Paraguay reitera a Brasil el pedido de revocación de refugio de tres ex dirigentes


El Gobierno paraguayo reiteró a su similar de Brasil el pedido de revocación del estatus de refugiado a tres ex dirigentes de izquierda presuntamente vinculados con sonados casos de secuestros, informó hoy la Cancillería en Asunción.


La reiteración de la solicitud fue entregada por el viceministro de Relaciones Económicas e Integración, Manuel María Cáceres, al embajador de Brasil en esta capital, Eduardo Dos Santos, informó la Cancillería en un comunicado.


El texto menciona que el pedido se realizó en la víspera atendiendo "a que existe la posibilidad de que la Comisión Nacional de Refugiados de Brasil (Conare) analice ese asunto en el transcurso de la presente semana".

 

Paraguay quiere que Brasil revoque el estatuto de refugiados y extradite a los tres implicados, ex dirigentes del Partido Patria Libre (PPL), Juan Arrom, Anuncio Martí y Víctor Colmán.


Los tres están procesados por el secuestros de María Edith Bordón, esposa de un acaudalado empresario, que fue liberada tras 64 días de cautiverio y el pago de un rescate de 300.000 dólares.


La Justicia paraguaya considera, además, que los antiguos dirigentes del PPL, entre ellos los tres refugiados en Brasil, se han reagrupado en el autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al que se le atribuyen varios secuestros y homicidios.

 

El Gobierno paraguayo solicitó el pasado 5 de febrero al brasileño la revocación del estatuto de los tres procesados paraguayos, pero hasta la fecha no ha habido ninguna respuesta.


Además, Paraguay solicitó en abril pasado la mediación en el caso del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).


Ante esa situación, el ministro brasileño de Justicia, Luiz Paulo Barreto, había expresado en mayo último que su país estará dispuesto a revocar el refugio cuando reciba pruebas de que esas tres personas cometieron algún crimen.

 

La Cancillería recordó en su misiva que presentaron en su momento a las autoridades del vecino país las pruebas contra las tres personas.


El "refugio no puede ser sinónimo de inmunidad ni de impunidad, porque si se la mantuviera sin modificaciones se estaría tergiversando el noble fin para el que fue creado, que es la protección de las personas perseguidas por razones tipificadas por la Convención de Ginebra de 1951 y no para personas solicitadas por la comisión de delitos comunes", añade el comunicado.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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