Unos 35 obreros afiliados al Sindicato Unico de Trabajadores de la Construcción y Similares (SUNTRACS), se declararon en huelga indefinida ante la paralización de labores por parte de la empresa en la cual trabajan.
Según los manifestantes, la empresa inversionista Saint Malo paralizó labores una semana antes de la fecha estipulada en la convención para iniciar el paro y les retuvo los salarios, violando normas laborales.
Los quejosos se mantuvieron reunidos frente a las oficinas de la empresa, que según ellos, se ha negado a cumplir los 14 puntos del pliego de peticiones presentado ante las autoridades del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL).
La huelga se inició a las 7:00 de la mañana y se reunieron frente a los predios del proyecto Brisas de Arraiján. Minutos después se presentaron los funcionarios del MITRADEL, quienes ordenaron el cierre inmediato de las oficinas.
En tanto, el secretario de defensa del SUNTRACS, Saúl Méndez, dijo que los representantes de la empresa tienen la obligación de desalojar las oficinas desde las 7:00 de la mañana como se lo exigen los inspectores del MITRADEL y no han cumplido, lo que viola todo vestigio de ley laboral establecidos en el Código de Trabajo.
"Hay una situación extraña debido a que los funcionarios del MITRADEL debieron cerrar las oficinas al inicio del paro; sin embargo, los representantes de la empresa consultan con sus abogados y no han hecho caso al llamado, acumulando más elementos para efecto de la imputabilidad del paro indefinido, en lo referente al pago de los salarios de los trabajadores", expresó Méndez.
Por otro lado, el inspector del MITRADEL encargado de ordenar el cierre Roberto Kuo, explicó que la empresa ha violado el artículo 493 del Código de Trabajo, lo que faculta a la dirección regional a proceder con el desalojo inmediato de las oficinas y paralizar el proyecto.
Mientras que el ingeniero encargado del proyecto, Martín Hernández, indicó que los inspectores del ministerio no tienen derecho a paralizar las labores de los trabajadores de la inversionista, sino al grupo afectado, hasta tanto se les cumplan sus peticiones, pues la Convención Colectiva es clara.