"Tóqueme el Trigémino"
"Tóqueme el Trigémino, tóquemelo Ud., si no me lo toca pronto de dolor me moriré". Hace aproximadamente dos tercios de siglo el Dr. Aurelio Dutary fue un apreciado profesional de la medicina general, muy discutido en aquella época por sus dotes de poeta, en cuyas obras imperaba la jocosidad. En relación con sus actividades se lanzó a los aires por radio una alegre tonada que alcanzó gran popularidad. Las rimas conque empieza este breve comentario eran el coro de la misma. Nadie sabía y creo que fuera del gremio médico, no hubo persona que investigara seriamente qué era y en qué lugar del cuerpo humano estaba ubicado el trigémino.
Los que estaban en la adolescencia lo colocaron instintivamente en el corazón, sin atreverse a pensar en que fuera en otro sitio, para no incurrir en pecado mortal. ¡Cosas de la época!.
Los que formaban la juventud y los mayores bailaron alegremente la original tonada que interpretaban las orquestas populares. Pero, creo que nadie, con excepción del Dr. Dutary y sus colegas, se preocuparon por saber qué era realmente el trigémino ni por qué dolía.
Con esto de que si hay "paro" de los médicos, con lo de que no hay y con lo de que sí hay pero sólo media huelga, me he acordado de la canción.
Confieso mi incapacidad para determinar donde está "el Trigémino" del lío y así considerar si es posible resolver el dilema de todos aquellos pacientes que aguardan con angustia y dolor a que "su Trigémino" sea tocado con esa varita mágica que con tanta capacidad esgrime la mayoría de nuestros jóvenes médicos.
En los actuales momentos en los cuales impera la tecnología y las comisiones de estudio y de investigación, así como las encuestas están a la orden del día, quizás se podría calcular o determinar aproximadamente cuántos han sido los panameños que han sufrido con la larga espera que el conflicto ha suscitado y tomar medidas de prevención por si hay que tocar en el futuro con prontitud "el Trigémino" a los pacientes para que no se mueran de dolor.
La funcionaria explicó que el proyecto establece que el interno deber ser clasificado, es decir, separar al preventivo del condenado, no sólo a los de la capital, sino también a los del resto del país.
Recordó además que esta clasificación debe hacerse de acuerdo con el tipo de delito cometido, atendiendo además el índice de agresividad demostrado por el interno. Así se determinará si el privado de libertad va a un sistema de máxima, mediana o mínima seguridad.
Para cumplir con esto se requiere una inversión, porque no existen las infraestructuras requeridas ni se cuenta con el personal para llevar a cabo esa clasificación.
Destacó además que el proyecto también establece la resocialización de los detenidos, por lo que se requieren espacios y talleres para tener al interno en programas, nombrar a funcionarios especializados, entre ellos criminólogos, sicólogos, médicos, siquiatras. "Todo esto también conlleva recursos económicos", alegó.
En ese sentido, Corro sustentó que la cifra de 65 millones de balboas se ha establecido basándose en la necesidad de una planilla de 14 millones de balboas para contratar al personal adecuado.
Un estudio elaborado por una empresa estadounidense dedicada a la construcción de cárceles cotizó un centro penal para las provincias -donde los internos se mantienen en antiguos cuarteles- en unos 8 millones de dólares, mientras que para la ciudad capital una cárcel de mediana seguridad para 700 internos costaría unos 30 millones.
Corro recordó que al 3 de junio existían en el país unos 10,060 internos, de los cuales 4,270 han sido condenados y el resto, unos 5,790, están en proceso. De estas cifras, explicó, se desprende que la ejecución de la ley tendrá un costo superior a los 65 millones de balboas.
La funcionaria sostuvo que la propuesta del Sistema Penitenciario es ejecutar la ley escalonadamente, es decir, establecer etapas, en la primera de las cuales deben buscarse las partidas requeridas, para que la norma no quede en "letra muerta", como ha ocurrido con otras legislaciones.
Igual planteamiento formuló, ante el pleno legislativo, la vicepresidenta de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, Olgalina de Quijada, quien dijo que se puede coordinar entre todas las instancias involucradas en el tema, para que el proyecto, una vez sancionado, se ejecute escalonadamente.
Quijada se mostró contraria a anteponer el aspecto económico a la necesidad de darle solución al problema carcelario. "Lo que hace falta es voluntad", sentenció.
El Proyecto de Ley 90 establece las clasificaciones científicas de los privados de libertad y de los centros de detención.
Cada recinto va a gozar de una exclusividad que estará determinada por la condición del privado de libertad, buscando evitar el hacinamiento que en la actualidad existe.
En cada centro penitenciario existirán los sistemas de máxima, mediana, mínima seguridad y de confianza. Se entenderá como sistema de alta seguridad, el destinado a privados de libertad de alto grado de peligrosidad. De mediana seguridad para los que presenten un grado medio de peligrosidad e inadaptación. De mínima seguridad para los que hayan demostrado no ser peligrosos y no presenten problemas de desajustes.
El régimen de confianza está dirigido a los privados de libertad que hayan demostrado un alto grado de responsabilidad y adaptabilidad.
El Ministerio de Gobierno y Justicia tendrá un Consejo de Política Criminal y Penitenciaria, como organismo asesor, de consulta y de orientación en esta materia, cuyos miembros actuarán ad honorem.
Se crea el Consejo Técnico del Sistema Penitenciario, el cual servirá como órgano asesor y consultivo a la Dirección General del Sistema Penitenciario en materias legal, criminológica y penitenciaria, organizará y orientará la admisión, clasificación y ubicación de los privados de la libertad.
Este ente colegiado velará por el cumplimiento a cabalidad del tratamiento integral progresivo-técnico, de tal forma que se logre la readaptación social, evitando y superando la prisionalización del privado de libertad.
Se crea la Carrera Penitenciaria, que estará bajo la fiscalización y el control del Ministerio de Gobierno y Justicia. En este sentido se instituirá una clasificación de cargos penitenciarios, la cual servirá de base para todo lo concerniente a la selección, nombramiento y promoción de los funcionarios de carrera. Esta clasificación se hará tomando en consideración las funciones, responsabilidades y derechos inherentes al cargo.
La Dirección General del Sistema Penitenciario deberá organizar programas de capacitación Ciencias Sociales y penitenciarios para todos los funcionarios del Sistema Penitenciario, antes de iniciar sus servicios y, periódicamente, para el personal ya nombrado o contratado, que se desarrollarán a través de la Escuela de Formación Penitenciaria. Estos programas deben dirigirse, con mayor énfasis, al personal de vigilancia, de custodia y de tratamiento.
Aunque Tsimogianis reconoce la difícil situación económica del país, considera que el problema penitenciario puede resolverse con mucha creatividad y capacidad de hacer cosas nuevas en lugares viejos, contrario a lo que ha funcionado hasta ahora, donde se han hecho las mismas cosas viejas en lugares nuevos.
A su juicio en nada resolvería tener los 65 millones de balboas, si el Sistema continúa con una ley que data del año 1941, que tiene 60 años de atraso, y con una administración penitenciaria sin supervisión ni vigilancia, inmune e impune ante todo tipo de acciones.
Por ello consideró que su sanción, aun sin definirse con qué presupuesto se va a ejecutar, es necesaria y de lograrse sería positivo para el país, pues el cambio hay que empezarlo de algún modo.
Carmen Rosa Robles, abogada del Instituto de Criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá, aseguró que para el instituto este proyecto representa un avance en el ordenamiento jurídico panameño, pues con esta ley también se actualizará el sistema criminológico en Panamá.
Destacó que lo que se espera es actualizar el sistema en cuanto al tratamiento de los detenidos, basándose en principios que respeten los derechos humanos, la seguridad, la rehabilitación y la defensa social y esto sólo es posible mediante un tratamiento científico a cada uno de los privados de libertad, según su condición y con la intervención de funcionarios debidamente especializados.
Los que estaban en la adolescencia lo colocaron instintivamente en el corazón, sin atreverse a pensar en que fuera en otro sitio, para no incurrir en pecado mortal. ¡Cosas de la época!.
Los que formaban la juventud y los mayores bailaron alegremente la original tonada que interpretaban las orquestas populares. Pero, creo que nadie, con excepción del Dr. Dutary y sus colegas, se preocuparon por saber qué era realmente el trigémino ni por qué dolía.
Con esto de que si hay "paro" de los médicos, con lo de que no hay y con lo de que sí hay pero sólo media huelga, me he acordado de la canción.
Confieso mi incapacidad para determinar donde está "el Trigémino" del lío y así considerar si es posible resolver el dilema de todos aquellos pacientes que aguardan con angustia y dolor a que "su Trigémino" sea tocado con esa varita mágica que con tanta capacidad esgrime la mayoría de nuestros jóvenes médicos.
En los actuales momentos en los cuales impera la tecnología y las comisiones de estudio y de investigación, así como las encuestas están a la orden del día, quizás se podría calcular o determinar aproximadamente cuántos han sido los panameños que han sufrido con la larga espera que el conflicto ha suscitado y tomar medidas de prevención por si hay que tocar en el futuro con prontitud "el Trigémino" a los pacientes para que no se mueran de dolor.
La funcionaria explicó que el proyecto establece que el interno deber ser clasificado, es decir, separar al preventivo del condenado, no sólo a los de la capital, sino también a los del resto del país.
Recordó además que esta clasificación debe hacerse de acuerdo con el tipo de delito cometido, atendiendo además el índice de agresividad demostrado por el interno. Así se determinará si el privado de libertad va a un sistema de máxima, mediana o mínima seguridad.
Para cumplir con esto se requiere una inversión, porque no existen las infraestructuras requeridas ni se cuenta con el personal para llevar a cabo esa clasificación.
Destacó además que el proyecto también establece la resocialización de los detenidos, por lo que se requieren espacios y talleres para tener al interno en programas, nombrar a funcionarios especializados, entre ellos criminólogos, sicólogos, médicos, siquiatras. "Todo esto también conlleva recursos económicos", alegó.
En ese sentido, Corro sustentó que la cifra de 65 millones de balboas se ha establecido basándose en la necesidad de una planilla de 14 millones de balboas para contratar al personal adecuado.
Un estudio elaborado por una empresa estadounidense dedicada a la construcción de cárceles cotizó un centro penal para las provincias -donde los internos se mantienen en antiguos cuarteles- en unos 8 millones de dólares, mientras que para la ciudad capital una cárcel de mediana seguridad para 700 internos costaría unos 30 millones.
Corro recordó que al 3 de junio existían en el país unos 10,060 internos, de los cuales 4,270 han sido condenados y el resto, unos 5,790, están en proceso. De estas cifras, explicó, se desprende que la ejecución de la ley tendrá un costo superior a los 65 millones de balboas.
La funcionaria sostuvo que la propuesta del Sistema Penitenciario es ejecutar la ley escalonadamente, es decir, establecer etapas, en la primera de las cuales deben buscarse las partidas requeridas, para que la norma no quede en "letra muerta", como ha ocurrido con otras legislaciones.
Igual planteamiento formuló, ante el pleno legislativo, la vicepresidenta de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, Olgalina de Quijada, quien dijo que se puede coordinar entre todas las instancias involucradas en el tema, para que el proyecto, una vez sancionado, se ejecute escalonadamente.
Quijada se mostró contraria a anteponer el aspecto económico a la necesidad de darle solución al problema carcelario. "Lo que hace falta es voluntad", sentenció.
El Proyecto de Ley 90 establece las clasificaciones científicas de los privados de libertad y de los centros de detención.
Centro de detención preventiva: es una custodia provisional para los sujetos sometidos a esta medida. Esta no puede exceder de seis meses.
Centros especializados: se establecerán para faltas administrativas, que será para los sancionados por las autoridades de corrección: jueces de policía, nocturnos y corregidores.
Centros de tratamientos: allí se destinan los sancionados con penas privativas de libertad.
Centros de reinserción social: cuyo objetivo es darle seguimiento y asistencia a los privados de libertad, que son favorecidos con permisos de salida especial.
Cada recinto va a gozar de una exclusividad que estará determinada por la condición del privado de libertad, buscando evitar el hacinamiento que en la actualidad existe.
En cada centro penitenciario existirán los sistemas de máxima, mediana, mínima seguridad y de confianza. Se entenderá como sistema de alta seguridad, el destinado a privados de libertad de alto grado de peligrosidad. De mediana seguridad para los que presenten un grado medio de peligrosidad e inadaptación. De mínima seguridad para los que hayan demostrado no ser peligrosos y no presenten problemas de desajustes.
El régimen de confianza está dirigido a los privados de libertad que hayan demostrado un alto grado de responsabilidad y adaptabilidad.
El Ministerio de Gobierno y Justicia tendrá un Consejo de Política Criminal y Penitenciaria, como organismo asesor, de consulta y de orientación en esta materia, cuyos miembros actuarán ad honorem.
Se crea el Consejo Técnico del Sistema Penitenciario, el cual servirá como órgano asesor y consultivo a la Dirección General del Sistema Penitenciario en materias legal, criminológica y penitenciaria, organizará y orientará la admisión, clasificación y ubicación de los privados de la libertad.
Este ente colegiado velará por el cumplimiento a cabalidad del tratamiento integral progresivo-técnico, de tal forma que se logre la readaptación social, evitando y superando la prisionalización del privado de libertad.
Se crea la Carrera Penitenciaria, que estará bajo la fiscalización y el control del Ministerio de Gobierno y Justicia. En este sentido se instituirá una clasificación de cargos penitenciarios, la cual servirá de base para todo lo concerniente a la selección, nombramiento y promoción de los funcionarios de carrera. Esta clasificación se hará tomando en consideración las funciones, responsabilidades y derechos inherentes al cargo.
La Dirección General del Sistema Penitenciario deberá organizar programas de capacitación Ciencias Sociales y penitenciarios para todos los funcionarios del Sistema Penitenciario, antes de iniciar sus servicios y, periódicamente, para el personal ya nombrado o contratado, que se desarrollarán a través de la Escuela de Formación Penitenciaria. Estos programas deben dirigirse, con mayor énfasis, al personal de vigilancia, de custodia y de tratamiento.
Aunque Tsimogianis reconoce la difícil situación económica del país, considera que el problema penitenciario puede resolverse con mucha creatividad y capacidad de hacer cosas nuevas en lugares viejos, contrario a lo que ha funcionado hasta ahora, donde se han hecho las mismas cosas viejas en lugares nuevos.
A su juicio en nada resolvería tener los 65 millones de balboas, si el Sistema continúa con una ley que data del año 1941, que tiene 60 años de atraso, y con una administración penitenciaria sin supervisión ni vigilancia, inmune e impune ante todo tipo de acciones.
Por ello consideró que su sanción, aun sin definirse con qué presupuesto se va a ejecutar, es necesaria y de lograrse sería positivo para el país, pues el cambio hay que empezarlo de algún modo.
Carmen Rosa Robles, abogada del Instituto de Criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá, aseguró que para el instituto este proyecto representa un avance en el ordenamiento jurídico panameño, pues con esta ley también se actualizará el sistema criminológico en Panamá.
Destacó que lo que se espera es actualizar el sistema en cuanto al tratamiento de los detenidos, basándose en principios que respeten los derechos humanos, la seguridad, la rehabilitación y la defensa social y esto sólo es posible mediante un tratamiento científico a cada uno de los privados de libertad, según su condición y con la intervención de funcionarios debidamente especializados.