Azuero. El director de Control de Alimentos del Ministerio de Salud de Los Santos, Ceferino Ballesteros, dijo que los alcaldes y corregidores que no apliquen el cumplimiento de las normas del Código Sanitario, podrían pagar la multa que se le designa a los que infringen el código.
Ballesteros señaló que el Código Sanitario establece que el MINSA dicta la norma basado en el código sanitario, que estipula lo que no debe hacer un manipulador de alimento pero cuando hay que sancionar, esta acción la realiza Salud pero la ejecución de la misma la aplica la autoridad civil, es decir el alcalde y el corregidor. "Si esa autoridad no ejecuta el mandato, nosotros podemos solicitar que se descuente el monto de esa sanción directamente del sueldo a la autoridad civil", sostuvo.