¿Protección o derechos?
Recientemente se presentó a la Asamblea Nacional el anteproyecto de ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, que expresa que niños, niñas y adolescentes es un grupo en situación de vulnerabilidad por condición de su edad y pobreza, que aunado con las violaciones de sus derechos fundamentales y la poca operatividad que ha podido lograrse con el Código de la Familia -sin crearse el llamado Código del Menor hoy-, es imperativo legislar en otro sentido por el hecho que el espíritu de ese código los considera como "menores", lo que les limita el ejercicio de sus derechos humanos, pese que en su normativa consagra "derechos" y reconoce "principios" establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, y más bien el modelo es de "menor objeto de protección".
Es decir, que no cuentan con elemento para la toma de decisiones, negándosele el desarrollo de criterio propio, que sería el nuevo modelo a seguir donde se le reconocen derechos, estableciendo normas sustantivas y procesales que regularán un conjunto de instituciones sociales, administrativas y judiciales, así como organismos no gubernamentales, entre otros, que formarían parte de una entidad administrativa denominada "Sistema de Protección Integral de Niñez y Adolescencia".
El anteproyecto, que derogaría muchas disposiciones del Código de la Familia, ya ha recibido críticas de quienes alegan que la propuesta proporciona herramienta ideal para que los hijos se enfrenten a sus padres porque les da derechos por encima del tutelaje paterno, lo cual no es del todo cierto, ya que a nuestra legislación, en virtud de tratados y convenios internacionales ratificados por Panamá, específicamente la Convención de los Derechos del Niño reconoce al niño, niña o adolescente como sujeto de derechos, por lo que esa herramienta legal ya existe, pero más bien contra aquellos padres irresponsables que violentan los derechos fundamentales, y por ende, derechos humanos de estos ciudadanos.
El anteproyecto también aborda temas sensitivos como la adopción, donde la decisión ya no sería judicial sino administrativa. Es prudente que tenga amplia divulgación para someterse al escrutinio ciudadano.