Uso indebido de recursos del Estado
La Constitución Política y el Código Electoral establecen sabios controles para evitar el abuso del poder público en los procesos electorales. Si bien es cierto que algunas veces las autoridades electorales han hecho interpretaciones demasiado extensivas de esas prohibiciones, hay que reconocer que han errado hacia la cautela y no hacia la permisividad. Es preocupante, sin embargo, el comportamiento errático del Fiscal Electoral y que su conducta ya haya producido encontrones con algunos magistrados del Tribunal Electoral.
Si bien desde 1990 los procesos electorales nacionales han producido resultados aceptados por todos, no se puede decir lo mismo de los procesos internos de los partidos políticos.
Las denuncias de irregularidades van desde la coacción hasta la compra de votos, pasando por todos los vicios políticos que los panameños pensamos que se habían superado. No es reconfortante pensar que en esta ocasión los resultados de la elección presidencial se vislumbran estrechos. Tampoco lo es que los organismos de control del Estado estén prácticamente sometidos al actual primer mandatario.
No es saludable para el sistema que un candidato o una candidata pueda ganar o perder porque cuente o no cuente con el beneplácito del presidente de turno. El uso indebido de los recursos del Estado no sólo se refiere al aspecto económico, sino también a los recursos políticos; y su mal uso no trata exclusivamente de si se usa a favor de la candidatura oficialista, sino a favor o en contra de cualquiera de los candidatos.