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Tiempo de la justicia constitucional


En nuestro régimen constitucional, la Corte Suprema tiene la facultad de presentar proyectos de ley en materia de justicia y reforma de los códigos nacionales. Esta iniciativa legislativa la pueden ejercer en cualquier momento sin necesidad de que el Ejecutivo participe o emita una opinión previa. Quizás es la vía más idónea para proceder a un cambio en la organización de los tribunales, o en las formas judiciales de la protección de los derechos, pues son los magistrados los mejores conocedores de las carencias y limitaciones de las actuales formas de impartición de justicia.

En estas fechas la Corte se ha propuesto examinar acciones, procedimientos y tribunales que tienen la competencia para dirimir conflictos sobre el alcance de los derechos fundamentales. Para la salud de la democracia es importante que la máxima corporación de justicia haga una propuesta sin dejarse contaminar por los intereses de los partidos, y la lógica del "todo para mis amigos, nada para mis enemigos".

De los magistrados se espera que no se dejen influenciar por razones propias de la contienda política y que presenten y sustenten ante el Pleno Legislativo su proyecto. La ciudadanía espera que así lo hagan, aunque los diputados no estén fácilmente predispuestos a elevarse por encima de las enormes pequeñeces que los separan en periodos de agitación electoral, como el actual. Rehén de la voluntad de los partidos, el tiempo de la justicia podría no llegar nunca.

101 años de Panamá América

 
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