Reglamentan servicio de aseo urbano y domiciliario
El Consejo Municipal del distrito de San Miguelito suscribió el acuerdo No. 8 del 25 de marzo de 2003, por medio del cual se establece y reglamenta el servicio de aseo urbano y domiciliario y se dictan otras disposiciones relativas al manejo de los desechos sólidos peligrosos y no peligrosos en el distrito de San Miguelito.
El documento considera que desde el pasado 24 de julio de 2001, a través del contrato de concesión administrativo No. 001-2001, se le otorgó a la Recicladora Vida y Salud, Revisalud San Miguel S.A., los derechos exclusivos reales de recolección, tratamiento, procesamiento, disposición final y comercialización de los desechos sólidos residenciales, industriales, comercial, hospitalario, chatarras, etc.
En consecuencia las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas que infrinjan la presente ley y se dediquen a recolectar basura en el distrito cobrando por bolsa o por botarlas serán sancionadas con multas desde B/.100.00 hasta 5 mil balboas y los procedimientos para aplicar las sanciones se harán efectivas en la dirección correspondiente del municipio.
La nueva ley también reglamenta el almacenamiento de los desechos en recipientes adecuados; que describe las características que deben reunir los vehículos transportadores de desechos sólidos. Con relación al manejo de las vías y áreas públicas indica que su limpieza es competencia de la concesionaria del servicio de aseo y la realizará la frecuencia con que sea necesario.
En cuanto a los derechos de los clientes de la concesionaria ésta puede ser demandada cuando no cumpla las metas cualitativas y cuantitativas fijadas, al igual que recurrir a las autoridades superiores municipal cuando los niveles de servicio de aseo sean inferiores a lo establecido.
Finalmente, señala dos tarifas: la residencial con cargo fijo y la institucional, comerciales que se facturan por yardas cúbicas.
Esta propuesta fue presentada por el alcalde Rubén Darío Campos, y aprobada por unanimidad por los miembros del Consejo Municipal del distrito de San Miguelito.
El documento considera que desde el pasado 24 de julio de 2001, a través del contrato de concesión administrativo No. 001-2001, se le otorgó a la Recicladora Vida y Salud, Revisalud San Miguel S.A., los derechos exclusivos reales de recolección, tratamiento, procesamiento, disposición final y comercialización de los desechos sólidos residenciales, industriales, comercial, hospitalario, chatarras, etc.
En consecuencia las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas que infrinjan la presente ley y se dediquen a recolectar basura en el distrito cobrando por bolsa o por botarlas serán sancionadas con multas desde B/.100.00 hasta 5 mil balboas y los procedimientos para aplicar las sanciones se harán efectivas en la dirección correspondiente del municipio.
La nueva ley también reglamenta el almacenamiento de los desechos en recipientes adecuados; que describe las características que deben reunir los vehículos transportadores de desechos sólidos. Con relación al manejo de las vías y áreas públicas indica que su limpieza es competencia de la concesionaria del servicio de aseo y la realizará la frecuencia con que sea necesario.
En cuanto a los derechos de los clientes de la concesionaria ésta puede ser demandada cuando no cumpla las metas cualitativas y cuantitativas fijadas, al igual que recurrir a las autoridades superiores municipal cuando los niveles de servicio de aseo sean inferiores a lo establecido.
Finalmente, señala dos tarifas: la residencial con cargo fijo y la institucional, comerciales que se facturan por yardas cúbicas.
Esta propuesta fue presentada por el alcalde Rubén Darío Campos, y aprobada por unanimidad por los miembros del Consejo Municipal del distrito de San Miguelito.