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Un nuevo contrato social o crisis


Es un hecho que nuestros horizontes de visibilidad, suelen estar limitados por la propensión a pensar que la realidad circundante, sus problemas y soluciones, se agotan con nuestra forma o manera de pensarla y verla. Hacemos de esta visión, un círculo cerrado, que defendemos con todos los recursos disponibles. No podemos aceptar que esa realidad es contradictoria y dinámica, en la media que avanza se va negando así misma, a su vez que va produciendo nuevas realidades. Nos cuesta aceptar el cambio y se nos hace difícil entender, que esas formas y maneras de pensar y observar la realidad, cuando cambien las condiciones materiales y sociales, que le dieron vida, tienen que sufrir modificaciones. Se trata de un dualismo histórico-científico, que se resume en la antípoda: retroceso o desarrollo que se subjetiviza en la dicotomía, progreso o reaccionarismo.
Las instituciones jurídico-políticas, como todo en la vida, sufren desgaste. Significa que con anterioridad fueron sólidas y garantistas de un funcionamiento coherente y equilibrado de la relación estado-sociedad civil. Sin embargo, llega un momento, que como medios se crean la falsa ilusión de que constituyen un fin en sí mismos y pierden la perspectiva del cambio y no se dan cuenta de que comienzan a negarse a sí mismas. Las Constituciones surcan estos procesos. Esta en la medida que se hacen vetustas se vuelven obsoletas. ¿Y por qué se hacen viejas? Porque contienen y regulan correlatos sociales e institucionales pasados y distintos de los que la realidad construye y dispone. Tomemos dos ejemplos: el tema de la justicia y el régimen o sistema de representación. Existe un desgaste del sistema partidocrático panameño. Los partidos son instituciones políticas que se han constituido en sí mismos un fin y han históricamente perdiendo legitimidad social. El método de la circunscripción electoral por circuito requiere algunos ajustes. Un tanto ocurre por los lados de la justicia. Cierto es que nuestro sistema constitucional sigue la corriente del constitucionalismo norteamericano, sin embargo, con relación a muchos países en Latinoamérica, que han constituido cortes constitucionales, se ha quedado rezagado en materia de justicia constitucional.
Kelsen en una ocasión llegó a decir, que más que separación de poderes (John Locke), lo que se trata es evitar la concentración y abuso de autoridad y poder. De allí que con justa razón al procesalista, Aníbal Quiroga León, ha señalado que también el poder jurisdiccional puede estar incurso en las violaciones constitucionales a través de actos o normas inconstitucionales, cuando por la ausencia del respeto a las garantías del debido proceso legal.
Nuestro sistema constitucional relativo a la justicia constitucional, se queda corto al declarar impugnable por razón de las normas supremas, los fallos de las salas o del pleno. Una futura reforma debe instituir el proceso constitucional. El derecho constitucional procesal es insuficiente.
(Héctor Fix Samudio distingue entre lo que es Derecho Procesal constitucional y derecho constitucional procesal).
Por otro lado, en el mundo de hoy, los derechos que tutelan la vida y la integridad han logrado un desarrollo legal importante, pero ello no es suficiente, requieren ser elevados a normas fundamentales. Igualmente algunos derechos de prestaciones sociales, demandan mayor precisión en la Carta Magna.
En una ocasión, el insigne constitucionalista, José Dolores Moscote, refiriéndose a la necesidad de una reforma constitucional en la década de los cuarenta, señaló que no hay que esperar que sobrevenga el caos y la anarquía por razón de estos desfases: derecho-estado y sociedad. De lo que se trataba, era salirle al paso a lo que en perspectiva se podía presentar como una crisis constitucional. Compartimos esta opinión del Dr. Moscote. Sin embargo, cuando la clase política se ha vuelto conservadora e impensante, ve el tema de las reformas como un atentado a su modo de pensar y observar la realidad. No se dan cuenta, de que se requiere un remozamiento total de todo el sistema institucional, jurídico-político. Se trata entonces de encontrar el camino que nos conduzca a esa noble y democrática tarea. La única manera en que el individuo o ciudadano, se sienta comprometido con dicha obra, es garantizándole su participación en el diseño de un nuevo Estado y su Constitución. En ese sentido, parafraseando a Juan Jacobo Rousseau, se trata entonces de caminar hacia un nuevo contrato social. En lo particular, soy de la opinión que el mejor escenario para tan trascendental tarea de diseño de un nuevo país lo constituye la Asamblea Constituyente.

101 años de Panamá América

 
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