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Terminología jurídica y reformas legales


La Comisión de la Asamblea Nacional ha hecho caso omiso de las advertencias y recomendaciones que una mayoría de juristas, de manera contundente y razonada, ha presentando a los proyectos de reformas al Código Penal y al de Procesal Penal; por tanto, ha decidido mantener el llamado de sesiones extraordinarias para aprobar ambas codificaciones sin tomar en consideración a las mismas.
Es lamentable dicha decisión y más cuando se observa a los diputado y a los defensores de los referidos proyectos hacer gala de un desprecio a la sociedad civil que reclama mayor tiempo y una mayor seriedad en torno a los debates de los nuevos códigos, ya que los mismos, además de otros aspectos técnicos procesales, contienen muchas imprecisiones y extravagancias en torno a la terminología jurídica utilizada.
No pretendo realizar detalladamentge un estudio de todos los conceptos estrambóticos que utilizan los proyectos de Código y que, sin lugar a dudas, se alejan del entendimiento y comprensión de los ciudadanos, así como de la comunidad jurídica nacional que no entiende cabalmente una serie de términos que no se encuentran en ningún diccionario jurídico respetable, ni en el diccionario de la RAE. El ejemplo más ilustrativo que tengo es cuando nuestros flamantes codificadores incluyen la palabra "impartiales" para referirse a una de las características que deben tener los jueces a cargo de los procesos penales. Este término, que no ha calado en los foros jurídicos latinoamericanos, es un invento poco sustancial de un profesor argentino, tomado a partir del anglicismo "impartiality", que quiere básicamente decir que un juez no es parte del proceso.
Es incomprensible el afán de los juristas nacionales que redactaron dichas reformas en incorporar un término no utilizado por la jerga jurídica panameña, menos aún por la mayoría de países iberoamericanos, y que va manifiestamente en contrario al buen uso del idioma que recomienda utilizar la voz "imparcialidad" para referirse al carácter objetivo y subjetivo de la posición que debe asumir un juez frente al proceso y a las partes; ya que más importante que parecer un buen juez es serlo, y eso no se logra con terminología extravagante y traída artificiosamente de otras tierras allende.
Además de los presentado, es recomendable que la Asamblea Nacional revise cuidadosamente otras terminologías utilizadas de una manera confusa y desacertada, lo que podría llevar a equívocos a los operadores de la justicia encargados de implementar las reformas, provocando un desmejoramiento en los derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos.
Asimismo, debido a este proceder en utilizar terminología jurídica de manera impropia e inadecuada, lo cual va en contra de un adecuado uso de nuestra lengua, sería altamente recomendable que nuestro Organo Legislativo se asesore de verdaderos expertos en lingüística forense para definir correctamente otros conceptos mal empleados en los proyectos en mención, como lo serían cooperación penal internacional, asistencia judicial internacional, funcionarios diplomáticos y consulares, legalización de pruebas en el extranjeros e inmunidad convencional, para mencionar sólo algunos que se constituyen en una vergüenza idiomática para la comunidad jurídica nacional.
Ante esta deprimente realidad, se hace patente la necesidad, en el país, de ejemplificar la inteligencia y capacidad de nuestros ya desaparecidos juristas de antaño, quienes nos legaron legislaciones de avanzada con un rigor idiomático indiscutible. Sin dudas, si hoy se levantaran de la tumba Alfaro, Moscote o Quintero, todos amantes del buen uso del idioma, se horrorizarían frente al maltrato y mal uso de la lengua de Cervantes que contienen los mencionados proyectos de reformas.
También hay un mal control de calidad en la construcción, pues "se tira asfalto con agua y las mezclas asfálticas son deficientes".
Por su parte, Colamarco asegura que también las roturas de tuberías de agua potable afectan las carreteras y calles. La nueva potablizadora de Chilibre ha tenido que ver en esto.
No puede colocarse la carpeta asfáltica cuando está lloviendo, porque el agua afecta el material que debe quedar rígido.
Los líquidos de la red de alcantarillado sanitario afectan las calles.También incide el exceso de peso de camiones y vehículos que sobrepasan la reglamentación.Tres proyectos de 420 han confrontado problemas y según Colamarco, el Laboratorio de Materiales los detectó. Eran daños en los tramos.

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