Recordando a Julio E. Linares
Simultáneamente con Carlos Bolívar Pedreschi y otros patriotas panameños, Julio E. Linares combatió en su momento el Tratado de Montería, un "episodio histórico, político y diplomático importante para la nacionalidad panameña" (C.B. Pedreschi).
Julio E. Linares, lamentablemente fallecido (1930-1993) en su libro Tratado concerniente a la Neutralidad Permanente y el funcionamiento del Canal de Panamá, de 1983, dedica, en el análisis del artículo sexto de dicho tratado, un enjundioso estudio al Tratado de Montería y sus antecedentes con el título "Del Tratado Thompson-Urrutia al Tratado de Montería", que va de la página 101 a la página 126. Ese malhadado Tratado de Montería, corolario del entreguista Tratado Torrijos-Carter de Neutralidad, fue aprobado por la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos el veinticinco de noviembre de 1980, y "el canje de los instrumentos de ratificaciones del Tratado de Montería tuvo lugar en la Presidencia de la República de Panamá, el 12 de mayo de 1981, en presencia del Presidente Aristides Royo y el ministro de Relaciones Exteriores de Panamá, Dr. Jorge E. Illueca. El acta de canje respectiva fue suscrita por los cancilleres Carlos Ozores Typaldos y Diego Uribe Vargas, firmantes del Tratado..." (Linares).
Pero, en el diario La Estrella de Panamá, del veintisiete de enero de 1980, en las páginas C-13 y C-14, Linares publica un extenso artículo con el mismo título "Del Tratado Thompson-Urrutia al Tratado de Montería". He aquí algunos párrafos del mencionado artículo de Linares de 1980:
"Los derechos respecto al Canal Interoceánico y al Ferrocarril de Panamá, que en violación de los Tratados Hay-Pauncefote y Hay-Buneau Varilla, los Estados Unidos de América otorgaron a Colombia en el Tratado Thompson-Urrutia estaban condenados a extinguirse, una vez que Panama y los Estados Unidos celebraran, como en fecto celebraron, un nuevo tratado sobre el Canal de Panamá. Con la Declaración de Contadora, por lo tanto, el presidente López Michelsen obtuvo la posibilidad de que Colombia continuara disfrutando de tales derechos colonialistas (subrayado por F.A.) no sólo durante la vigencia del nuevo tratado, sino aún después del 31 de diciembre de 1999, fecha en que terminará el Tratado del Canal de Panamá. Igual posibilidad obtuvo el presidente Oduber para Costa Rica, a partir del año 2,000, por razones de "vecindad y amistad".
"En agosto de 1979 el presidente de Panamá, doctor Aristides Royo, viajó a Montería, Colombia, donde se reunió con el presidente de aquel país, Julio César Turbay Ayala. En esa reunión los Cancilleres de ambos Estados firmaron sorpresivamente, el día 22, un tratado por el cual Panamá hacía suyas, a partir del 31 de diciembre de 1999, buena parte de las obligaciones colonialistas (subrayado por F.A.) que los Estados Unidos de América había contraído con Colombia en el Tratado Thompson-Urrutia. Este hecho ni siquiera se disimuló en el Tratado de Montería, ya que en uno de sus considerandos se expresa textualmente "que la República de Colombia en virtud del Tratado suscrito con los Estados Unidos de América en el año de 1914, ha venido ejerciendo tradicionalmente derechos de tránsito a través del Canal". En esta forma la República de Panamá prohijaba un tratado que, como ya se dejó expresado, Panamá no firmó, oficialmente ignoraba y que motivó su justa protesta.
"Como el Tratado de Montería no tiene fecha de terminación es obvio que, de ser ratificado, habrá que regir a perpetuidad, lo que significa que el régimen militar que se estableció en Panamá el 11 de octubre de 1968 ha suscrito, en menos de dos años, tres tratados a perpetuidad: el Tratado concerniente a la Neutralidad Permanente y al funcionamiento del Canal de Panamá, el 7 de septiembre de 1977; el Acuerdo con los Estados Unidos de América relativo al uso de parcelas de terreno situadas en la República de Panamá para el mantenimiento de un cementerio permanente, el 11 de enero de 1979; y el Tratado de Montería, el 22 de agosto de 1979. Estos tres tratados, más que una contradicción, constituyen la negación de la política que Panamá había siempre mantenido con respecto a la perpetuidad contenida en el Tratado HayBuneau Varilla.
"Para que el Tratado de Montería pueda surgir a la vida del derecho dotado de validez y eficacia tendrá que ser aprobado por el pueblo panameño en un referéndum, cosa que estamos seguros no sucederá. Afirmamos lo anterior, porque dicho tratado versa sobre el Canal de Panamá (de esclusas). Ahora bien, de conformidad con el artículo 274 de la Constitución de 1972: "Los Tratados que celebre el Organo Ejecutivo sobre el Canal de Esclusas, su zona adyacente y la protección de dicho Canal, lo mismo que para la construcción de un nuevo Canal a nivel del mar o de un Tercer Juego de Esclusas, se someterán a plebiscito nacional". Con todo eso, el Organo Ejecutivo lo sometió a la consideración de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos. Esta, sin embargo, suspendió su consideración por no tener el Tratado fecha de terminación.
"Este tratado y el que en su oportunidad probablemente firme Panamá con Costa Rica, como secuela de la Declaración de Contadora, en vez de unir cada día más a pueblos vecinos y amigos, habrá indefectiblemente que separarlos. Las servidumbres de tránsito que ellos imponían a Panamá serán causa permanente de conflictos y producirán, al menos, un sentimiento de resentimiento y disgusto en todo panameño que aspire a tener una patria libre de ataduras.
"Lo que importa es que el pueblo panameño ha luchado desde su independencia para liberar su territorio de los gravámenes que le impuso una nación de distinta raza, de distinta lengua y de distinta religión, y ahora resulta que son sus mismos vecinos y amigos, hermanos de raza, de lengua y de religión, quienes pretenden que nos impongamos un nuevo tipo de gravámenes, bajo el subterfugio de ser convenidos por la República de Panamá "como libre expresión de su voluntad soberana". ¡Qué ironía!".
Respecto a este artículo de enero de 1980 de Linares: primero, cuando Linares escribe "Colombia", debe entenderse la Nueva Granada, ese país que desde 1886 se hace llamar República de Colombia, usurpando un nombre que no le corresponde, confundiendo así la historia hispanoamericana. La República de Colombia desapareció en 1830, con la muerte del venezolano Simón Bolívar, su ilusionado forjador; segundo, el Tratado de Montería se aprobó por la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, amenazada por la mafia militaroide de 1968, que la prohijaba, el veinticinco de noviembre de 1980, con "los votos en contra de dicho tratado, consignados por los representantes de corregimientos Omayra Correa, Harley James Mitchell y Olmedo Espino", y el canje de ratificaciones se dio el 12 de mayo de 1981, como queda dicho: tercero, "La Corte Suprema de Justicia de Panamá, en fallo de veinte de junio de 1980 (ante demanda de César A. Quintero, Dulio Arroyo C. y Carlos Bolívar Pedreschi) resolvió formalmente el conflicto constitucional y, contra las mejores razones, y más allá del celo por su propia imagen, decidió que el Tratado de Montería no tenía que ir a plebiscito para que obligara jurídicamente al Estado panameño" (Carlos Bolívar Pedreschi, "Montería y sus realidades jurídico-políticas", La Prensa, 12 de noviembre de 1980).
Como se ve, la mafia militaroide que Estados Unidos de América colocó en el gobierno de este desdichado país el 11 de octubre de 1968, sometió a la nación entera a un plan explícito y sistemático de degradación del ser humano y destrucción de la Patria panameña, concediendo privilegios humillantes a la falsa Colombia, su enemiga número uno. Desde aquella desgraciada fecha, Panamá no es un Estado de derecho. Panamá no es un Estado democrático. Panamá no es un Estado progresista, Panamá no es un Estado soberano; desde el 11 de octubre de 1968, Panamá es un Estado mafioso, "bajo el paraguas defensivo del Pentágono".
Julio E. Linares, lamentablemente fallecido (1930-1993) en su libro Tratado concerniente a la Neutralidad Permanente y el funcionamiento del Canal de Panamá, de 1983, dedica, en el análisis del artículo sexto de dicho tratado, un enjundioso estudio al Tratado de Montería y sus antecedentes con el título "Del Tratado Thompson-Urrutia al Tratado de Montería", que va de la página 101 a la página 126. Ese malhadado Tratado de Montería, corolario del entreguista Tratado Torrijos-Carter de Neutralidad, fue aprobado por la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos el veinticinco de noviembre de 1980, y "el canje de los instrumentos de ratificaciones del Tratado de Montería tuvo lugar en la Presidencia de la República de Panamá, el 12 de mayo de 1981, en presencia del Presidente Aristides Royo y el ministro de Relaciones Exteriores de Panamá, Dr. Jorge E. Illueca. El acta de canje respectiva fue suscrita por los cancilleres Carlos Ozores Typaldos y Diego Uribe Vargas, firmantes del Tratado..." (Linares).
Pero, en el diario La Estrella de Panamá, del veintisiete de enero de 1980, en las páginas C-13 y C-14, Linares publica un extenso artículo con el mismo título "Del Tratado Thompson-Urrutia al Tratado de Montería". He aquí algunos párrafos del mencionado artículo de Linares de 1980:
"Los derechos respecto al Canal Interoceánico y al Ferrocarril de Panamá, que en violación de los Tratados Hay-Pauncefote y Hay-Buneau Varilla, los Estados Unidos de América otorgaron a Colombia en el Tratado Thompson-Urrutia estaban condenados a extinguirse, una vez que Panama y los Estados Unidos celebraran, como en fecto celebraron, un nuevo tratado sobre el Canal de Panamá. Con la Declaración de Contadora, por lo tanto, el presidente López Michelsen obtuvo la posibilidad de que Colombia continuara disfrutando de tales derechos colonialistas (subrayado por F.A.) no sólo durante la vigencia del nuevo tratado, sino aún después del 31 de diciembre de 1999, fecha en que terminará el Tratado del Canal de Panamá. Igual posibilidad obtuvo el presidente Oduber para Costa Rica, a partir del año 2,000, por razones de "vecindad y amistad".
"En agosto de 1979 el presidente de Panamá, doctor Aristides Royo, viajó a Montería, Colombia, donde se reunió con el presidente de aquel país, Julio César Turbay Ayala. En esa reunión los Cancilleres de ambos Estados firmaron sorpresivamente, el día 22, un tratado por el cual Panamá hacía suyas, a partir del 31 de diciembre de 1999, buena parte de las obligaciones colonialistas (subrayado por F.A.) que los Estados Unidos de América había contraído con Colombia en el Tratado Thompson-Urrutia. Este hecho ni siquiera se disimuló en el Tratado de Montería, ya que en uno de sus considerandos se expresa textualmente "que la República de Colombia en virtud del Tratado suscrito con los Estados Unidos de América en el año de 1914, ha venido ejerciendo tradicionalmente derechos de tránsito a través del Canal". En esta forma la República de Panamá prohijaba un tratado que, como ya se dejó expresado, Panamá no firmó, oficialmente ignoraba y que motivó su justa protesta.
"Como el Tratado de Montería no tiene fecha de terminación es obvio que, de ser ratificado, habrá que regir a perpetuidad, lo que significa que el régimen militar que se estableció en Panamá el 11 de octubre de 1968 ha suscrito, en menos de dos años, tres tratados a perpetuidad: el Tratado concerniente a la Neutralidad Permanente y al funcionamiento del Canal de Panamá, el 7 de septiembre de 1977; el Acuerdo con los Estados Unidos de América relativo al uso de parcelas de terreno situadas en la República de Panamá para el mantenimiento de un cementerio permanente, el 11 de enero de 1979; y el Tratado de Montería, el 22 de agosto de 1979. Estos tres tratados, más que una contradicción, constituyen la negación de la política que Panamá había siempre mantenido con respecto a la perpetuidad contenida en el Tratado HayBuneau Varilla.
"Para que el Tratado de Montería pueda surgir a la vida del derecho dotado de validez y eficacia tendrá que ser aprobado por el pueblo panameño en un referéndum, cosa que estamos seguros no sucederá. Afirmamos lo anterior, porque dicho tratado versa sobre el Canal de Panamá (de esclusas). Ahora bien, de conformidad con el artículo 274 de la Constitución de 1972: "Los Tratados que celebre el Organo Ejecutivo sobre el Canal de Esclusas, su zona adyacente y la protección de dicho Canal, lo mismo que para la construcción de un nuevo Canal a nivel del mar o de un Tercer Juego de Esclusas, se someterán a plebiscito nacional". Con todo eso, el Organo Ejecutivo lo sometió a la consideración de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos. Esta, sin embargo, suspendió su consideración por no tener el Tratado fecha de terminación.
"Este tratado y el que en su oportunidad probablemente firme Panamá con Costa Rica, como secuela de la Declaración de Contadora, en vez de unir cada día más a pueblos vecinos y amigos, habrá indefectiblemente que separarlos. Las servidumbres de tránsito que ellos imponían a Panamá serán causa permanente de conflictos y producirán, al menos, un sentimiento de resentimiento y disgusto en todo panameño que aspire a tener una patria libre de ataduras.
"Lo que importa es que el pueblo panameño ha luchado desde su independencia para liberar su territorio de los gravámenes que le impuso una nación de distinta raza, de distinta lengua y de distinta religión, y ahora resulta que son sus mismos vecinos y amigos, hermanos de raza, de lengua y de religión, quienes pretenden que nos impongamos un nuevo tipo de gravámenes, bajo el subterfugio de ser convenidos por la República de Panamá "como libre expresión de su voluntad soberana". ¡Qué ironía!".
Respecto a este artículo de enero de 1980 de Linares: primero, cuando Linares escribe "Colombia", debe entenderse la Nueva Granada, ese país que desde 1886 se hace llamar República de Colombia, usurpando un nombre que no le corresponde, confundiendo así la historia hispanoamericana. La República de Colombia desapareció en 1830, con la muerte del venezolano Simón Bolívar, su ilusionado forjador; segundo, el Tratado de Montería se aprobó por la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, amenazada por la mafia militaroide de 1968, que la prohijaba, el veinticinco de noviembre de 1980, con "los votos en contra de dicho tratado, consignados por los representantes de corregimientos Omayra Correa, Harley James Mitchell y Olmedo Espino", y el canje de ratificaciones se dio el 12 de mayo de 1981, como queda dicho: tercero, "La Corte Suprema de Justicia de Panamá, en fallo de veinte de junio de 1980 (ante demanda de César A. Quintero, Dulio Arroyo C. y Carlos Bolívar Pedreschi) resolvió formalmente el conflicto constitucional y, contra las mejores razones, y más allá del celo por su propia imagen, decidió que el Tratado de Montería no tenía que ir a plebiscito para que obligara jurídicamente al Estado panameño" (Carlos Bolívar Pedreschi, "Montería y sus realidades jurídico-políticas", La Prensa, 12 de noviembre de 1980).
Como se ve, la mafia militaroide que Estados Unidos de América colocó en el gobierno de este desdichado país el 11 de octubre de 1968, sometió a la nación entera a un plan explícito y sistemático de degradación del ser humano y destrucción de la Patria panameña, concediendo privilegios humillantes a la falsa Colombia, su enemiga número uno. Desde aquella desgraciada fecha, Panamá no es un Estado de derecho. Panamá no es un Estado democrático. Panamá no es un Estado progresista, Panamá no es un Estado soberano; desde el 11 de octubre de 1968, Panamá es un Estado mafioso, "bajo el paraguas defensivo del Pentágono".