Renuncia tácita
Los diputados que fueron elegidos en las elecciones de mayo hace cinco años ratificaron el paquete de reformas constitucionales discutido y aprobado por la Asamblea anterior y, con esa ratificación, le dieron validez a una nueva norma sobre el inicio del período constitucional de gobierno. Así, la toma de posesión de los nuevos cargos (Presidente, diputados, alcaldes y representantes de corregimiento) pasó a ser el 1 de julio, y no el 1 de septiembre, práctica oficial desde que la Constitución de 1972 fue reformada en 1983.
Como todo acto de ratificación es estrictamente voluntario, se entiende que los diputados renunciaron al mismo tiempo y de forma tácita a sus respectivas posiciones a partir del 30 de junio, para permitir que los electos en el 2009 ejercieran desde la nueva fecha. La renuncia tácita así verificada conlleva naturalmente la renuncia a los dineros que de otra manera les habría correspondido.
La aprobación inicial del Reglamento que los diputados salientes -en su mayoría no reelectos- debatieron en el pleno, de modo que pudieran percibir dos mensualidades adicionales una vez concluido su periodo, constituye una conducta que sólo puede ser descrita con palabras prestadas del Código Penal y habría conllevado la lógica extensión del latrocinio en beneficio de los 75 alcaldes y 621 representantes de corregimientos, que, dicho sea de paso, no participaron de la decisión reformatoria en el 2004.
Después dicen que los medios de comunicación tienen la culpa de tanto desprestigio de la clase política, como si ellos fueran mansas palomas y no aves de rapiña.