada en vigencia de la jurisdicción panameña en la Zona como resultado de los Tratados Torrijos-Carter, le comenté a mi jefe, Lucho Moreno, que una vez esto sucediera la sucursal del Chase en Balboa perdería la Cuenta de Custodia del Tesoro americano, ya que la ley americana no permite la operación de dichas cuentas en bancos norteamericanos que no estén bajo la jurisdicción de los Estados Unidos. El resultado de esta conversación fue que por mi conocimiento de la operación en el Chase-Balboa, participara como miembro de una delegación presidida por el Gerente General del Banco Nacional de Panamá a Washington para elaborar un mecanismo que reemplazaría el sistema que operaba a través del Chase-Balboa. Fue en una de nuestras reuniones con el Sub-Secretario del Tesoro de los Estados Unidos cuando nos comentó que si estábamos conscientes de que el sistema, como había estado operando, no estaba autorizado, a lo cual tuvimos que acceder, pues era cierto; sin embargo, agregó: "no se preocupen, comprendemos que inevitable sucediera así por la ausencia de barreras entre la Zona y Panamá". Finalizó diciendo, "no hubiera funcionado tan bien si nos hubiéramos sentados los dos gobiernos a diseñarlo".
Así terminó nuestra negociación con el Tesoro de los Estados Unidos, acordándose que el Banco Nacional de Panamá asumiría la responsabilidad del manejo de efectivo que realizaba el Chase una vez entrara en vigencia la jurisdicción panameña en la Zona del Canal de acuerdo a los Tratados Torrijos-Carter, función que cumple cabalmente en la actualidad.
Como comenta con razón el jurista Jorge Fábrega Ponce: "La Constitución de 1941 inicia una revisión del liberalismo individualista; no es ya un estatuto dirigido a proteger situaciones adquiridas y el orden establecido, sino además a producir una transformación".
Pero al mismo tiempo, el Dr. Arnulfo Arias se abrogó la facultad de cambiar de constitución por referéndum popular y no por la aprobación de dos Asambleas, según como estipulaba la Constitución vigente de 1904 (art. 137).
En la nueva Constitución se reforzó exageradamente el papel del Presidente, extendiendo su período de 4 a 6 años (art. 104), lo que le habría dado al Presidente Arnulfo Arias una presidencia de siete años y además permitía que la Asamblea lo revistiera "pro tempore...de facultades extraordinarias para fines específicos" (art.88, no.20). Además, expresó un racismo por razones económico-culturales sobre todo hacia los negros cuyo idioma originario no fuera el castellano en cuanto a nacionalidad y naturalización (art.12 y 14), y estableció que eran de "inmigración prohibida: la raza negra cuyo idioma originario no sea el castellano, la raza amarilla y las razas originarias de la India, Asia Menor y el Norte de Africa"(art. 23). Este sentimiento racista se encontraba difuso en la sociedad, incluso se manifestó en la Ley del 11 de marzo de 1904, mediante la cual la Asamblea Constituyente había legislado sobre "las razas de inmigración prohibida". Pero al darle categoría constitucional, dicho racismo se endureció y agravó. Y sobre todo se aplicó drásticamente a nivel del comercio al por menor en contra de los orientales.
A este cambio de Constitución se opuso el Dr. Harmodio Arias, quien comenzó a manifestar oposición a las iniciativas políticas de su hermano. Las relaciones entre ambos nunca volvieron a ser las mismas que antes, con lo cual Arnulfo Arias perdió quien hubiera podido ser su más valioso asesor. Harmodio Arias llegó incluso a denunciar ante diplomáticos de los EU que su hermano, el Presidente, estaba ejerciendo presiones para quitarle el control del diario El Panamá América, y el 14 de octubre de 1950 Samuel Lewis Arango publicó en su diario El País la carta que en 1941 Harmodio Arias le había enviado a los ministros de Estado donde denunciaba "que se habían extremado ciertos actos contra mí por razón de que no había querido ceder el periódico aludido..."
Buscó ejercer control sobre la prensa y la radio. Impuso el uniforme a determinados oficios y profesiones e inició la organización llamada Los Cachorros de Urracá, que llegó a tener 5,000 niños y adolescentes de 10 a 16 años, después de lo cual se integraban al Movimiento de la Juventud Panameña, lo cual inspiraba el temor a una regimentación de la vida. Impuso como asesor militar, nexo entre él y la Policía Nacional, a un guatemalteco, Coronel Gómez Aayub, recomendado por el dictador Ubico de dicho país, lo que sugeriría la voluntad de militarizar la Policía, al mismo tiempo que generaba resentimiento de parte de oficiales como el joven Capitán José A. Remón Cantera. Continuó con la práctica del cobro del 5% a los empleados públicos y bajo su presidencia se gestó un escándalo en relación con la concesión del negocio de traganíqueles.
Continuará el próximo domingo.
(ariyan@sinfo.net)
Con relación a las sanciones para los estudiantes, Hurtado expresó que en la Ley 40 se tipifican siete delitos que merecen penas. Estos son: secuestros, violaciones, y otros más, pero debido a que no se contemplan sanciones a los menores de edad por destruir, por ejemplo, vidrios u otros objetos, se les trata con mucha benevolencia y no se omprueba la falta cometida sino que el juez se limita a amonestarlos. Las actuaciones de los tribunales son lentas.
Una visión sociológica del problema de las bandas juveniles fue brindada por Aida Selles de Palacios, directora del Instituto de Criminología de la Universidad de Panamá. Según la especialista, la banda tiene una estructura organizativa más formal con fines delictivos; tiene un tiempo de permanencia más larga; ha logrado plena identificación entre sus miembros; sus roles están distribuidos con gran especificidad; tiene un líder que marca la autoridad y decide las actuaciones, inclusive en casos en que desaparezca el líder, tienen seleccionado quién lo remplazará; poseen códigos de comunicación muy cerrados que pueden ir desde un tatuaje hasta mecanismos de ingreso a la banda; poseen disciplina de su dinámica criminal; son jóvenes entre los 12 hasta los 25 años; a sus miembros, muy difícilmente se les permite desertar; sus integrantes poseen un tipo de conducta en la cual se perfeccionan, lo mismo que sus métodos.
Las pandillas no son organizadas con fines ilícitos; surgen por fines distintos a la delincuencia; realizan ocasionalmente conductas delictivas; se les llama en el interior de la república- bichera: se trata de conductas menores tipificadas como asociales: molestar a un vecino, tirar piedras. Su duración en el tiempo es menor.
En la actualidad el Instituto de Criminología está preparando un estudio sobre el comportamiento de las bandas juveniles que será realizado por especialistas y a la vez contará con la plena participación de sus miembros.
Según Selles de Palacios las bandas surgen tras razones de tipo familliar, por hogares incompletos, personalidades con autoestima baja, falta de afecto en la infancia y adolescencia y ausencia de control familiar.
Según la experta, una de las mejores soluciones para el problema de las bandas juveniles es desarrollar de forma conjunta una política de prevención y en la que participen el gobierno, empresa privada y sociedad civil; para evitar que los jóvenes se sumen a la actual ola delictiva.
Hay que hacer énfasis en la escuela y en la labor de los medios de comunicación y sobre todo fortalecer la estructura familiar.